Laudo del Tribunal de Arbitraje (Mtc-proyecto especial de infraestructura de transporte nacional (provias nacional)), 01-10-2013

Sentido del falloLa cuantía de la controversia es indeterminada
Ruc20503503639
PartesMTC-PROYECTO ESPECIAL DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE NACIONAL (PROVIAS NACIONAL) vs CONSORCIO SUPERVISOR CHURIN
Fecha01 Octubre 2013
Tipo de procesoINSTITUCIONAL
MateriaMaterias Controvertidas;Liquidación;Penalidades;OTROS,COSTOS DEL ARBITRAJE
LAUDO ARBITRAL DE DERECHO
Demandante:
CORSORCIO SUPERVISOR CHURIN
En adelante EL SUPERVISOR
Demandado:
PROVIAS NACIONAL
En adelante LA ENTIDAD
Tribunal Arbitral
Dr. Randal Campos Flores (Presidente)
Dr. Nilton Santos Orcón (Árbitro)
Dra. Rosa Ato Muñoz (Árbitro)
Resolución W 18
Lima, 01 de Octubre de 2013
En la ciudad de Lima, con fecha 01 de Octubre de 2013 en la sede arbitral ubicada en
Calle 21 (Av. E. Canaval
y
Moreyra) 751-745, primer piso, Urb. Corpac, Distrito de
San Isidro, provincia
y
departamento de Lima, se reunió el Tribunal Arbitral integrado
por los abogados Randal Campos Flores (Presidente), Nilton Santos Oreón
y
Rosa Ato
Muñoz a efectos de emitir el siguiente Laudo Arbitral de Derecho, en el proceso arbitral
iniciado por Consorcio Supervisor Churín con Previas Nacional.
VISTOS:
1.ANTECEDENTES
Con fecha 20,05.2010, el Consorcio Supervisor Churin, integrado por las empresas
Acruta& T ia--S .C. (Acruta& Tapia ), Servicios de Ingeniería S.A. (SISA),
Cor ración Peruana e Ingeniería S.A. (CORPEI) e Hidroingeniería (HIDRO), en
1
adelante LA
SUPERVISION,
suscribió con
PROVIAS NACIONAL,
en adelante
PROVIAS el Contrato de Supervisión de Obra 099-2010-MTC/20, en adelante EL
CONTRATO, luego de haber obtenido la Buena Pro, en el Concurso Público 0057-
2009-MTC/20.
El Contrato tenia como objeto que LA SUPERVISION supervise la obra "Rehabilitación
y Mejoramiento de la Carretera Churro - Oyón, Tramo 1; Churío - Km. 131", localizada
en el distrito de Pachangará, provincia de Oyón, departamento
y
región de Lima.
El monto del contrato se estableció en
SI.
3 907 621.43 (Tres millones novecientos
siete mil seiscientos veintiuno con 43/100 Nuevos Soles',
En la ejecución del Contrato surgieron controversias entre las partes que son materia
del presente proceso arbitral.
II.EL PROCESO ARBITRAL
11.1 INSTALACiÓN DEL TRIBUNAL ARBITRAL
y
PROCEDIMIENTO ARBITRAL
APLICABLE
Inicio del Proceso Arbitral, Designación de los Árbitros e Instalación del Tribunal
Arbitral
Surgidas las controversias entre las partes, LA SUPERVISION designó como árbitro a
la abogada Rosa Albina Ato Muñoz.
A su turno, PROV[AS NACIONAL designó al abogado Nilton César Santos Orcóncomo
su árbitro. Ambos árbitros acordaron nombrar como tercer miembro
y
Presidente del
Tribunal Arbitral al abogado Randol Campos Flores.
Con fecha 30 de octubre de 2012, se insta el Tribunal Arbitral con presencia
y
participación de las partes. En este acto se señalaron las reglas del proceso
y
se fijaron
los anticipos de honorarios de los árbitros y del secretario arbitral.
lPrimera y Terc
de la Dem éfa. ausu a el Contrato presentado como Medio Probatorio 1
2
y
J
Cabe resaltar que las partes han aceptado plenamente la designación de este Tribunal
Arbitral, al no haber recusado a los árbitros ni manifestado motivo alguno para dudar
de su independencia e imparcialidad, dentro de los plazos
y
oportunidades
establecidos en el DecretoLegislativo 1071 - DecretoLegislativo que norma el
Arbitraje, en adelante, la Ley de Arbitraje.
El Convenio Arbitral
y
la Competencia del Tribunal Arbitral
En el Contrato de Supervisión de Obra 099-2010-MTC/20, contrato de supervisión
de obra a suma alzada para la supervisión de la obra "Rehabilitación
y
mejoramiento
de la Carretera Churin-Oyón, Tramo 1; Churln-Km. 131" contiene las clausulas
adicionales del contrato entre ellas la Clausula Segunda Especial que dice:
2.1 "Las parles acuerdan que las controversias que surjan sobre la ejecución,
interpretación, resolución, inexistencia, ineficacia, nulidad oinvalidez del Contrato, se
resolverán mediante conciliación y/o arbitraje, con excepción de aquellas referidas en
el arliculo 23° de la LeyOrgánica del Sistema Nacional de Control yde la Contraloría
General de la Republica, Ley 27785 Y demás que por su naturaleza sean excluidas
por ley".
(.
..)
2.3 "En caso que el monto de la cuantía de la(s) controversia(s) señalada(s) en la
solicitud de arbitraje, sea(n) mayor
a
cincuenta (50) Unidades Impositivas Tributarias,
vigentes
a
la fecha de la referida solicitud, la(s) controversia(s) será(n) resuelta(s) por
un Tribunal Arbitral compuesto por tres árbitros. Cada una de las parles designará un
árbitro
y
ambos árbitros designarán
a
su vez al tercero,
y
este último presidirá el
Tribunal Arbitral. Vencido el plazo para la respuesta ala solicitud de arbitraje sin que se
hubiera designado el árbitro correspondiente, la parle interesada solicitará el Centro de
Análisis yResolución de Conflictos de la Pontificia Universidad Católica del Perú,
dentro del plazo de cinco (05) hábiles, la respectiva designación.
(. ..)
2.7 "Las parles acuerdan que los honorarios de los árbitros yel cobro de gastos
administrativos (incl a~secretariales) no excederán lo que corresponda según
el Tarifario 'Arbitraje del Gent" de Análisis
y
Resolución de conflictos de la Pontificia
3

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