Laudo del Tribunal de Arbitraje (Ministerio publico), 14-06-2002

Sentido del falloEl laudo arbitral no refiere número de contrato. en el laudo no se precisa qué parte designó a los árbitros. No obstante, se consignaron los datos para fines de información. se declara infundadas las pretensiones cuantificables del demandante.
Ruc201100162076
PartesMINISTERIO PUBLICO vs SEGURIDAD, VIGILANCIA Y CONTROL SAC - ESVISAC
Fecha14 Junio 2002
Tipo de procesoAD HOC
MateriaMaterias Controvertidas;Pago;OTROS,INTERESES COMPENSATORIOS
Lima, catorce de junio
de dos mil dos
Caso Arbitral
NO
001.2002.AQL
Resolución 13
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003
VISTOS: que, conforme al Acta de Ins~n del Tribunal Arbitral de 01
de febrero del 2002, el presente Tribunal Arbitral se ha constituido a efectos de
resolver conforme a derecho la controversia existente entre la Empresa de
Seguridad, Vigilancia y Control SAC (en adelante ESVICSAC) y el Ministerio
Público sobre la ejecución del Contrato de Prestación de Servicio de Seguridad
y Vigilancia del 27 de abril del 2000 prorrogado mediante addenda de 15 de.
enero del 2001; que, mediante Resolución 01 de 01 de febrero del 2000 se
declaró abierto el presente proceso arbitral y se aprobaron las reglas del
proceso leíque fué debidamente notificado a las partes y a CONSUCODE; que,
el 15 de febrero del 2002 ESVICSAC cumplió con presentar su correspondiente
Demanda Arbitral dentro del plazo previsto en la Regla 04 del Proceso
Arbitral, habiéndose admitido a trámite mediante Resolución 03 de 18 de
febrero del2002 y corriéndose trasladode la mismaal Ministerio Público; que, la
Demanda interpuesta por ESVICSAC señala lo siguiente: Que, constituyen
pretensionesde la Demanda: 1) pretensión principalde la Demandante el pago
de la suma de
SI.
756,897.91 por concepto de reintegro de capital
correspondienteal resultante incremento dictado en el Decreto de Urgencia
012-2000 de 09 de febrero del 2000, valor que incluye el I.G.v.; 2) Primera
pretensión accesoria por conexidad: el pago de los intereses compensatorios
sobre el importe resultante de la pretensiónprincipal, estimando la Demandante
que dicho importe asciende a la suma de
SI.
62,408.61 al 13 de febrero del
2002; 3) Segunda pretensión accesoria por conexidad: el pago de los intereses
moratorias sobre la base del importe resultante de la pretensión principal
estimando la Demandante que dicho importe asciende a la suma de
SI.
846,052.92;4) Pretensión accesoriasubordinada: el pago de los costos y costas
procesales que se acrediten al término del proceso. Señala la Demandante
como Fundamentosde Hecho y de Derechode su Demanda: Que, el Ministerio
Público convocó a Concurso Público 001-2000-MP-FN-GG de 18 de febrero
del 2000 para la prestación del Servicio de Seguridad y Vigilancia; que,
ESVICSAC adquirió las Bases de dicho Concurso Público
y
participó en dicho
,
.
.
.
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