Laudo del Tribunal de Arbitraje (Ministerio de vivienda, construcción y saneamiento - administración general), 03-03-2022

Fecha03 Marzo 2022
Ruc20504743307
Tipo de procesoINSTITUCIONAL
ContratistaGRUPO GURKAS S.A.C.
PartesMINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO - ADMINISTRACIÓN GENERAL vs GRUPO GURKAS S.A.C.
MateriaMaterias Controvertidas;Indemnización por daños y perjuicios;Resolución del contrato
Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima
Caso Arbitral Nº 0192-2020-CCL
GRUPO GURKAS S.A.C.
(Demandante)
Y
MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO
(Demandado)
LAUDO ARBITRAL
ÁRBITRO ÚNICO
DR. JULIO CARLOS LOZANO HERNÁNDEZ
SECRETARIA ARBITRAL
ABG. ÁLVARO ANTONIO ESTRADA ROSAS
Lima, 03 de marzo de 2022
Caso Arbitral Nº 0192-2020-CCL
GRUPO GURKAS S.A.C. c. MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO.
Laudo Arbitral
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Términos empleados en este Laudo Arbitral
LA DEMANDANTE en adelante EL
CONTRATISTA
GRUPO GURKAS S.A.C.
LA DEMANDADA en adelante LA
ENTIDAD
MINISTERIO DE VIVIENDA,
CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO
EL ÁRBITRO ÚNICO
Dr. Julio Carlos Lozano Hernández
EL CENTRO
Centro de Arbitraje de la Cámara de
Comercio de Lima
EL CONTRATO
Contrato 140-2019-VIVIENDA-OGA-
UE.001
I. ANTECEDENTES DEL PROCEDIMIENTO ARBITRAL
1. El 15 de noviembre de 2019, las partes suscribieron el Contrato
N° 140-2019-VIVIENDA-OGA-UE.001 denominado Contratación
del servicio de seguridad y vigilancia para las instalaciones del
centro de convenciones 27 de enero (LCC)”, luego de haber sido
otorgada la buena pro a EL CONTRATISTA del Concurso Público
003-2019-VIVIENDA-OGA-UE.001. Cabe mencionar que el
monto del contrato fue de S/ 2’020,000.00 (Dos millones veinte
mil con 00/100 soles), incluyendo los impuestos de Ley.
2. El plazo de ejecución del contrato se estableció en trescientos
sesenta y cinco (365) días calendario computados a partir de la
suscripción del Acta de Instalación del Servicio, siendo así que,
LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL
CONTRATISTA en pagos mensuales, luego de la recepción
formal y completa de la documentación correspondiente.
3. Con fecha 16 de noviembre del 2019 se suscribió el Acta de
Instalación de servicio, con lo cual se dio inicio a la prestación
Caso Arbitral Nº 0192-2020-CCL
GRUPO GURKAS S.A.C. c. MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO.
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del servicio de seguridad y vigilancia según Contrato 140-
2019-VIVIENDA-OGA-UE.001.
4. Con fecha 16 de diciembre, mediante Carta 171-2019-GG-
GGSAC EL CONTRATISTA hace llegar la documentación para
iniciar el trámite de pago por el servicio prestado durante el
período del 16 de noviembre de 2019 al 15 de diciembre de 2019
(Primer pago), y la factura electrónica N° F001-0000642 por el
monto de S/168,333.33, la misma que fue observada por LA
ENTIDAD.
5. Con fecha 20 de enero del 2020, EL CONTRATISTA hace llegar
la documentación y la factura para iniciar el trámite de pago por
el servicio prestado durante el periodo del 16 de diciembre de
2020 al 15 de enero de 2020 (Segundo pago).
6. Respecto del segundo pago, posterior a la solicitud de pago
emitido por EL CONTRATISTA; LA ENTIDAD le solicitó la
subsanación de la documentación solicitada.
7. Es así que, con fecha 03 de febrero del 2020, EL CONTRATISTA
remite la documentación faltante al expediente de pago
correspondiente al primer pago mediante la Carta N° 002-2020-
GG-GGSAC para la continuación del trámite de pago.
8. Que, la documentación presentada para pago por EL
CONTRATISTA, tanto la que corresponde al período del primer
pago y la que corresponde al periodo segundo pago, fueron
observadas y notificadas, por no cumplir con lo requerido por los
Términos de Referencia, esto es respecto al Plan de Seguridad,
por tal lo que EL CONTRATISTA alega es que no es un

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