Laudo del Tribunal de Arbitraje (Instituto del mar del peru-imarpe), 13-11-2008

Sentido del falloEn el laudo no se indica el proceso de selecion. para el cálculo de plazo se consideró como fecha de inicio la demanda
Ruc20148138886
PartesINSTITUTO DEL MAR DEL PERU-IMARPE vs WUANDY MAGALI VARGAS GUEVARA
Fecha13 Noviembre 2008
Tipo de procesoINSTITUCIONAL
MateriaMaterias Controvertidas;Indemnización por daños y perjuicios
Laudo
Arbitral
expedido
por
el
`rbitro
nico
doctor
Sergio
Caldern
Rossi
en
el
proceso
seguido
por
el
Instituto
del
Mar
del
Perœ
IMARPE
con
Wuandy Magali
Vargas
Guevara
sobre
resolucin
de
contrato
y
otros
en
el
Expediente
N
091
2008
Resolucin
N
10
Lima
13 de
noviembre
de
2008
VISTOS
aparece
de
autos
Por
escrito
presentado
con
fecha 23 de
mayo
de
2008
Wuandy
Magali
Vargas
Guevara
interpone
demanda
arbitral
contra
el
Instituto
del
Mar
del
Perœ
en
adelante
IMARPE
Las
pretensiones
contenidas
en
el
petitorio
de la
demanda
son
las
siguientes
1
Que
como
consecuencia
de la
unilateral
e
ilegal
resolucin
del
contrato
de
servicios
profesionales
suscrito
entre
las
partes
la
emplazada
cumpla
con
el
pago
de
una
indemnizacin
de
S
20
000
00
veinte
mil
y
00
100
Nuevos
Soles
por
concepto
de
lucro
cesante
2
Que
IMARPE
cumpla
con
pagar
la
suma
de
S
30
000
00
treinta
mil
y
00
100
Nuevos
Soles
por
concepto
de
daæo
moral
3
Que
la
demandada
cumpla
con
pagar
las
costas
y
costos
derivados
del
proceso
arbitral
La
citada
demanda
fue
admitida
mediante
Resolucin
N
02
corriØndose
traslado
de la
misma
para
su
contestacin
Habiendo
cumplido
con
la
notificacin
al
IMARPE
dentro
del
plazo
otorgado
Øste
present
su
contestacin
de la
demanda
pero
no
cumpli
con
realizar
el
pago
de
los
gastos
arbitrales
a
su
cargo
de lo
cual
se
dej
constancia
mediante
Resolucin
N
03 de fecha 11 de
julio
de
2008
En
dicho
acto
tambiØn
se
requiri
a
IMARPE
para que
dentro
del
plazo
mÆximo
de 05
das
œtiles
cumpla
con
efectuar
el
pago
del
anticipo
de
los
honorarios
del
Ærbitro
y
de
los
gastos
administrativos
a
su
cargo
Posteriormente
y
transcurrido
el
plazo
otorgado
por
el
Ærbitro
para
el
pago
a
cargo
de
IMARPE
mediante
Resolucin
N
04 de
fecha
25 de
julio
de
2008
se
deja
constancia
del
incumplimiento
de la
demandada
y
se
faculta
a
la
demandante
para que
se
subrogue
en
el
referido
pago
dentro
del
plazo
de
OS
das
œtiles
AI
amparo
de la citada
resolucin
mediante
escrito
presentado
con
fecha 07 de
agosto
de
2008
la
demandante
Wuandy
Magali
Vargas
Guevara
cumple
con
adjuntar
los
documentos
que
acreditan
el
pago
del
anticipo
de
los
honorarios
del
Ærbitro
y
de
los
gastos
administrativos
que
eran
de
cargo
de
IMARPE
En
T
consideracin
alo
anotado
mediante
Resolucin
N
OS
se
cita
a
las
partes
ala
respectiva
Audiencia
de
Conciliacin
yDeterminacin
de
Puntos
Controvertidos
para el
da
21 de
agosto
de
2008
No
habiØndose
podido
llegar
a
una
frmula
conciliatoria
en
dicha
diligencia
por
la
1

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