Laudo del Tribunal de Arbitraje (Gobierno regional de cusco - proyecto especial plan meriss inka), 20-04-2022

Sentido del falloNo hay condenas para las partes lauda arbitro unico el link del laudo arbitral es http://zonasegura.Seace.Gob.Pe/documentos/mon/docs/contratos/laudos/2022/010447/200420222229502.Pdf fecha de demanda
Fecha20 Abril 2022
Tipo de procesoINSTITUCIONAL
Ruc20140266575
MateriaMaterias Controvertidas;Ampliación del plazo contractual;Indemnización por daños y perjuicios;Pago;Resolución del contrato;OTROS,PAGO DE COSTAS Y COSTOS
ContratistaCONSTRUCCIONES ELECTROMECÁNICAS INGENIEROS E.I.R.L
PartesGOBIERNO REGIONAL DE CUSCO - PROYECTO ESPECIAL PLAN MERISS INKA vs CONSTRUCCIONES ELECTROMECÁNICAS INGENIEROS E.I.R.L
CASO ARBITRAL N° 06-2021-PA-CA-CCC
CONSTRUCCIONES ELECTROMECÁNICAS
E.I.R.L. GOBIERNO REGIONAL DEL
CUSCO (PLAN MERISS
Arbitraje seguido entre
CONSTRUCCIONES ELECTROMECÁNICAS INGENIEROS E.I.R.L
(Demandante)
GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO (PLAN MERISS)
(Demandada)
EXPEDIENTE ARBITRAL Nº 06-2021-PA-CA-CCC
LAUDO
TRIBUNAL ARBITRAL UNIPERSONAL
RICHARD JAVIER ESQUIVEL LAS HERAS
CENTRO DE ARBITRAJE DE LA CÁMARA DE COMERCIO DE CUSCO
CASO ARBITRAL N° 06-2021-PA-CA-CCC
CONSTRUCCIONES ELECTROMECÁNICAS
E.I.R.L. GOBIERNO REGIONAL DEL
CUSCO (PLAN MERISS
ÍNDICE
I. CONVENIO ARBITRAL: ........................................................................... 1
II. INSTALACIÓN Y COMPOSICIÓN DEL TRIBUNAL ARBITRAL UNIPERSONAL: . 1
III. DEMANDA: ............................................................................................ 2
IV. CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA: ........................................................ 16
V. DETERMINACIÓN DE PUNTOS CONTROVERTIDOS: ................................. 23
VI. MEDIOS PROBATORIOS AUDIENCIA DE ILUSTRACIÓN DE HECHOS:...... 25
VII. PLAZO PARA LAUDAR: .......................................................................... 27
VIII. CUESTIONES PRELIMINARES: ............................................................... 28
IX. CONSIDERANDOS: ............................................................................... 28
9.1 PRIMER PUNTO CONTROVERTIDO: ....................................................... 30
9.2 SEGUNDO PUNTO CONTROVERTIDO: .................................................... 40
9.3 TERCER PUNTO CONTROVERTIDO: ....................................................... 57
9.4 CUARTO PUNTO CONTROVERTIDO: ....................................................... 81
9.5 QUINTO PUNTO CONTROVERTIDO: ....................................................... 86
9.6 SEXTO PUNTO CONTROVERTIDO: ......................................................... 87
9.7 SÉPTIMO PUNTO CONTROVERTIDO: ...................................................... 91
9.8 OCTAVO PUNTO CONTROVERTIDO: ....................................................... 95
X. LAUDA: ............................................................................................... 97
CASO ARBITRAL N° 06-2021-PA-CA-CCC
CONSTRUCCIONES ELECTROMECÁNICAS
E.I.R.L. GOBIERNO REGIONAL DEL
CUSCO (PLAN MERISS
1
RESOLUCIÓN Nº 19: En Cusco, a los veinte días del mes de abril del año dos mil
veintidós, el Tribunal Arbitral Unipersonal, dicta el laudo siguiente:
I. CONVENIO ARBITRAL:
En la Cláusula Décimo Séptima: “SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS” del
Contrato Nº 77-2020-GR-CUSCO-PERPM-DE, suscrito entre el Proyecto
Especial Regional Plan MERISS (en adelante la ENTIDAD) y la empresa
CONSTRUCCIONES ELECTROMECÁNICAS INGENIEROS EMPRESA
INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (en adelante la
CONTRATISTA), para la contratación e instalación de acueducto metálico
de 60 m de luz para el pase de tubería de acuerdo a las especificaciones
técnicas para la meta 04 “Irrigación áreas margen derecha del río Vilcanota
- instalación del sistema de riego - margen derecha e izquierda del río
Vilcanota entre Yaucat y Paucarbamba -distritos de Cusipata Quiquijana
Urcos”, se estableció:
Las controversias que surjan entre las partes durante la ejecución del
contrato se resuelven mediante conciliación o arbitraje, según el acuerdo de
las partes.
Cualquiera de las partes tiene derecho a iniciar el arbitraje a fin de resolver
dichas controversias dentro del plazo de caducidad previsto en la Ley de
Contrataciones del Estado y su Reglamento.
Facultativamente, cualquiera de las partes tiene el derecho a solicitar una
conciliación dentro del plazo de caducidad correspondiente, según lo
señalado en el artículo 224 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del
Estado, sin perjuicio de recurrir el arbitraje, en caso no se llegue a un acuerdo
entre ambas partes o se llegue a un acuerdo parcial. Las controversias sobre
nulidad del contrato solo pueden ser sometidas a arbitraje.
El laudo arbitral emitido es inapelable, definitivo y obligatorio para las partes
desde el momento de su notificación, según lo previsto en el numeral 45.21
del artículo 45 de la Ley de Contrataciones del Estado.
II. INSTALACIÓN Y COMPOSICIÓN DEL TRIBUNAL ARBITRAL
UNIPERSONAL:
Mediante Resolución N° 003 se aprobó las reglas del proceso arbitral y con
ésta la instalación del Tribunal Arbitral Unipersonal.

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