Laudo del Tribunal de Arbitraje (Ministerio de transportes y comunicaciones - mtc), 29-01-2015

Sentido del falloLas pretensiones formuladas por las partes son de puro derecho.
Ruc20131379944
PartesMINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - MTC vs RANSA COMERCIAL S.A.
Fecha29 Enero 2015
Tipo de procesoAD HOC
MateriaMaterias Controvertidas;Ejecución de garantías;Indemnización por daños y perjuicios;Nulidad, invalidez, inexistencia y/o ineficacia del contrato;Pago;Resolución del contrato
.
CONTROVERSIAARBITRALAD HOC SEGUIDAENTRERANSA COMERCIAL
S.A. Y El MINISTERIODETRANSPORTESY COMUNICACIONES
lAUDO ARBITRALDEDERECHO
DEMANDANTE: RANSA COMERCIAL SOCIEDAD ANÓNIMA (en adelante
RANSA o lA DEMANDANTE)
DEMANDADO: MINISTERIODETRANSPORTESY COMUNICACIONES
(En adelante, El MTC, El MINISTERIO,lA ENTIDADo El
DEMANDADO).
ÁRBITOÚNICO: DOCTORA PATRICIA LORA RIOS (Árbitro Único
designado por el OSCE).
RESOLUCiÓNN' 23
SECRETARIA:
ABOGADO DANIEL MARTíN LINARES PRADO (Árbitro
Sustituto)
ROSAESPINOZAflORES
Lima, 29 de enero del 2015
VISTOS:
1. ANTECEDENTES:
Con fecha 06 de agosto de 2013,en la sede del Organismo Supervisor
de Contrataciones del Estado (OSCE), con lo presencio de la Dro.
Patricia Lora Ríos- Árbitro Único, y de ambos portes, se suscribió ei Acto
de Instalación en el arbitraje relacionado con (a controversia suscitada
entre RANSA y EL MINISTERIO,Y que estó vinculado
01
"Contrato
W
094.
20J2.MTCII0", [en adelante El CONTRATO); declarando seguidamente
abierto el proceso arbitral y otorgando al DEMANDANTE. el plazo de
quince
(15)
días hábiles a fin de que cumpla con presentar su
demanda, debiendo ofrecer los medios probatorios que sustenten su
posición.
1. DE lA DEMANDA ARBITRAL Y DE SU MODIFICACiÓN
(COMPLEMENTO).
1.
¡
Con fecho 22 de octubre del 2013. RANSA -dentro del plazo
concedido- presentó su demanda arbitral en contra del
MINISTERIO,presentando y fundamentando sus pretensiones
de lo manera siguiente;
1
" que
se
deje sin efecto el oficio
W
097-2012-MTC/10. el
mismo
que
dispone la 'resolución del contrato
094-2072-
MTC/l
O.
En consideración
a
ello, que
se
dectare la plena
vigencia del referido contrato
y
se
ordene la cancelación
de
las facturas dejadas
de
pagar hasta la fecha
por
la referida
entidad, con los intereses correspondientes".
Con fecha 13 de agosto de 2012 se otorgó a RANSA la buena
pro del proceso de selección de la Adjudicación de Menor
Cuantía N" 0026-2012-MTC/15 poro prestor el servicio de
Organización e Inventario de la Documentación Técnica de la
Dirección General de Transporte Terrestre (en adelante,
DGn).
Con fecha 28 de agosto de 2013 ambas portes suscribieron el
Contrato N" 094-2012-MTC/1 O,
De acuerdo a lo establecido en el Contrato, se requería que
en el espacio físico donde se prestaría el servicio debía
instalarse una "cobertura de flexilona HODPEy MP o similares
de 200gr. que sean resistentes a la lluvia o temperatura,
impermeable, protector UV. ignifuga" (la CARPA).
Que, Ransa decidió que la carpa con la que se prestaría el
icio sería una que estaba acondicionada dentro de las
instalaciones del MTC, de las mismas características que la
requerida
e,1
el Contrato.
Que,
10
carpa mencionada estaba en las instalaciones del
MTC con ocasión de un servicio anterior prestado a otra
dirección del MTC, la misma que solicitó que la carpa
permaneciera en las instalaciones de la Entidad
y
que la
permanencia de la misma se regularía de manera posterior a
manera de arrendamiento. Decidió RANSA según lo afirma,
dejar de buena fe instalada la carpa, sin embargo, señalan, la
Entidad después de varios meses no pagó suma alguna por el
uso de la carpa.
Ante dicha situación, RANSAdecidió participar en el proceso
de selección materia del presente arbitraje, para lo cual, en
caso de resultar favorecidos con la buena pro, utilizarían la
carpa poro la prestación del servicio ofertado.
Que, Ransa solicitó a la oficina de atención al ciudadano, que
se encontraba en posesión de lo carpa, que procedan a
retirar los bienes que se encontraban dentro de la carpa y que
2
,
devuelvan la posesión de la misma, sinembargo la oficina de
atención al ciudadano hizo caso omiso al requerimiento.
Que, mediante corto RACA-0493-12, RANSA solicito o lo
Oficina General de Administración que establezca el espacio
físico para el desarrollo de las actividades del servicio
contratado, es osi que mediante oficio n' 09Q-2012-MTC-1O,lo
Entidad le informa cuál es el espacio físico asignado.
,
RANSA señalo que le resultaba materialmente imposible
proceder con la instalación yacondicionamiento de la misma
¡la carpa) para la prestación de! servicio contratado en razón
que la misma se encontraba en posesión de la Oficina de
Atención
01
Ciudadano- Lo señalado fue puesto en
conocimiento del área usuario [DGTIJ, de tal farma que
empezaron a prestar el servicio contratado en las oficinas del
MTC ubicados en Antenar Orrego N' 1923 Chacra Ríos,
Cercado de Lima, conforme a los solicitado por el área
usuaria.
Que, señalan no podían proceder a colocar la carpo, por
responsabilidad del MTC, dado que lo Oficina de Atención
01
Ciudadano no devolvía Jocarpa.
Que, con fecho
II
de octubre de 2012, fueron notificados con
el Oficio n'095-2012-MTCIl0 que, mediante el cual lo Oficina
General de Administración solicitó que en el plazo de un [01J
día calendario cumpla con el acondicionamiento del espacio
asignado, bajo apercibir'niento de resolver el contrato.
Señalan que la Entidad no le informó el lugar donde se
acondicionaría la carpa, sino hasta luego de 17 días de
suscritoel Contrato.
Que, la DGTTtenía conocimiento de la situación de la carpa y
es por ello que le pide a RANSAel inicio del servicio en la sede
del MTC ubicado en Chacra Rlos,lo que fue efectuado por
RANSA.
Que, RANSA mediante corto RAC-013-12 indicó
01
MTC que
culminaría con el acondicionamiento de la carpa en el plazo
de cinco {51dios hábiles, de conformidad con lo establecido
por el Artículo 169' del Reglamento de lo Ley de
Contrataciones del Estado {RLCEIen función o que el plazo
otorgado por la Entidad (un día calendario) era
completamente irrazonable y de imposible cumplimiento,
siendo que además que, en función a la cuantía del Contrato
3

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