Laudo del Tribunal de Arbitraje (Instituto nacional de infraestructura educativa y de salud infes), 03-12-2003
Ruc | 20381014127 |
Fecha | 03 Diciembre 2003 |
Partes | INSTITUTO NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA Y DE SALUD INFES vs CONSTRUIT SA |
Tipo de proceso | AD HOC |
Materia | Materias Controvertidas;Mayores gastos generales;Pago |
CASO
ARBITRAL
N
707130
2002
ARBITRO
RICARDO
MONTERO
CRISANTO
DEMANDANTE
CONSTRUIT
SAC
DEMANDADOS
Instituto
Nacional
de
Infraestructura
Educativa
y
de
Salud
en
adelante
INFES
y
el
Ministerio
de
Educacin
a
travØs
de
la
lJnidad
Coordinadora
del
Programa
de
Mejoramiento
de
la
Calidad
en
la
Educacin
en
adelante
MECEP
MATERIA
Reconocimiento
de
mayores
costos
por
incremento
de
mano
de
obra pago
de
intereses
legales
costas
y
costos
del
proceso
LAUDO
ARBITRAL
RESOLUCION
N
18
Lima
tres
de
diciembre
del
aæo
dos
mil
tres
VISTOS
Que
mediante
Acta
de
Instalacin
del
Tribunal
Arbitral
de
fecha
18
de
Febrero
del
aæo
2003
se
estableci
primeramente
en
el
numeral 3
de
la
antes
referida
Acta
como
Tipo
de Arbitraje
en
virtud
del
Convenio
Arbitral
contenido
en
el
numeral
24
1
de
la
seccin
3
Condiciones
del
Contrato
del
Contrato
de
Ejecucin
de
Obras
a
Suma
Alzada
y
Precio
Fijo
de
fecha
25
de
Marzo
del
aæo
2002
correspondiente
a
la
L
P
N
0040
INFES
MED
BID
2001
y
en
aplicacin
del
Artculo
3
de
la
Ley
de
Arbitraje
N
26572
uno
de
carÆcter
Nacional
y
de
Derecho
estipulÆndose
adicionalmente
que
se
aplicara
al
presente
procedimiento
las
normas
establecidas
en
el
Reglamento
Procesal
de
Arbitraje
Nacional
del
Centro
de
Conciliacin
y
Arbitraje
Nacional
e
Internacional
de
la
CÆmara
de
Comercio
de
Lima
vigentes
al
momento
de
la
referida
instalacin
con
las
particularidades
descritas
en
la
citada
Acta
bajo
el
rubro
Reglas
del
Proceso
las
cuales
prevalecerÆn
sobre
el
citÆdo
Reglamento
ademÆs
de
la
aplicacin supletoria
de
la
Ley
de
Arbitraje
antes
referida
yen
el
caso
de
vaco
o
deficiencia
de
las
normas
antes
glosadas
aquellas
reglas
que
establezca
el
Tribunal
Arbitral
y
o
el
Cdigo
Procesal
Civil
Que
asimismo
dentro
de
la
metodologa
establecida
para las
Reglas
del
Proceso
contenidas
entre
los
numerales
13
al
23
se
determin
entre
otras
estipulaciones
principales
el
plazo
para
la
presentacin
de
la
demanda
su
traslado
contestacin
de
la
misma
as
como
la
forma
plazos
y
condiciones
para
la
interposicin
de
defensas
previas
tachas
u
otras
oposiciones
que
formulen
las
partes
dentro
del
proceso
as
como
los
plazos
para
resolverlas
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba