Laudo del Tribunal de Arbitraje (Municipalidad provincial de maynas), 15-09-2009

Ruc20103845590
Fecha15 Septiembre 2009
PartesMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MAYNAS vs A & J CONTRATISTAS EIRL
Tipo de procesoAD HOC
MateriaMaterias Controvertidas;Adelantos;Indemnización por daños y perjuicios;Pago;Resolución del contrato
p
6
A
8
J
CONTRATISTAS
E
I
R
MUNICIP
4LIDAD
PROVINCIAL
DE
MAYNAS
ARBITRAJE
DE
DERECHO
1
1
LAUDO
ARBITRAL
DE
DERECHO
1
Resolucin
N
26
1
LUGAR
Y
FECHA
DE
EXPEDICIN
1
1
El
presente
Laudo
Arbitral
se
expide
en
la
ciudad
de
Lima
en
el
local
del
Tribunal
Arbitral
Ad
Hoc
sito
en
la
Avenida
Las
Artes
Sur
N
619
Distrito
de
r
San
Borja
a
los
15
das
del
mes
de
setiembre
del
aæo
dos
mil
nueve
I
LAS
PARTES
DEL
PROCESO
1
Demandante
Municipalidad
Provincial
de
Maynas
en
adelante
LA
MUNICIPALIDAD
o
la
Entidad
2
Demandado
A
J
CONTRATISTAS
E
I
R
L
en
adelante
EL
CONTRATISTA
P111EMBROS
DEL
TRIBUNAL ARBITRAL
ALFREDO
ZAPATA
VELASCO
ALEJANDRO
`LVAREZ
PEDROZA
FIDEL
ALBERTO
CASTRO
MACHADO
t
1
I
TIPO
DE
ARBITRAJE
El
arbitraje
es
AD
HOC
Nacional
y
de
Derecho
1
P
P
A
J
CONTRATISTAS
E
LR
L
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE
MAYNAS
ARBITRAJE
DE
DERECHO
1
INSTALACION
DEL
TRIBUNAL ARBITRAL
1
1
1
AI
haber
surgido
una
controversia
en
la
ejecucin
del
Contrato
de
Ejecucin
de
1
Obra
Mejoramiento
Calle
Soledad
Av
M
CÆceres
Av
Del
EjØrcito
Provincia
1
de
Maynas
Iquitos
la
MUNICIPALIDAD
solicit
a
EL
CONTRATISTA
la
I
conformacin
del
Tribunal
Arbitral
encargado
de
resolverla
designando
como
i
`rbitro
de
parte
al
Dr
Alejandro
`lvarez
Pedroza
Por
su
parte
EL
CONTPATISTA
i
Q
al
contestar
la
solicitud
design
como
Ærbitro
de
parte
al
Dr
Fidel
Alberto
Castro
I
Machado
Estando
al
acuerdo
de
ambos
Ærbitros
mediante
Acta
de
Designacin
del
2210
2008
se
comunica
la
designacin
del
Dr
Alfredo
Zapata
Velasco
como
I
Presidente
del
Tribunal
Arbitral
quien
a
su
vez
acepta
la
designacin
efectuada
mediante
Carta
del
2710
2008
Coral
fecha
1512
2008
con
la
concurrencia
de
los
seæores
miembros
del
Tribunal
t
a
i
como
de
los
representantes
de
LA
MUNI
CIP
ALIDAD
cor
juntamente
con
a
doctora
Briana
Canorio
Caldern
Jefe
de
la
Oficina
de
Conciliacin
y
Arbitraje
Administrativo
del
CONSUCODE
hoy
OSCE
se
procedi
a
instalar
el
Tribunal
Arbitral
dando
cuenta de
la
inasistencia
de
representantes
por
parte
de
EL
CONTRATISTA
fijÆndose
para
el
efecto
las
reglas
que
rigen
el
Proceso
Arbitral
habiØndose
seæalado
que
en
defecto
de
esta
se
rige
por
las
disposiciones
de
la
Ley
de
Contrataciones y
Adquisiciones
del
Estado
cuyo
Texto
nico
Ordenado
fue
aprobado
por
Decreto
Supremo
N
083
2004
PCM
en
adelante
LEY
y
su
Reglamento
aprobado
por
Decreto
Supremo
N
084
2004
PCM
en
adelante
EL
REGLAMENTO
y
el
Decreto
Legislativo
N
1071
que
norma
el
arbitraje
2
Ø
p
s
A
J
CONTRATISTAS
E
I
R
L
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL
DE
MAYNAS
ARBITRAIE
DE
DERECHO
1
1
1
INCIDENTE
DE
SOLICITUD CAUTELAR
1
1
Con
fecha
0601
2009
EL
CONTRATISTA
interpuso
una
solicitud
cautelar
a
fin
1
que
el
Tribunal
Arbitral
ordene
como
medida
precautoria
a
la
Municipalidad
1
Provincial
de
Maynas
mantener
el
statu
quo
en
espera
se
resuelva
la
controversia
1
solicitada
y
se
absten
a
de
ejecutar
las
Cartas
Fianzas
g
que
garÆntizan
la
devolucin
del adelanto
directo
y
el
adelanto
para
materiales
otorgados
t
Mediante
Resolucin
N
05
el
Tribunal
Arbitral
dispone
tener
por
presentada
la
solicitud
cautelar
de
EL
CONTRATISTA
reservÆndose
el
pronunciamiento
sobre
su
admisibilidad
y
procedencia
hasta
el
momento
en
que
se
verifique
el
pago
del
1
integro
de
los
gastos
arbitrales
a
cargo
del
demandante
Luego
con
Resolucin
1
1
N
06
Æel
1301
2009
traslada
a
LA
MUNICIPALIDAD
la
solicitud
cautelar
a
fin de
1
I
Ue
exprese
lo
que
tenga
por
conveniente
dentro
del
tØrmino
de
tres
das
Del
1
mismo
modo
dispone
que
la
Entidad
se
abstenga
de
ejecutar
las
garantas
por
1
devolucin
del adelanto
directo
y
adelanto
para
mÆteriales
otorgado
dejÆndose
ex
resa
constancia
p
que
tal
posicin
no
restringe
el
derecho
de
LA
i
MUNICIPALIDAD
en
lo
relacionado
con
el
Art
221
numeral
1
primer
pÆrrafo
del
Reglamento
a
I
Absolviendo
el
traslado
conferido
LA
MUNICIPALIDAD
solicita
se
deje
sin
efecto
la
solicitud cautelar
or
ser
absolutamente
des
ro
orcionada
p p p
y
carente
de
sustento
legal
sostiene
ademÆs
que
no
se
cumplen
los
requisitos
necesarios
para
I
la
procedencia
de
una
medida
cautelar
ademÆs
de
no
existir
demanda
por
lo
que
i
no es
posible
evaluar
la
verosimilitud
A
travØs
de
la
resolucin
N
11
del
1303
2009
el
Tribunal
Arbitral
declara
INFUNDADA
la
medida
cautelar
solicitada
sin
rØvocarse
los
extremos
de
la
3
I
i
˝

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