Laudo del Tribunal de Arbitraje (Ministerio de agricultura), 11-06-2013

Sentido del fallo las pretensiones son de puro derecho.
Ruc20131372931
PartesMINISTERIO DE AGRICULTURA vs MAPFRE PERÚ COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS, MAPFRE PERÚ VIDA COMPAÑíA DE SEGUROS Y LA POSITIVA SEGUROS Y REASEGUROS
Fecha11 Junio 2013
Tipo de procesoINSTITUCIONAL
MateriaMaterias Controvertidas;Indemnización por daños y perjuicios;OTROS,CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL Y MULTAS
Laudo de Derecho
Caso Arbitral No.
24/
J-20J2-CCL:AGRO RURAL con Mapfre PerlÍ Compañia de Seguros
y
Reaseguros
y
aIras
TribufJ{r/ Arbitral
DI'.Fernando Canluarias Salaverl'Y (Presidente)
/)1'. Ro/ando
Eyzaguil're Macca/1
DI'. Patriek Hurtado Tueras
f
f JUN. 2013
Caso Arbitral 2411-2012-CCL
LAUDO
RECIBIDO
No es señal da conformfdad
Hora Fírm;¡: ..
LAUDO DE DERECHO EMITIDO EN EL ARBITRAJE SEGUIDO POR EL
PROGRAMA DE DESARROLLO PRODUCTIVO AGRARIO RURAL Y MAPFRE
PERÚ COMPAÑíA DE SEGUROS Y REASEGUROS, MAPFRE PERÚ VIDA
COMPAÑíA DE SEGUROS Y LA POSITIVA SEGUROS Y REASEGUROS
DEMANDANTE:
PROGRAMA DE DESARROLLO PRODUCTIVO AGRARIO RURAL (en adelante,
AGRO RURAL o DEMANDANTE)
DEMANDADOS:
MAPFRE PERÚ COMPANIA DE SEGUROS Y REASEGUROS (en adelante
MAPFRE), MAPFRE PERÚ VIDA COMPAÑíA DE SEGUROS (en adelante,
MAPFRE VIDA) Y LA POSITIVA SEGUROS Y REASEGUROS (en adelante, LA
POSITIVA)
ÁRBITROS:
Fernando Cantuarias Salaverry (Presidente)
Rolando Eyzaguirre Macean
Patrick Hurtado Tueros
SECRETARIA ARBITRAL:
Patricia Vera Nieto
SEDE DEL TRIBUNAL ARBITRAL:
Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima
1
1
Laudo de Derecho
Caso Arbitral No. 2411-2012-CCL:AGRO RURAL cOn Mapfre Perú Comp(lñia de Seguros y Reaseguros y otrOS
Tribullal Arbitral
Dr. Fernando Can/l/arias Salavel'1J!(Presidente)
Dr. Rolando Eyzaguirre Macean
Dr. Patr¡ck Hurtado Tueros
IDIOMA DEL ARBITRAJE:
El idioma aplicable es el castellano.
TIPO DE ARBITRAJE:
Nacional y de Derecho.
RESOLUCiÓN 14
r?'l
Lima, 11 de junio de dos m~
.Resulta de autos que el 24 de agosto de 2012 AGRO RURAL presentó ante el
Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima una petición de arbitraje
dirigida contra MAPFRE, MAPFRE VIDA Y LA POSITIVA (en conjunto, LAS
DEMANDADAS), al amparo del convenio arbitral contenido en la cláusula Décima
Sétima del Contrato W 001-2009-AG-AGRORURAL-COMPRA CORPORATIVA
FACULTATIVA "CONTRATACiÓN DE PROGRAMA DE SEGUROS", celebrado entre
las partes el 29 de setiembre de 2009 (en adelante, el CONTRATO), concordante
con el artículo 17 de las Cláusulas Generales de Contratación.
1.
DESIGNACiÓN DE ÁRBITROS
AGRO RURAL designó como árbitro al doctor Patrick Hurtado Tueras. LAS
DEMANDADAS, por su parte, designaron al doctor Rolando Eyzaguirre Macean.
Ambos árbitros, de común acuerdo, designaron al doctor Fernando Cantuarias ~/'
Salaverry como Presidente del Tribunal Arbitral.
d
. Laudo de Derecho
Caso Arbitral
No.
2411.2012-CCL:AGRO RURAL
COil
Map/re Perú Compañía de Seguros y Reaseguros y otros
TriblllUll ArMtral
DI'.
Fernando Cantuar;as Salaveny (Presidente)
DI'. Rolando Eyzaguirre Macean
DI'.
Patrick Hurtado Tueras
11.
INSTALACiÓN DEL TRIBUNAL ARBITRAL
El 21 de diciembre de 2012 se llevó a cabo la Audiencia de Instalación del Tribunal
Arbitral, con la presencia de los representantes de AGRO RURAL Y LAS
DEMANDADAS.
En la referida Audiencia de Instalación, los integrantes del Tribunal Arbitral ratificaron
haber sido designados conforme a ley, reiterando no tener ninguna incompatibilidad
para el cumplimiento del cargo, ni vínculo alguno con las partes. Asimismo, las partes
asistentes manifestaron su conformidad con el procedimiento de designación del
Tribunal Arbitral.
111.
LA DEMANDA DE AGRO RURAL
AGRO RURAL presentó su demanda mediante escrito ingresado el 10 de enero de
2013,
Petitorio
Conforme resulta de la demanda, el petitorio fue el siguiente:
.Pretensión Principal
La validez y eficacia de las obligaciones del Consorcio MAPFRE Perú Compañía de
Seguros y Reaseguros, La Positiva Seguros y Reaseguros, MAPFRE Perú Vida
Compañia de Seguros contenidas en las Cláusulas Generales de Contratación que
vienen a ser parte integrante del Contrato W 001-2009-AG-AGRORURAL de fecha ..
29/09/2009, respecto al Articulo 11° numeral 1) que señala la subrogación
al
t
'!
asegura~o en su derecho de propiedad sobre I~s bienes ministrados a favor de la /'/
Compañia de Seguros una vez indemnizado parcial o totalmente el sIniestro.
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3

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