Laudo del Tribunal de Arbitraje (Gobierno regional del callao), 04-06-2010
Sentido del fallo | Dos pretensiones cuantificables de la demanda declaradas infundadas. |
Ruc | 20505703554 |
Partes | GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO vs EIVI SAC |
Fecha | 04 Junio 2010 |
Tipo de proceso | AD HOC |
Materia | Materias Controvertidas;Enriquecimiento sin causa;Indemnización por daños y perjuicios;Pago |
LAUDO
ARBITRAL
DE
DERECHO
DEL
PROCESO
LLEVADO
ENTRE
EIVI
w
iiDAD
ANNIMA
CERRADA
Y
EL
GOBIERNO
REGIONAL
DEL
CALLAO
CONTRATO
N
ozo
zoo8
GOBIERNO
REGIONAL
DEL
CALLAO
COMIS16N
APEC
zoo8
OBRA
CONSTRUCCIN
DE
SALA
DE
CONVENCIONES
Y
REUNIONES
EN
LA
FORTALEZA
REAL
FELIPE
DEMANDANTE
ENI
SA
C
indistintamente
EIVISAC
el
Contratista
o
el
Demandante
DEMANDADO
GOBIERNO
REGIONAL
DEL
CALLAO indistintamente
la
Entidad
la
Demandada
o
GOBIERNO
REGINAL
DEL
CALLAO
TIPO
DE
ARBITRAJE
NACIO
fAL
Y
DE
DERECHO
`RBITRO
NICO
Dr
Daniel
Linares
Prado
indistintamente
`rbitro
nico
0
Tribunal
SECRETARIA
ARBITRAL
Mnica
Lizarzaburu
Klepatzky
Resolucin
N4
i
Lima
04 de
junio
de
zoco
I
ANTECEDENTES
l
i
i
Mediante
Resolucin
Ministerial
N
356
zoo8
RE
de
fecha
i
de
mayo
de
zoo8
se
declar
a
la
Provincia
Constitucional
del
Callao
sede
para
las
reuniones
del
Foro
Econmico
Asia
Pacfico
En
adelante
APEC
que
se
llevara
a
cabo
en
el
pas
en
el
mes
de
noviembre
de
zoo8
PÆgina
1
i
z
A
travØs
de
la
Resolucin
de
Gerencia
General
Regional
N
35o
zoo8
GRC
de
fecha
i
de
junio
de
zoo8
el
Gobierno
Regional
del
Callao
crea
la
Comisin
APEC
zoo8
a
fin
de
brindar
apoyo
y
colaboracin
en
la
organizacin
de
los
eventos
descentralizados
que
se
llevaran
a
cabo
en
la
Provincia
Constitucional
del
Callao
i
3
As
mediante
Acuerdo
N
oz
zoo8
GRC
COMISION
APEC
zoo8
celebrada
el
z
de
junio
de
zoo8
se
aprob
el
Expediente
TØcnico
Definitivo
para
la
ejecucin
de
la
Obra
Construccin
de
Salas
de
Convenciones
y
Reuniones
en
la
Fortaleza
Real
Felipe
i
4
Con
fecha
4
de
julio
de
zoo8
se
otorg
la
buena
pro al
Contratista
del
proceso
de
Seleccin
N
oo4
zoo8
GRC
suscribiØndose
en
la
misma
fecha
el
Contrato
de
Ejecucin
de
Obra
de
Construccin
de
Salas
de
Convenciones
y
Reuniones
en
la
Fortaleza
Real
Felipe
en
adelante
el
Contrato
o
Contrato
de
Obra por
un
monto
de
S
ii
go
oz
83
Once
millones
novecientos
siete
mil
setecientos
dos
con
83
ioo
nuevos
soles
Dicho
contrato
tena
un
plazo
de
izo
dias
calendarios
i
5
Mediante
Carta
de
fecha
de
julio
de
zoo8
se
extendi
el
Acta
de
entrega
del
Terreno
habiØndose
entregado
con
fecha
i
de
julio
de
zoo8
los
planos
que
formaban
