Laudo del Tribunal de Arbitraje (Gobierno regional de cajamarca), 02-08-2010

Sentido del falloPretensiones cuantificables de la demanda fueron declaradas infundadas.
Ruc20453744168
PartesGOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA vs CONSORCIO CORPORACION CONSTRUCTORA
Fecha02 Agosto 2010
Tipo de procesoINSTITUCIONAL
MateriaMaterias Controvertidas;Indemnización por daños y perjuicios;Mayores gastos generales;Nulidad, invalidez, inexistencia y/o ineficacia del contrato;OTROS,DETERMINAR SI CORRESPONDE RATIFICAR LA SOBREVALUACION CORRESPONDIENTE AL 54% DEL CONTRATO QUE SE SUSCRIBIO; SI CORRESPONDE QUE SE ORDENE LA INCORPORACION DE LOS COSTOS UNITARIOS A PRECIO DE MERCADO AL CONTRATO; SI CORRESPONDE ORDENAR LA RATIFICACION DE LA VALORIZACION DE OBRA Nº 01 Y 02
EXPEDIENTE
PROCESO
ARBITRAL
N
005
2009
CA
CCPC
DEMANDANTE
GOBIERNO
REGIONAL
DE
CAJAMARCA
DEMANDADO
CONSORCIO
CORPORACION
CONSTRUCTORA
MATERIA
NULIDAD
DE
OFICIO
DE
CONTRATO
DE
EJECUCIN
DE
OBRA
N
007
Z00
3
GR
CAJ
GRR
ARBITRO
UNICO
ABOG
ELSA
VIOLETA
ROJAS
ARANA
LAUDO
ARBITRAL
DE
DERECHO
Cajamarca
02
dc
Ayosto
cJel
2010
I
NOMBRE
DE
LAS
PARTES
DEMANDANTE
GOBIERNO
REGIONAL
DE
CAJAMARCA
DEMANDADO
CONSORCIO
CORPORACION
CONSTRUCTORA
II
SEDE
DEL
TRIBUNAL
OFICINAS
DE
LA
CAMARA
DE
COMERCIO
Y
PRODUCCIN
DE
CAJAMARCA
III
`RBITRO
NICO
AUay
ELSA
VIOLETA
ROJAS
ARANA
IV
ANTECEDENTES
a
Convenio
Arbitral
El
Numeral
14
1
cJe
la
CL`USULA
DECIMO CUARTA
DEL
CONTRATO
DE
EJECUCIN
DE
OBRA
N
007200
3
GR
CAJ
GGR
LP
N
006
2006
GRCAJ
establece
que
Todos
los
conflictos
que
se
deriven
de
la
ejecucin
e
interpretacin
del
presentr
contrato
incluidos
los
yue
se
refieran
a
su
nulicJad
o
validez
sean
resueltos
de
manera
definitiva
e
inapelable
rnedianle
arbitraje
institucional
de conformidad
con
lo
3
establecido
en
la
normatividad
de
contrataciones
y
adquisic
u
nes
del
Es
acJo
Art 274
del
Reglarnenlo
llevado
a
cabo
en
una
Institucin Arbitral
de
la
ciudad
de
Cajamarca
Que
con
fecha
05 de
Mayo
del
aæo
2009
el
Procurador
Pœblico
de
la
Regin
Cajamarca
formula
peticin
de
Arbitraje
para
la
solucin
de
Controversias
derivada
del
Contrato
cJe
Ejecucin
de
Obra
N
007
200II
GR
CAJ
GGR
LP
N
00G
200II
GRCAJ
en
rnØrilo
a
la
Resolucin
Ejecutiva
Regional
N
190
2009
GR
CAJ
P
Con
Resolucin
N
Uno
el
Concejo
Consultivo
en
mØrito
a
sus
facultades
Declara
PROCEDENTE
la
Solicitud
de
Arbitraje
presentada
por
el
GOBIERNO
REGIONAL
DE
CAJAMARCAi
CONTRA
EL
CONSORCIO
CORPORACIN
CONSTRUCTORA
Con
fecha
ZG
de
Junio
del
2009
el
Representante
Legal
del
Consorcio
Deduce
la
Nulidad
de
la
Rc
solucicn
N
Ol
cJe
fecha
19
dc
Junio
cJel
2009
siendo
Declarado
Improcc
dentc
su
pedido
mediante
Resolucin
N
Dos
prosiguiØndose
con
la
tramitacin
del Proceso
Arbilral
b
Instalacin
del
`rbitro
Unico
Con
fecha
OG
de
Agosto
del
aæo
2009
en
la
SecJe
Instituc
uinal
dc
l
Centro
cJc
Arbitraje
dct
la
CÆmara
de
Comercio
y
Produccin
de
Cajamarca
el
Arbitro
Unipersonal
Doctora
ELSA
VIOLETA
ROJAS
ARANA
procede
a
la
instalacicin
prcxisando
que
ha
sido
debidamente
designado
de
acuerdo
Ley
al
haber
comunicado
dentro
del
plagio
otorgado
su
aceptacin
a
la
designacicin
F
aa
V
DE
LA
DEMANDA
El
GOBIERNO
REGIONAL
DE
CAJAMARCA
plantea
las
siyuic
ntcs
prctc
nsiones
principales
PRIMERA
Que
el
Tribunal
ratifique
la
sobrevaluacin
de
S
719421
19
setecientos
diecinueve
rnil
cuatrocientos
veintiœn
con
19
100
nuevos
soles
que
representa
el
5404
cJc
l
contrato
suscrito
segœn
el
prc
supue
sto
y
anÆlisis
cJe
costos
unitarios
a
costos
cJe
mercado
rc
formulacJos
por
la
Sub
Gcrc
ncia
dc
Supc
rvisicin
y
Liquidacicin
cJe
Obras
