Laudo del Tribunal de Arbitraje (Municipalidad provincial de piura), 01-02-2008
Sentido del fallo | En el laudo no se indico el nº de contrato ni qué parte designó a los árbitros. No obstante, se consignaron los datos para fines de información. |
Ruc | 20154477374 |
Partes | MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PIURA vs RICHARD EDWARS ESCALANTE GRANDA |
Fecha | 01 Febrero 2008 |
Tipo de proceso | AD HOC |
Materia | Materias Controvertidas;Indemnización por daños y perjuicios;Liquidación;Pago;OTROS,PAGO DEL SALDO A FAVOR DEL CONTRATISTA |
pGENffy
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Q
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s
c
LAUDO
ARBITRAL
v
CERERO
C
ARRRRA
IE
Laudo
arbitral
de
derecho
emitido
por
el
Tribunal Arbitral
conformado
por
Øl
Abogado
Ricardo
Maximino
Maguiæa
Bustos
como
Presidente
Abogada
Raquel
Campos
Millasaki
como
miembro
Ingeniero
Juan
Estuardo
ChÆvez
SÆnchez
como
miembro
actuando
como
Secretaria
Arbitral
la
Abogada
Elizabeth
Atoche
Chira
en
el
proceso
seguido
entre
el
Arquitecto
RICHARD
EDWARS ESCALANTE
GRANDA
y
la
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL
DE
PIURA
VISTOS
I
ANTECEDENTES
11
De
conformidad
con
lo
pactado
por
las
partes
y
plasmado
en
el
Contrato
de
Ejecucin
de
Obra
a
Precios
Unitarios
del
Proceso
de
Adjudiciacin
de
Menor
Cuanta
N
026
2005
CEP
MPP
en
relacin
con
la
Obra
PAVIMENTACION
DE
CALLES
Y
AVENIDAS
A
H
TUPAC
AMARU
II
2DA
ETAPA
suscrito
el
27
de
julio
del
2005
en su
clÆusula
vigØsimo
segunda
punto
2202
acordaron
que
en
la
solucin
de
controversias
podrÆ
ser
resuelta
por
proceso
arbitral
y
en
concordancia
con
la
Ley
de
Adquisiciones
y
Contrataciones del Estado y
su
Reglamento
resuelto
por
un
Tribunal Arbitral
segœn
lo
dispuuesto
en
el
Artculo
273
al
292
del
Reglamento
DS
N
084
2004PCM
12
Conforme
a
lo
dispuesto
por
el
inc
b
del
articulo
N
41
del
Texto
nico
Ordenado
de la
Ley
de
Contrataciones
y
Adquisiciones
del Estado
aprobado
por
Decreto
Supremo
N
083
2004
PCM
toda
controversia
surgida
durante
la
etapa
de
ejecucin
de
contrato
deberÆ
resolverse
mediante conciliacin
o
arbitraje
13
Por
decisin
de las
partes
se
ha
recurrido
al
Centro
de
Conciliacin
y
Arbitraje
del
Consejo
Departamental
de
Piura
Colegio
de
Ingenieros
del
Perœ
a
efectos
que
se
resuelva
la
controversia
surgida
14
En
el
Local
del
Centro
de
Conciliacin
de
Arbitraje
del
Consejo
Departamental
de
Piura
del
Colegio
de
Ingenieros
del
Perœ
con
fecha
23 de
agosto
del
2007
se
realizo
y
suscribi
el
Acta
de
Instalacin
de
Tribunal Arbitral
detallÆndose
en
la
misma
el
tipo
de
arbitraje
reglamento
arbitral
administracin
de
arbitraje
lugar
e
idioma
del
arbitraje
designacin
de
secretaria
y
se
establecieron
las
reglas
del
procedimiento
a
las
que
se
debe
sujetar
el
proceso
ratificÆndose
ambas
partes
en
los
tØrminos
de la
misma
y
procediØndose
a
declarar
INSTALADO
EL
TRIBUNAL
ARBITRAL
ABIERTO
el
proceso
arbitral
yse
OTORGA
al
Arquitecto
Richard
Edwrs
Escalante
Granda
un
plazo
de diez
10
das
hÆbiles
para
que
presente
su
demanda
de conformidad
con
el
numeral
15
del
Acta
15
Con
fecha
06 de
setiembre
del
2007
ESCALANTE
GRANDA
RICHARD
EDWRS
ARQUITECTO
interpone
su
demanda
precisando
la
va
procedimental
y
relacin
jurdica
procesal
su
petitorio
fundamentos
de
hecho
fundamentos
de
derecho
medios
probatorios
que
los
ofrece
y
solicita
a
Se
declare
la
nulidad
de
la
liquidacin
fmal
de
obra realizada
por
la
divisin
de
liquidacin
de obras dela
Municipalidad
Provincial
de
Piura
de
C
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