Laudo del Tribunal de Arbitraje (Municipalidad distrital de san juan bautista), 15-02-2010
Sentido del fallo | No se indico en el laudo el proceso de seleccion y el numero del contrato. pretensiones de la demanda declaradas infundadas. |
Ruc | 20451440625 |
Partes | MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN BAUTISTA vs A&J CONTRATISTAS EIRL |
Fecha | 15 Febrero 2010 |
Tipo de proceso | AD HOC |
Materia | Materias Controvertidas;Pago;Resolución del contrato |
v
PROCESO
ARBITRAL
Contrato
de
Obra
Construccin
del
Sistema
de
A
Contratistas
E
I
R
L
Desage
en
la
Comunidad de
Santa
Clara
San
Juan
Bautista
Municipalidad
Distrital
de
San
Juan
Bautista
LAUDO
ARBITRAL
DE
DERECHO
DICTADO
EN
EL
ARBITRAJE
SEGUIDO
POR
A8
J
CONTRATISTAS
E
I
R
L
CON
LA
MUNICIPALIDAD
DISTRITAL
DE
SAN
JUAN
BAUTISTA
ANTE
EL
TRIBUNAL ARBITRAL
INTEGRADO
d
POR
EL
DR
RAMIRO
RIVERA
REYES
ING
RECTOR
GARCIA
BRIONES
Y
DR
RODOLFO
AREVALO
ACURCIO
RESOLUCIN
N
23
I
LUGAR
Y
FECHA
DE
EXPEDICIN
El
presente
Laudo
Arbitral
se
expide
en
la
ciudad
de
Iquitos
a
los
15
das
del
mes
de
fØbrero
del
aæo
dos
mil
diez
II
LAS
PARTES
Demandante
MUNICIPALIDAD
DISTRITAL
DE
SAN
JUAN
BAUTISTA
en
adelante
la
Entidad
o
la
Demandante
Demandado
A
J
CONTRATISTAS
E
I
R
L
en
adelante
la
Contratista
ola
Demandada
III
DEL
TRIBUNAL
ARBITRAL
Dr
RAMIRO
RIVERA REYES
Presidente
del
Tr
bunal
Ing
RECTOR
GARCIA
BRIONES
Arbitro
Dr
RODOLFO
AREVALO
ACURCIO
Arbitro
Dra
ALICIA
VELA
LPEZ
Secretaria
Arbitral
IV
TRAMITACIN
DEL
PROCESO
ARBITRAL
1
EXISTENCIA
DE UN
CONVENIO
ARBITRAL
Con
fecha
18 de
octubre
de
2007
A
J
CONTRATISTAS
E
I
R
L
y
la
MUNICIPALIDAD
DISTRITAL
DE
SAN
JUAN
BAUTISTA
suscribieron
el
Contrato
para
la
Elaboracin
del
Expediente
y
la
Ejecucin
de
la
Obra
CONSTRUCCION
DEL SISTEMA
DE
DESAGE
DE
LA
COMUNIDAD
1
w
C
PROCESO
ARBITRAL
Contrato
de
Obra
Construccin del
Sistema
de
A
J
Contratistas
E
I
R
L
Desage
en
la
Comunidad
de
Santa
Clara
San
Juan
Bautista
MunicipaOdad
Distr
ta
de
San
luan
Bautista
DE
SANTA
CLARA
SAN
JUAN
BAUTISTA
por
un
monto
total
de
S
1
402237
82
sin
IGV
En
la
clÆusula DØcima
Sexta
se
estipul
que
todos
los
conflictos
que
se
deriven
de
la
ejecucin
e
interpretacin
del
contrato
incluidos
los
que
se
refieren
a
la
nulidad
e
invalidez
serÆn
resueltos
de
manera
definitiva
e
inapelable
mediante
arbitraje
de
derecho
de
conformidad
con
lo
establecido
en
la
normativa
de
contrataciones
y
adquisiciones
del
Estado
2
DESIGNACION
DE
`RBITROS
E
INSTALACIN
DEL
TRIBUNAL
ARBITRAL
AI
hÆberse
suscitado
una
controversia
entre
las
partes
LA
MUNICIPALIDAD
DISTRITAL
DE
SAN
JUAN
BAUTISTA
design
como
Ærbitro
al
DR
RODOLFO
AREVALO
ACURCIO
y
A
J
CONSTRATISTAS
E
I
R
I
design
como
Ærbitro
al
Ing
RECTOR GARCIA
BRIONES
acordando
ambos
designar
como
tercer
miembro
y
Presidente
del
Tribunal
Arbitral
al
Dr
RAMIRO
RIVERA
REYES
Con fecha
17 de
octubre
de
2008
se
instal
el
Tribunal
