Laudo del Tribunal de Arbitraje (Instituto nacional de salud del niño), 03-07-2008

Ruc20552196725
Fecha03 Julio 2008
PartesINSTITUTO NACIONAL DE SALUD DEL NIÑO vs CONSORCIO GRUPO DELTRON S.A. - CONNECTION TRADING S.A.
Tipo de procesoINSTITUCIONAL
MateriaMaterias Controvertidas;Ejecución de garantías;Nulidad, invalidez, inexistencia y/o ineficacia del contrato;Resolución del contrato;OTROS,DECLARESE LA NULIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO; DECLARESE EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES POR PARTE DEL CONSORCIO
3L
i
iÆ3æi
i3i
Oficina
de
l
nnritlac
ministrativo
U
1
JUL
2007
LAUDO
ARBITRAL
NACIONAL
DE
DERECHO
RECIBIDO
Horo
Expediente
Arbitral
N
211
2007
CONSUCODE
D
i
Lima
3
de
julio
de
2008
RESOLUCIN
N
15
LAS
PARTES
Instituto
Nacional
de
Salud
del
Niæo
Consorcio
Grupo
Deltron
SA
Connection
Trading
SA
`RBITRO
NICO
DRA
MARIA
DEL
CARMEN
TOVAR
GIL
Registro
CAL
N
11138
SECRETAR˝A
INSTITUCIONAL
FRANZ
KUNDMLER
CAMINITI
Gerente
de
Conciliacin
y
Arbitraje
de
CONSUCODE
VISTOS
I
EXISTENCIA
DE
UN
CONVENIO
ARBITRAL
11
Que
con
fecha
07 de
marzo
de
2007
el
Instituto Nacional
de
Salud
del
Niæo
y
el
Consorcio
grupo
Deltron
SA
Connection
Trading
SA
suscribieron
el
contrato
de
adquisicin
de
computadoras
e
impresoras
No
016
INSN
2007
el
cual
se
deriv
de
la
Licitacin
Pœblica
N
00042006
INSN
12
Que
la
clÆusula
DØcimo
Tercera
del
Contrato
seæala
que
las
partes
acuerdan
que
cualquier
controversia
o
reclamo
que
surja
o
se
relacione
con
la
ejecucin
o
interpretacin
del
presente
contrato
serÆ
resuelta
de
manera
definitiva
mediante
la
conciliacin
en caso
de
haber
acuerdo
parcial
o
sin
acuerdo
deberÆ
recurrirse
obligatoriamente
al
arbitraje
de
derecho
conforme
a
las
disposiciones
establecidas
en
el
Texto
nico
Ordenado de
la
Ley
No
26850
y
su
reglamento
13
Que
el
artculo
274 del
Reglamento
del
Texto
nico
Ordenado de
la
Ley
de
Contrataciones
y
Adquisiciones
del
Estado
aprobado
mediante
Decreto
Supremo
No
084
2004PCM
seæala
que
Todos
los
conflictos
que
deriven
de
la
ejecucin
e
interpretacin
del
presente
contrato
incluidos
los
que
se
refieran
a
su
nulidad
e
invalidez
serÆn
resueltos
mediante
arbitraje
bajo
la
organizacin
y
administracin
de
los
rganos
del
Sistema
Nacional
de
Conciliacin
y
Arbitraje
del
CONSUCODE
y
de
acuerdo
con
su
Reglamento
II
SOLICITUD
DE
ARBITRAJE
21
Que
con
fecha
17
de
junio
e
2007
el
Consorcio
Grupo
Deltron
SA
Connection
Trading
SA
solicita
el
inicio
de
un
proceso
de
conciliacin
ante
el
Centro
de AnÆlisis
y
Resolucin
de
Conflictos
de
la
Pontificia
Universidad
Catlica
del
Perœ
debido a
la
controversia
surgida
con
el
INSN
por
la
resolucin
del
Contrato
No
016
2007
INSN
22
HabiØndose
suscitado
un
conflicto
entre
fas
partes
derivado
de
la
resolucin
del
contrato
No
016
INSN
2007
por
parte
del
Instituto Nacional
de
Salud
del
Niæo
en
adelante
INSN
la
misma
que
fuera
comunicada
por
parte
del
INSN
al
Consorcio
Grupo
Deltron
SA
Connection
Trading
SA
mediante
Carta
Notarial
N
29639
de
fecha
22 de
junio
de
2007
En
respuesta
a
la
carta
notarial
el
Consorcio
Grupo
Deltron
SA
Connection
Trading
SA
mediante
carta
de
fecha
18
de
julio
de
2007
solicit
al
INSN
el
inicio
de
un
proceso
de
conciliacin
en
el
Centro
de AnÆlisis
y
Resolucin
de Conflictos de
la
Pontificia
Universidad
Catlica
del
Perœ
con
la
finalidad de
resolver
la
controversia
suscitada
entre
las
partes
23
Atendiendo
a
negativa
por
parte
del
INSN
de
iniciar
el
proceso
de
Conciliacin
el
Consorcio
Grupo
Deltron
SA
Connection
Trading
SA
solicit
el
inicio
del
procedimiento
Arbitral
24
Que
con
fecha
06 de
agosto
de
2007
mediante
carta
cursada
al
INSN
Consorcio
Grupo
Deltron
SA
Connection
Trading
SA
solicita
el
inicio
del
procedimiento
arbitral
para
solicitarla
solucinala
controversia
suscitada
entre
las
partes
25
Que
dicho
pedido
se
realiza
en
virtud
de
lo
dispuesto
en
el
artculo
273 274
y
276
del
Reglamento
de
la
Ley
de
Contrataciones
y
Adquisiciones
del
Estado
aprobado
por
Decreto
Supremo
No
084
2004PCM
26
En
ese
sentido
el
Consorcio
Grupo
Deltron
SA
Connection
Trading
SA
ha
manifestado
su
voluntad
de
acudir
al
mecanismo
del
arbitraje
a
efectos
de
resolver
cualquier
conflicto
o
desavenencia
que
surja
en
el
curso
de
la
ejecucin
del
contrato
donde
Øl
es
parte
27
Que
el
Instituto Nacional
de
Salud
del
Niæo
no
se
pronunci
respecto
de
la
solicitud
de
arbitraje
del
Consorcio
III
DESIGNACIN
DEL
`RBITRO
NICO
31
Mediante
Oficio
N
42072007
CONSUCODE
OCA
de
fecha 17
de
octubre
de
2007
CONSUCODE
design
a
la
doctora
Mara
del
Carmen
Tovar
Gil
como
Ærbitro
nico
de
conformidad
con
la
Resolucin
No
527
2007
CONSUCODE
PRE
de
fecha
17
de
octubre
de
2007
32
Con
fecha
08 de
noviembre
de
2007
se
llev
a
cabo
la
Audiencia
de
Instalacin
con
la
presencia
de
los representantes
del
Consorcio
Grupo
Deltron
SA
Connection
Trading
SA
y
los representantes
del
INSN

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