Laudo del Tribunal de Arbitraje (Mtc-proyecto especial de infraestructura de transporte nacional (provias nacional)), 15-04-2019

Sentido del falloNo se especifican gastos del proceso no se ubico proceso en el seace no se especifica proceso de selección
Ruc20503503639
PartesMTC-PROYECTO ESPECIAL DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE NACIONAL (PROVIAS NACIONAL) vs ESTACIÓN DE SERVICIOS PETROSANLUIS EIRL
Fecha15 Abril 2019
Tipo de procesoAD HOC
MateriaMaterias Controvertidas;Devolución de garantías;Indemnización por daños y perjuicios;Resolución del contrato;OTROS,COSTOS Y COSTAS DEL PROCESO
.
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W
CORTE SUPERIOR DE
ARBITRAJE DE
ANCAS"
Caso Arbitral
fVO
008-2017-CSAA R EC l BI DO
Provias
.\'a.iona/ del
Alil1lsferio de
TransportuJ
Comkllit'a<ÍO/IeJ- Zona Allca;h
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E,.taáót1 de ¡eroido! Petrosanj¡lÍ.rE.I.RL
24
ABR.
2019
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LAUDO ARBITRAL
Laudo de Derecho dictado por el
Tribunal
Arbitral presidido por Halley Esterhazy
Lopez Zaldív3r e integrado por Patriek Konstantino Hurtado Tueros y Carlos Christian
Gonzales Cabello (en adelante, en conjunto, el Tribunal Arbitral o Tribunal,
indistintamente), en la controversia surgida entre Provias Nacional del Ministerio de
Transporte
y
Comunicaciones - Zona Ancash (en adelante, la
Entidad),
de una parte;
y, de la otra, Estación de servicios Petrosanluis E.I.R.L. (en adelante, el Contratista).
Resolución 29
I. ANTECEDENTES
Huaráz, 15 de abril de 2019.
1.
Convenio arbitral
El convenio arbitral está constituido por la cláusula décimo octiva del Contrato 010-Z016-
1\ITC/ZO-UZANC, "Compra de petróleo diesel BS para el tramo Emp. PE-1Z"'-Pasacancha-
Amdaymayo-Paloseco-Pomabamba-Uumpa-Uacma-SanLuis-Huamparán-Emp. PE-14B
(Huari)" (en adelante, el Contrato). En dicha cláusula las partes acuerdan expresamente que
cualquier controversia que surja desde la celebración de dicho Contrato será resuelta mediante
arbitraje, conforme a las disposiciones de la Ley de Contrataciones del Estado (en adelante, la
Ley), Ley 30225, Y su Reglamento (en adelante, el Reglamento), aprobado por Decreto
Supremo 3S0-201S-EF.
2. Sede del Tribunal Arbitral
Las instalaciones de b Corte Superior de Arbitraje de Ancash de la Cámara de Comercio de
Ancash (en adelante, la Corte), ubicadas en el Jr. José de Sucre 765,
3"'
piso, de la ciudad de
Huaraz, departamento de Ancash, República del Pero .
3. Hechos del presente arbitraje
En el presente acápite, se describen los hechos del arbitraje, los cuales van desde la solicirud de
arbitraje, pasando por la presentación de los escritos más relevantes, así como las audiencias
más importantes, concluyendo con la emisión del presente Laudo.
1. Con fecha 12 de setiembre de 2017, mediante escrito, La Encidad solicita el inicio de las
acroaoones arbitrales y designando como árbitro al señor Patrick Konstantino Hurtado
Tueras.
1 de 31
Caso Arbitral 008-2017-CSAA
Provias~Yadonal delAfillisterio de Tramporlu)' Comumi:a<tt¡nu_ Zona Anmsh ['s.
Ej'fadón de Jeroi¡jOJPefrrJianluisE.I.RL
2. Con fecha 05 de octubre de 2017,mediante escrito 01, elContratista responde a la
solicitudde arbitraje
y
designando como árbitro al señor CarlosChristian Gonzales Cabello.
3. Con fecha 06 de octubre de 2017,mediante escrito,el señor Carlos Christian Gonzales
Cabelloacepta el encargo conferido.
4. Con fecha
11
de octubre de 2017, mediante escrito, el señor Patrick Konstantino
Hurtado Tueras acepta el encaro conferido.
5. Con fecha 20 de octubre de 2017, mediante acta de sesión extraordinariadel Consejo
Superior de Arbitraje de la Corte, se designa al señor Halley Esterhazy Lopez Zaldívar, como
tercer árbitro ypresidente del tribunal arbitral.
6. Con fecha23 de octubre de 2017, mediante Carta
86-2017~CSAAjSG,
la Secretaría
General de la Corte comunica al señor Halley Esterhazy Lopez Zaldívar su designación como
tercer árbitro ypresidente del tribunalarbitral.
7. Con fecha 24 de ocrobre de 2017, mediante escrito, el señor Halley Esterhazy Lopez
Zaldívar acepta el encargo conferido.
8. Con fecha 24 de octubre de 2017, mediante cartas
93-2017-CSAAjSG,
94-
2017-CSAA¡SG, W 95-2017-CSAA¡SG
y
N' 96-2017-CSAA¡SG, h Secreuría Gene,.) de h
Corte comunica a las partes la designación
y
aceptación de tercer árbitro y presidente del
tribunal.
9. Con fecha 02 de noviembre de 2017, mediante escrito, la Entidad acepta la designación
del señor Halley Esterhazy Lopez Zaldívar.
10. Con fecha 06 de no'\;embre de 2017, mediante escrito 2, el Contratista formula
recusación contra el árbitro Patrick Konstantino Hurtado Tueras. Asimismo, solicita la
declinación de la competencia de la Corte para la administracióndel arbitraje.
11. Con fecha 14 de noviembre de 2017, mediante escrito, el árbitro Patrick Konstantino
Hurtado Tueras formula descargo a la recusación formulada.
12. Con fecha 14 de noviembre de 2017, mediante escrito, la Entidad absuelve la
recusación formulada.
13. Con fecha 27 de noviembre de 2017, mediante Resolución de Consejo Superior de
Arbitraje 11, dicho colegiadorector de la Corte declara infundadala recusación formulada.
2de31
I
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