parte
del
Expediente
TØcnico de
la
Obra
i
6
Asimismo
a
lo
largo
del
proceso
se
suscribieron
asientos
de
obra
que
contenan
las
observaciones
al
Expediente
TØcnico
pidiendo
la observancia
de
estos
por
parte
de
la
Entidad
sin
constar
contestacin
o
tramitacin
alguna
de
los
pedidos
realizados
por el
Contratista
i
Con
fecha
4
de
marzo
de
zoo9
se
expide
el
Acuerdo
N
oio
zooq
COMISION
APEC
zoo8GRC
que
aprueba
la
liquidacin
del
Contrato
ejecutada
por el
Contratista
con
un
saldo
a
favor
de
S
99644o
4z
Novecientos
noventa y
seis
mil
cuatrocientos
cuarenta
con
4z
ioo
nuevos
soles
i
8
El
Contratista
mediante
carta
de
fecha
i8
de
marzo
de
zooq
manifiesta
su
conformidad
en
parte
por la
aprobacin
detallada
en
el
numeral
anterior
sin
PÆgina
2
I
embargo
no
esta
de
acuerdo
con
el
monto
seæalado
pendiente
de
pago
considerando
que
el
real
monto
asciende
a
S
3
59z
154
57
Tres
millones
quinientos
noventa
y
dos
mil
ciento
cincuenta
y
cuatro
con
57
ioo
nuevos
soles
i
q
En
base
a
esta
discrepancia
es
que
mediante
Carta
de
fecha
3o
de
marzo
de
zoo9
el
Contratista
invit
a
arbitraje
al
Gobierno
Regional
del
Callao
a
fin
de
resolver
las
controversias
que
se
haban
dado
durante
la
ejecucin
de
la
Obra
acordando
ambas
partes
nombrar
como
Ærbitro
nico
al
Dr
Daniel
Linares
Prado
r
ro
Con
fecha
z4
de
junio
de
zoo9
se
llevo
a
cabo
la
Instalacin
del
`rbitro
nico
suscribiendo
el
Acta
en
la
que
mediaba
su
aceptacin
para
desempeæarse
como
tal
as
como
las
Reglas
del
proceso
II
NORMATIVIDAD
APLICABLE
AL
PROCESO
ARBITRAL
De
acuerdo
al
numeral
4
del
Acta
de
Instalacin
se
estableci
que
la
normativa
aplicable
al
presente
arbitraje
serÆn
las
detalladas
en
la
misma
lo
dispuesto
por
el
Texto
nico
Ordenado
de
la
Ley
N
z685o
aprobado
por el
Decreto
Supremo
N
083
zoo4PCM
y
su
Reglamento
aprobado
por
el
Decreto
Supremo
N
o84
zoo4PCM
en
adelante
el
Reglamento
incluyendo
sus
modificaciones
asl
como
el
Decreto
Legislativo
N
ro7r
que
norma
el
Arbitraje
Resultan
aplicables
al
presente
proceso
a
efectos
de
resolver
las
controversias
planteadas
las
Leyes
z9r4z
y
la
Ley
z9zo6
III
DE
LA
DEMANDA
Y LA
CONTESTACIN
En
la
Audiencia
de
Instalacin
asistieron
ambas
partes
acordando
otorgar
al
Contratista
un
plazo
de
t5
das
hÆbiles
para
la
presentacin
de
la
demanda
El
Contratista mediante
escrito
de
fecha
r6
de
julio
de
zoo9
present
dentro
del
plazo
otorgado
la
demanda
quedando
conjuntamente
con
el
escrito
de
fecha
zz
de
julio
admitida
a
trÆmite
corriØndose
traslado
mediante
la
Resolœcin
Nr
de
PÆgina
3
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