Arbitral
En
dicha
oportunidad
sus
miembros declararon haber
sido
debidamente
designados
de
conformidad
con
el
convenio
arbitral
celebrado
entre
las
partes
que
no
tienen
ninguna
incompatibilidad
coæ
lÆs
mismas
y
que
se
desenvolverÆn
con
imparcialidad
independencia
y
probidad
3
Con fecha
21
de
noviembre
de
2008
la
Entidad
present
su
DEMANDA
contra
el
Contratista
ofreciendo
los
medios
probatorios
que
sustentan
su
posicin
El
Contratista
contesta
la
demanda
interpuesta
el
12
de
enero
de
2009
dentro
del
plazo
otorgado
mediante
Resolucin
4
planteando
en
la
misma
fecha
RECONVENCIN
lo
que
es
absuelto
por
la
Entidad
con
fecha
24 de
febrero
de
2009
4
Con
escrito
de
fecha
13
de
enero
de
2009
La
Entidad
solicit
la
ACUMULACION
al
presente
proceso
de
nuevas
pretensiones
El
Tribunal
2
L
I
Contrato
de
Obra
Construccin del
Sistema
de
j
PROCESO
ARBITRAL
Desage
en
la
Comunidad
de
Santa
Clara
San
A
J
Contratistas
E
I
R
L
Juan
Bautista
Municipalidad
Distrita
de
San
Juan
Bautista
mediante
resolucin
N
05
corre
traslado
al
Contratista
de
la
peticin
de
1
la
Entidad
el
mismo
que
es
absuelto mediante
escrito
de
fecha
16
de
febrero
de
2009
seæalando
estar
de
acuerdo
que
la
acumulacin
de
pretensiones
solicitada
se
discutan
en
el
presente
proceso
Con
fecha
17
de
febrero
de
2009
el
Tribunal
expide
la
Resolucin
N
06
declarando
procedente
la
acumulacin
de
pretensiones
solicitada
por
la
Entidad
otorgÆndole
el
plazo
de
10
das
para
que
fundamente
sus
pretensiones
y
acompaæe
los
medios
probatorios
5
Con
escrito
de
fecha
06 de
marzo
de
2009
la
Entidad
cumple
con
el
mandato
de
la
Resolucin
No
06
precisando
que
los
fundamentos
de
la
acumulacin
y
los
medios
probatorios
que
la
sustentan
son
los
mismos
que
se
han
sustentado
en
la
Contestacin
de
la
Reconvencin
planteada
por
la
demandada
Con fecha
19
de
marzo
de
2009 y
dentro
del
plazo
otorgado
mediante
Resolucin
N
08
el
Contratista
contesta
sobre
las
pretensiones
de
la
Acumulacin
interpuesta
por
la
Entidad
6
INCIDENTE
MEDIDA
CAUTELAR
Con
escrito
de
fecha
27
de
enero
de
2009
la
Entidad
solicita
medida
cautelar
innovativa
con
la finalidad
que
el
tribunal
le
autorice
ejecutar
el
saldo
de
obra
el
cual
corresponde
al
9224
Esta
solicitud
fue
declarada
improcedente
por
el
Tribunal
mediante
Resolucin
02
del
16
de
marzo
de
2009
7
AUDIENCIA
DE
CONCILIACION
Y
FIJACION
DE
PUNTOS
CONTROVERTIDOS
Mediante
Resolucin
No
09
se
cit
a
las
partes
para
la
audiencia
de
Conciliacin
y
Determinacin
de
Puntos
Controvertidos
la
misma
que
se
realiz
el
da
08
de
abril
de
2009
En
dicha
diligencia
no
se
pudo
propiciar
la
Conciliacin
debido
a
la
inasistepcia
del
representante
de
A
J
I
ONTRATISTAS
E
I
R
L
sin
embargo
se
dej
constancia
que
de
cuerdo
con
el
numeral
25 de
las
reglas
del
proceso
arbitral
los
Ærbitros
i
puedan
promoverla
en
cualquier
etapa
del
proceso
i
3
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