de
la
Entidad
SEGUNDA
Que
el
Tribunal
orcJ
ene
la
incorporacin
de
los
costos
unitarios
a
precios
dc
mercado
al
conlralo
suscrito
con
CONSORCIO
CORPORACION
CONSTRUCTORA
segœn
los
anÆlisis
realizados
por la
entidad
TERCERA
Quc
cal
Tribunal
ordc
nc
la
rectificacin
cJe
la
Valorizacin
dct
Obra
N
OI
y
N
02
sc
yœn
los
costos
unitarios
a
precios
cJe
mc
rcacJo
reformulacJos
por
la
Sub
Gerenc
ra
de
Supervisicin y
Liquidacicin
cJe
Obras
de
la
Entidad
4
s
CUARTA
Que
el
Tribunal
declare
y
ratifique
la
valides
y
o
eficacia
de
la
Resolucin
Ejecutiva
Regional
N
41
I
2009
GR
CAJ
P
del
260809
misma
que
cJetc
rmino
la
nulidad
dc
oficio
dc
l
contrato
suscrito
c
on
el
Consorcio
Corporacin
Construcaora
teniendo
en
Considctracicn
el
inter
s
pœblico
y
yuca
la
c
xccrsiva
onc
rosidad
ocasiona
perjuicio
econmico
aI
Gobierno
Regional
de
Cajamarca
QUINTA
Que
el
Tribunal
ordene
la
liquidacin
del
conlralo
de
Ejecucin
de
obra
suscrito
con
Consorcio
Corporacin
Constructora
segœn
los
metrados
acumulados
de
la
œltima
valoriiacin
aprobada
corno
es
la
valoriiacin de
Obra
N
2
y
en
funcinalos
costos
unitarios
a
precios
cJe
mercado
rc
formulados
por
la
SuU
Gerrncia
dct
Supervisin
y
Liquidacicin
dei
Obras
de
la
Entidad
SEXTA
Se
solicita
al
Tribunal
que
de
manera
preliminar
se
incorpore
al
proceso
Arbilral
la
Mexlida
Cautelar
mediante
la
cual
se
paraliz
la
ejecucin
cJc
Obra
y
sr
ratifique
la
dcxisicin
sin
reconocimiento
alguno
por
daæos
y
perjuicios
consistente
en
el
Expediente
Judicial
N
2009
592
21
sey
uido
ante
e
l
Tercer
Juzgado
Espcxializado
Civil
dei
Cajamar
a
Secretaria
Susy
Hurnire
Cuayla
sobre
Medida
Caulelar
Fuera
de
Proceso
iniciado
por
el
Gobierno
Regional
de
Cajararca
contra
ef
Consorcio
Corporacin
constructora
Con
facha
21
cJe
Seticmbre
del
2009
el
GOBIERNO
REGIONAL
amplia
cl
Petitorio
cJc
su
Demanda
solicitando
yue
adicionalmetnte
se
requiera
al
CONSORCIO
CORPORACIN
CONSTRUCTORA
que
SETIMA
Sc
cxde
ne
al
CONSORCIO
que
devuelva
al
Gobierno
Regional
dcr
Cajamarca
la
suma
de
S
289
158
19
˝doscienlos
ochenta
y
nueve
rnil
cientos
cincuenta
y
ocho
con
19
100
nuevos
soles
por
concepto
cJe
mayor
payo
por
valorizacioncts
sobrevaluadas
Que
se
fundamenta
sus
pretensiones
precisando
que
a
DE
LA
SOBREVALORIZACIN
DEL
EXPEDIENTE
TCNICO
Que
segœn
los
anteco
Uc
n
cs
que
describe
en
su
demanda
se
advc
rtiria
cJe
la
existencia
dei
errorcts
cn
el
presupuesto
de
Obra
del
Expediente
TØcnico
originado
por deficiencias
en
los
aportes
de
los
Costos
Unitarios
detallando
los
mis
relevantes
DEL
AVANCE
F˝SICO
DEL
CONTRATO
Que
segœn
Valorizacin
N
02
corr
spondic
nte
a
Diciembre
dc
l
2008
œltima
valorizacin
remitida
a
la
EntidacJ
sc
habra determinado
yuet
el
avance
fsico
valorizacin
acumulada
incluido
IGV
asciende
a
la
surna S
337806
7
˝Trescientos
Treinta
y
Siete
Mil
Ochocientos
Sois
Mil
con
75
100
nuevos
soles
cal
mismo
yue
n
representa
el
2537
del
contrato
suscrito
dejando
constancia
de
las
partidas
ejecutadas
z
hasta
dicha
facha
de
acuc
rdo
al
sicauic
ntc
detalle
PARTIDA
COSTO
DIRECTO
VANCE
F˝SICO
FÆ
No
s
S
0300
Roce
y
lirnpieia
136680
00
t
00
0501
Sobra
excavacin
en
cune
ias
56593
10
70
0601
Limpieia
de
cunetas
61
1920
I00
Refieran
que
en
relacicin
al
Adicional de
Obra
N
Ol
inste
no
ha
reyistracJo
avance
fsico
alguno
es
decir
que
a
la
fecha
presenta
un
saldo
del
100
indicando
que
la
obra
se
encuentra
paraliiada
DEL
AVANCE
FINANCIERO
DEL
CONTRATO
Es
e
asc
endc
ria
a
41
cJel
contrato
suscrito
habiØndose efectuado
los
pagos
que
indican
de
acuerdo
al
siguiente
detalle

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