Laudo del Tribunal de Arbitraje (Ministerio de salud), 26-11-2013

Sentido del falloEl tribunal declaro infundada las pretensiones cuantificables del demandante
Ruc20131373237
PartesMINISTERIO DE SALUD vs INTRAMEDICA S.A.C.
Fecha26 Noviembre 2013
Tipo de procesoAD HOC
MateriaMaterias Controvertidas;Conformidades;Indemnización por daños y perjuicios;Pago;Recepción;Resolución del contrato;OTROS,PAGO DE GASTOS FINANCIEROS Y OTROS
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Caso Arbitral: Intramédica S.A.C. - Ministerio de Salud
LAUDO ARBITRAL OE DERECHO
Caso Arbitral: Intramédica S.A.C. - Ministerio de Salud
Contrato
177~2011~MINSA:
Adquisición de Equipos Biomédicos
para los Hospitales de lea (Hospital Regional de lea SNIP 72056 -
Hospital Santa María del Socorro SNIP 74505 - Hospital San Juan de
Dios de Pisco SNIP 76065)
Urna, 26 de noviembre de 2013
DEMANDANTE:
Intramédica S.A.C. o ("INTRAMEDICA" o "el Demandante")
DEMANDADO:
Ministerio de Salud ("la Entidad", "el Demandado" o "MINSA")
TRIBUNAL ARBITRAL:
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MARIO MANUEL SILVA LOPEZ (Presidente del Tribunal Arbitral)
JUAN HUAMANÍ CHÁVEZ (Árbitro)
IVÁN ALEXANDER CASIANO LOSSIO (Árbitro)
SECRETARIO AD HOC:
LUIS PUGLIANINI GUERRA
SEDE DEL ARBITRAJE E IDIOMA:
Mediante el Acta de Instalación del Tribunal Arbitral de fecha 9 de mayo de
2012, se fijó como Sede del presente arbitraje, el domicilio ubicado en Av.
Arequipa 1295, Oficina 601, Santa Beatriz, provincia y departamento de
Urna.
El idioma aplicable es el castellano.
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Caso Arbitral: lntramédica S.A.C. - Ministerio de Salud
l. ANTECEDENTES:
EXISTENCIA DE UN CONVENIO ARBITRAL Y DESIGNACION DE
ÁRBITROS
Con fecha 31 de Marzo del 2011, EL MINISTERIO DE SALUD -A TRAVÉS
DEL HOSPITAL SANTA MARÍA DEL SOCORRO SNIP 74S0S
y
EL
HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS DE PISCO SNIP 7606S-
y
LA
EMPRESA INTRAMEDICA
S.A., suscribieron el Contrato 177-2011-
MINSA.
Al surgir controversias entre las partes que suscribieron el contrato antes
mencionado, el Contratista en aplicación de la Cláusula Décimo Séptima del
Contrato denominada CLÁUSULA DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS,
remitió a la Entidad la Carta de Solicitud de Arbitraje, a través de la cual
designó como árbitro al Dr. Juan Huamaní Chávez. Por su parte, la Entidad
en su respectiva Carta de respuesta, designó como árbitro al Dr. Iván
Alexander Casiano Lossio. Posteriormente, los árbitros de parte designados
de común acuerdo, nombraron como Presidente del Tribunal Arbitral al Dr.
Mario Manuel Silva López.
La Instalación del Tribunal Arbitral:
Con fecha 9 de mayo de 2012, se procedió a la Instalación del Tribunal
Arbitral, diligencia en la cual se fijaron .las reglas del arbitraje en presencia
de ambas partes, quedando notificadas de la respectiva acta en dicha fecha.
Al respecto, se deja constancia que ninguna de las partes ha impugnado o
reclamado el contenido del Acta de Instalación, dando su conformidad al
cumplir con las disposiciones contenidas en ésta.
Caso Arbitral: Intramédlca S.A.C. - MinIsterio de Salud
En dicha audiencia, los miembros del Tribunal Arbitral declararon que han
sido debidamente designados de conformidad con lo establecido en el
convenio arbitral celebrado entre las partes, dejando constancia que no
estaban sujetos a incompatibilidad alguna ni a hechos o circunstancias que
les obligara a inhibirse, al no haber mantenido ni mantener relación con las
partes.
De otro lado, se estableció que las reglas aplicables al presente arbitraje
serán las establecidas en el Acta de Instalación del Tribunal Arbitral, y en su
defecto, lo dispuesto por el Decreto Legislativo 1017, Ley de
Contrataciones del Estado (en adelante, la Ley), así como su Reglamento,
aprobado mediante Decreto Supremo 184-2008-EF (en adelante, el
Reglamento) y, supletoriamente, por la Ley de Arbitraje, aprobada
mediante Decreto Legislativo 1071 (en adelante, la Ley de Arbitraje).
n.
EL PROCESO ARBITRAL:
LA DEMANDA
El Petitorio
Mediante escrito de fecha 30 de mayo de 2012, complementado el 12 de
junio de 2012, INTRAMEDICA formuló las siguientes pretensiones materia
de su demanda:
Primera pretensión principal: Se disponga la nulidad de la resolución del
ítem 23 del Contrato 177-2011-MINSA, materializada mediante carta ~
notarial de fecha 23.01.2012.
Segunda Pretensión Princioal: Se disponga la validez de la resolución
contractual materializada por INTRAMÉDICA SAC, mediante carta notarial
de fecha 25.01.2012.
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