Laudo del Tribunal de Arbitraje (Gobierno regional de amazonas sede central), 31-10-2013

Sentido del falloFalta firma de uno de los arbitros (presidente).
Ruc20176209080
PartesGOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS Sede Central vs EDICAS S.A.C. CONTRATISTAS GENERALES
Fecha31 Octubre 2013
Tipo de procesoAD HOC
MateriaMaterias Controvertidas;Ampliación del plazo contractual;Devolución de garantías;Indemnización por daños y perjuicios;Liquidación;Pago;Resolución del contrato;OTROS,NULIDAD DE CARTAS NOTARIALES Y RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS Y COSTOS DEL ARBITRAJE
Gohierno Regional de Amazonas
Edicas S.A.e Cuntraristas Generales
LAUDO ARBITRAL DE DERECHO DICTADO POR EL TRIBUNAL ARBITRAL
INTEGRADO POR EL DR. ALFREDO ZAPATA VELASCO, DR. HORACIO
CAN EPA TORRE y DR. IVAN GALlNDO TIPACTI EN EL ARBITRAJE SEGUIDO
POR EDICAS S.A.C.
y
GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS.
RESOLUCiÓN W 32.
VISTOS
1.
LUGAR Y FECHA DE EXPEDICiÓN
El presente Laudo Arbitral se expide en la ciudad de Lima, a los treinta y un
días del mes de Octubre del año dos mil trece.
11.
LAS PARTES
Demandante: GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS
Demandado EDICAS SACo CONTRATISTAS GENERALES
111.
DEL TRIBUNAL ARBITRAL
Dr. Alfredo Zapata Velasco, Presidente
Dr. Horacio Canepa Torre, Árbitro
Dr. Ivan Galindo Tipacti, Árbitro
IV. ANTECEDENTES DE LA CONTROVERSIA
1
~
..
\
Con fecha 17 de marzo del 2010, GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS
(en adelante. el GRA o la Entidad) y EDICAS SACo CONTRATISTAS
GENERALES (en adelante, EDICAS o el Contratista) suscribieron el .Contrato
de Gerencia General Regional 231.2010.GR" de ejecución de la obra:
"Pavimentación del Tramo Jr. Piura C4 y CS - Jr. Sacha puyos C1
y
C2 - J.
Higos Urca C2 - Hasta la Ciudad Universitaria Toribio Rodríguez de Mendoza
y Rehabilitación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado, provincia de
Chachapoyas - Amazonas" (en adelante el Contrato).
norma aplicable al Contrato es la Ley de Contrataciones del Estado
ado por Decreto Legislativo 1017 Y su Reglamento aprobado por
Gobierno Regional de Amazonas
Edieas SA.C. Contratistas Generales
Decreto Supremo 184-2008-EF Y sus modificatorias, en adelante la LCE y
el Reglamento, respectivamente.
El monto del contrato es de 5/. 8'797,720.50 (OCHO MILLONES
SETECIENTOS NOVENTA
Y
SIETE MIL SETECIENTOS VEINTE CON
50/100 NUEVOS SOLES) Y el Plazo de Ejecución de la obra es de trescientos
(300) dias calendarios.
V. TRAMITACiÓN DEL PROCESO ARBITRAL
EXISTENCIA DE UN CONVENIO ARBITRAL
En la Cláusula DÉCIMO SEXTA:CLAUSULA ARBITRAL' del Contrato, se
estipuló que las partes acuerdan que cualquier controversia que surja
desde la celebración del contrato, se resolve mediante los
procedimientos de conciliación
ylo
arbitraje de derecho, de acuerdo al
procedimiento establecido en el Capitulo IV del Reglamento de la Ley. con
excepción de aquellas referidas en el Articulo 23° de la Ley Orgánica del
Sistema Nacional de Control y de la Contralaria General de la república.
Ley 27785 y demás que por su naturaleza sean excluidas por ley.
DESIGNACiÓN DEL ARBITRO E INSTALACiÓN DEL TRIBUNAL
ARBITRAL
J
Al haberse suscitado la controversia entre las partes, el GRA designó como
árbitro al Dr. HORACIO CAN EPA TORRE, EDICAS por su parte designó
como árbitro al Dr. IVAN GALlNDO TIPACTI, y ambos árbitros acordaron
designar como tercer árbitro
y
Presidente del Tribunal Arbitral al Or.
ALFREDO ZAPATA VELAZCO.
2
~
..
1
CLAUSULA DECIMO SEXTA: CLAUSULA ARBITRAL
16.1 Las partes acuerdan que cualquier controversia que
su~a
desde la celebración del contrato, se resolve
mediante los procedimientos de conciliación y/o arbitraje de derecho, de acuerdo al procedimiento establecido
n el Capitulo IV del Reglamento de la Ley, con excepción de aquellas referidas en el Articulo 23° de la Ley
¿mica del Sistema Nacional de Control
y
de la Contrataría General de la Repubjica, Ley 27785 y demás
r su naturaleza sean excluidas por Ley.
......
-----.
-.
----
-----~.
-
----..
--..-
..
_
....
Gobierno Regional de Amazonas
Edicas S.A.C. Contrafistas Generales
Con fecha
09
de enero del
2012
2
se realizó la audiencia de instalación del
Tribunal Arbitral, fijándose las reglas del proceso en el Acta respectiva.
El Tribunal declara haber sido debidamente designado de conformidad con
la ley
y
el convenio arbitral celebrado entre las partes, sin tener
incompatibilidad ni compromiso con las mismas y obligándose a
desempeñar con imparcialidad
y
probidad su labor.
RESOLUCIONES EXPEDIDAS EN EL PROCESO ARBITRAL
Con Resolución N'01 de fecha 18 de enero de 2012, se corrigen errores
materiales del acta de instalación de fecha
09
de enero de
2012;
Con Resolución N'02 de fecha 18 de enero de 2012, se traslada al GRA la
solicitud de acumulación de pretensiones formulada por EDICAS;
Con Resolución N'03 de fecha 06 de febrero de 2012, se requiere a las
partes el pago de los honorarios arbitrales;
Con Resolución N'04 de fecha 07 de febrero de 2012, se corrigen errores
materiales del acta de instalación de fecha 09 de enero de 2012
y
se otorga
a la Entidad el plazo de quince (15) dias hábiles a fin que presente su
escrito de demanda;
Con Resolución N'05 de fecha 22 de febrero de 2012, se tiene por
desistido el pedido de desinstalación formulado por el GRA Asimismo, se
pone en conocimiento de ED1CAS el pedido de suspensión transitoria del
proceso; Con Resolución N'06 de fecha 20 de marzo de 2012, se
suspende las actuaciones del Tribunal por quince (15) dias hábiles,
contados a partir del 22 de febrero de
2012.
Asimismo, atendiendo al
vencimiento del plazo de suspensión, se reactiva las actuaciones del
tribunal
y
se admite la demanda formulada por el GRA con traslado a
/) EDICAS por quince (15) dias hábiles;
U-
Con Resolución N'07 de fecha 20 de marzo de 2012, se requiera a la
Entidad, el cumplimiento del honorario arbitral fijado a favor del doctor Iván
Galindo Tipacti;
ha consignada en el Acta de la de la Audiencia de Instalación fue corregida con Resolución 01 de
e rode2012.
3

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