Laudo del Tribunal de Arbitraje (Instituto nacional de defenza civil -indeci), 06-02-2004
Ruc | 20135890031 |
Fecha | 06 Febrero 2004 |
Partes | INSTITUTO NACIONAL DE DEFENZA CIVIL -INDECI vs COMERCIAL FERREGUILLE EIRL |
Tipo de proceso | AD HOC |
Materia | Materias Controvertidas;Indemnización por daños y perjuicios;Pago;Penalidades;Resolución del contrato |
Es
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Res
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I
VEINTE
Lima
seis
de
Febrero
del
dos
mil
cuatro
Resulta
de
Autos
en
el
proceso
arbitral
seguido
por
el
demandante
INSTITUTO
NACIONAL
DE
DEFENSA
CIVIL
INDECI
con
COMERCIAL
FERREGUILLE
E
I
R
L
en
calidad
de
demandado
el
doctor
Juan
Alberto
Quintana
SÆnchez
Arbitro
nico
designado
e
instituido
como
tal
mediante
Acta
de
fecha
23 de
Septiembre
del
2003
emite
el
siguiente
LAUDO
9
9IST
S
11
Mediante
carta
notarial
de
fecha
05 de
Agosto
del
2003
el
demandante
plantea
al
demandado
recurrir
a
la
va
arbitral
con
la
finalidad
de
resolver
las
controversias
suscitadas
entre
ambas
partes
12
Con
fecha
23
de
Septiembre
del
2003
se
procedi
a
la instalacin
del
Arbitro
nico
y
se
procedi
a
aprobar
las
reglas
del
proceso
las
mismas
que
fueron
detalladas
en
el
Acta
de Instalacin
respectiva
13
Mediante
escrito
presentado
el
05 de
Noviembre
del
2003
el
demandante
interpuso
demanda
a
fin
de
que
se
resuelva
en
forma
definitiva
la
controversia
surgida
con
el
demandado
en
relacinala
ejecucin
del
Contrato
de
Compra
Venta
suscrito
entre
ambas
partes
con
fecha
OC
de
Noviembre
del
2002
en
el
marco
de
la
Licitacin
Pœblica
Nacional
N
00042002
INDECIlDNU12
0
para
la
adquisicin
de
camas
plegables
planteando
las
siguientes
pretensiones
131
Se
determine
el
incumplimiento
contractual
de
la
empresa
COMERCIAL
FERREGUILLE
E
I
R
L
por
la
demora
en
el
plazo
de
entrega
y
por
la
inobservancia
de
las
especificaciones
tØcnicas
de
la
licitacin
132
Se
determine
si
existe
la
obligacin
de
cancelar
suma
alguna
a
la
empresa
COMERCIAL FERREGUILLE
E
I
R
L
y
de
ser
as
el
monto
a
pagar
por
la
totalidad
de
camas
internadas
sobre
la
base
de
un
peritaje
a
realizarse
tomando
en
consideracin
que
las
camas
entregadas
no
reunan
las
especificaciones
tØcnicas solicitadas
por
INDECI
y
que
fueron
internadas
vencido
el
plazo
contractual
para
la
entrega
V3
133
Solicita
que
de
ser
procedente
la
cancelacin
de
suma
alguna
a
la
empresa
COMERCIAL
FERREGUILLE
E
I
R
L
se
aplique
la
penalidad
por
mora en
la
ejecucin
de
la
prestacin
ascendente
al
5
del
monto
contractual
segœn
lo
dispuesto
por
el
Art
142
del
Reglamento
de
la
Ley
de
Contrataciones
y
Adquisiciones
del
Estado
2
134
Se
proceda
a
la
Ejecucin
del
Certificado
de
Caucin
N
6806382
03
el
cual
tena
como
fecha
mÆxima
de
vigencia
el
12
de
Diciembre
del
2003
y
garantizaba
el
fiel
cumplimiento
de
las
obligaciones
contractuales
de
conformidad
con
el
Art
124
del
Reglamento
de
Contrataciones
y
Adquisiciones
del
Estado
135
Se
determine
el
monto
correspondiente
a
la
indemnizacin
por
los
daæos
y
perjuicios
extrapatrimoniales generados
por
COMERCIAL
FERREGUILLE
E
I
R
L
considerando
que
la
resolucin
del
contrato
celebrado
se
ha
debido
a causas
imputables
causados
por
la
referida
empresa
136
Si
resulta
procedente
remitir
informe
tØcnico
legal
y
el
expediente
completo
al
Tribunal
de
CONSUCODE
para
el
inicio
y
la
prosecucin
del
procedimiento
administrativo sancionador
de
conformidad
con
lo
dispuesto
por
el
Art
205
del
Reglamento
de
Contrataciones
y
Adquisiciones
del
Estado
137
Los
fundamentos
de
hecho
que
sustentan
el
petitorio
del
demandante
se
resumen
en
lo
siguiente
141
Mediante
Resolucin
Sub
Jefatura
N
031
2002
INDECI
se
aprobaron
las
Bases
Administrativas
del
proceso
de
seleccin
denominado
Licitacin
Pœblica Nacional
N
00042002
INDECI
DNU12
0
para
la
adquisicin
de
artculos
metÆlicos
ti
142
Mediante
Oficio
N
6377
02
INDECI
DNU12
0
se
comunic
a
la
empresa
COMERCIAL FERREGUILLE
E
I
R
L
la
Buena
Pro
del
tem
01
de
la
indicada
licitacin
por
haber
obtenido
el
mejor
puntaje
segœn
el
Cuadro
de
Evaluacin
de
Propuestas
3
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