Laudo del Tribunal de Arbitraje (Gobierno regional de loreto), 07-01-2008

Sentido del falloEn el laudo no se indico el nombre del secretario arbitral y el nº de contrato.
Ruc20493196902
PartesGOBIERNO REGIONAL DE LORETO vs SERVICIOS MANTENIMIENTO Y VENTAS SRL
Fecha07 Enero 2008
Tipo de procesoAD HOC
MateriaMaterias Controvertidas;Indemnización por daños y perjuicios;Liquidación;Pago;OTROS
f
t
LAUDO
ARBITRAL
DE
DERECHO
SERVICIOS MANTENIMIENTO
Y
i
VENTAS
SR
L
CON
GOBIERNO
REGIONAL
DE
LORETO
TRIBUNAL
ARBITRAL
INTEGRADPOR
DR
RAMIRO
RIVERA
REYES
PRESIDENTE
ING
MARIO
SILVA LOPEZ
ARBITRO
ING
FEDERICO
M
ROLDAN
ARROGAS
ARBITRO
LIIIIIA
200
8
R
oCESOA
l
nR
SEA
Gobierno
jegionaC
e
Loreto
LAUDO
ARBITRAL
DE
DERECHO
DICTADO
EN
EL
ARBITRAJE
SEGUIDO
POR
SERVICIOS
MANTENIMIENTO
Y
VENTAS
SR
L
CON
EL
GOBIERNO
REGIONAL
DE
LORETO
ANTE
EL
TRIBUNAL
ARBITRAL
INTEGRADO
POR
EL
DR
RAMIRO RIVERA
REYES
ING
MARIO
SILVA
LOPEZ
E
ING
FEDERICO
M`XIMO ROLD`N
ARROGAS
RESOLUCION
N
19
Lima
07 de
enero
del
2008
VISTOS
1
EXISTENCIA
DE
UN CONVENIO
ARBITRAL
Con
fecha
31
de
diciembre
del
2003
SERVICIOS
MANTENIMIENTO
Y
VENTAS
SR
L
y
el
GOBIERNO
REGIONAL
DE
LORETO
suscribieron
el
Contrato
de
ejecucin
de
la
obra
Electrificacin
Comunidad
Nativa
de
Canaan
de
Cachiyacu
con
Interconexin
al
Sistema
ElØctrico
de
Contamana
materia
de
la
Adjudicacin
Directa
Selectiva
N
024
2003
GRUGRI
COM
ESP
En
la
clÆusula DØcimo
Primera
del
Contrato
se
estipul
que
cualquier
controversia
que
surja
desde
la
celebracin
del
contrato
serÆ
resuelta
mediante
conciliacin
extrajudicial
y
o
arbitraje
conforme
a
las
disposiciones
de
la
Ley
de
Contrataciones
y
Adquisiciones
del
Estado
y
su
Reglamento
2
DESIGNACION
DE
`RBITROS
E
INSTALACIN
DEL
TRIBUNAL
ARBITRAL
AI
haberse suscitado
una
controversia
entre
las
partes
SERVICIOS
MANTENIMIENTO
Y
VENTAS
SR
L
design
como
Ærbitro
al
Ing
Mario
M
Silva
Lpez
y
el
GOBIERNO
REGIONAL
DE
LORETO
design
como
Ærbitro
al
1
R
oC
so
r
G
Gobierno
jegionaC
e
Loreto
Ing
Federico
M
RoldÆn
Arrogas
acordando
ambos
designar
como
Tercer
miembro
y
Presidente
del
Tribunal Arbitral
al
Dr
Ramiro
Rivera
Reyes
Con
fecha
01
de
diciembre
del
2006
se
instal
el
Tribunal
Arbitral
En
dicha
oportunidad
sus
miembros declararon
no
tener
ningœn
tipo
de
incompatibilidad
con
las
partes
y
que
se
desenvolverÆ
con
imparcialidad
independencia
y
probidad
3
NORMATIVIDAD
APLICABLE
AL
ARBITRAJE
En el
numeral
4
del
Acta
de
Instalacin
del
Tribunal
Arbitral
se
estableci
que
el
Arbitraje
se
regirÆ
de
acuerdo
a
las
reglas
establecidas
en
el
Acta
de
Instalacin
a
lo
dispuesto
por
el
T
U
O
de
la
Ley
de Contrataciones
y
Adquisiciones
del
Estado
aprobado
por
Decreto
Supremo
N
012
2001
PCM
en
adelante
simplemente
Ley
y
su
Reglamento aprobado
por
Decreto
Supremo
013
2001
PCM
en
adelante
simplemente
Reglamento
y
la
Ley
General
de
Arbitraje
aprobada
mediante
Ley
N
26572
en
adelante
LGA
y
en
caso
de
deficiencia
o
vaco
existente
en
las
disposiciones
legales
precedentes
el
Tribunal Arbitral
quedaba
facultado
para
suplirla
a
su
discrecin
y
del
modo
que
considere
apropiado
4
PRETENSIONES
Y
POSICIONES
DE
LAS
PARTES
EN
SUS
RESPECTIVOS ESCRITOS
DE
DEMANDA
y
CONTESTACIN
DE
DEMANDA
41
Pretensiones
formuladas
por
SERVICIOS
MANTENIMIENTO
Y
VENTAS
S
R
L
en su
escrito
de
demanda
y
los
argumentos
que
las
sustentan
Con
fecha
10
de
enero
del
2007
SERVICIOS
MANTANIMIENTO
Y
VENTAS
SR
L
en
adelante
La
Contratista
present
su
demanda
contra
2

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