Laudo del Tribunal de Arbitraje (Gerencia subregional morropon - huarcabamba), 04-12-2008

Sentido del falloEl laudo no indica número de contrato.
Ruc20484002992
PartesGERENCIA SUBREGIONAL MORROPON - HUARCABAMBA vs CONSTRUCCIONES Y CONSULTORES EJECUTIVOS SAC
Fecha04 Diciembre 2008
Tipo de procesoAD HOC
MateriaMaterias Controvertidas;Adicionales;Ampliación del plazo contractual;Indemnización por daños y perjuicios;Pago;Resolución del contrato
1
3
3
5
i
c
1
sir
I
s
s
iribunal
Arbifral
C
d
C
Ejecutivos
SAC
y
Gobierno
Regional
Piur
Gerencia
Sub
Regional
Morropri
Huancabamba
Cortos
Ruska
Maguiæa
Elvira
Martnez
Coco
Marco
Martnez
Zamora
LAUDO
ARBITRAL
ARBITRAJE
SEGUIDO
POR
CONSTRUCCIONES
Y
CONSULTORES
EJECUTIVOS
SAC
C
C
EJECUTIVOS
SAC
CONTRA
EL
DEMANDADO
GERENCIA
SUBREGIONAL
MORROPN
HUANCABAMBA
PRESIDIDO
POR
EL
DOCTOR
CARLOS
RUSKA
MAGUIA
E
INTEGRADO
POR
LA
DOCTORA
ELVIRA
M`RT˝NEZ
COCO
Y
EL
DOCTOR
MARCO
ANTONIO
MART˝NEZ
ZAMORA
RESOLUCIN
N
20
Lima
4
de
diciembre
del
dos
mil
ocho
VISTOS
I
ANTECEDENTES
Construcciones
y
Consultores
Ejecutivos
SAC
C
C
Ejecutivos
SAC
en
adelante
la
demandante
obtuvo
la
Buena
Pro
en
el
Proceso
de
Adjudicacin
Directa
Pœblica
N
00022005GOB
REG
PIURA
GSRMH
DSRI
en
adelante
el
Proceso
de
Adjudicacin
Por
esta
razn
con
fecha
18
de
agosto
de
2005
la
demandante
suscribi
con
el
Gobierno
Regional
Piara
a
travØs
de
la Gerencia
Sub
Regional
Morropn
Huancabamba
en
adelante
el
demandado
el
Contrato
de
Ejecucin
de
Obra
a
Suma
Alzada
Mejoramiento
de
Infraestructura
Educativa
en
el
Colegio
Secundario
San
Vicente
de
Curilcas
en
adelante
el
Contrato
con
el
objeto
de
realizar
la
bra
Mejoramiento
de
Infraestructura
Educativa
en
el
Colegio
Secundario
San
Vicente
de
Curilcas
en
adelante
la
Obra
El
plazo
fijado
para
la
ejecucin
de
la
Obra
fue
de
120
das
calendario
contados
a
partir
del
da
siguiente
del
cumplimiento
de
la
œltima
de
las
condiciones
pago
del
Adelanto
Directo
establecidas
en
el
artculo
240
del
Reglamento
de
la
Ley
de
Contrataciones
y
Adquisiciones
del
Estado
aprobado
por
el
DS
N
084
2004PCM
en
adelante
el
Reglamento
y
por
el
monto
de
S
953515
48
Novecientos
cincuenta
y
tres
mil
quinientos
quince
mil
y
48
100
nuevos
soles
incluido el
IGV
Con
fecha
5
de
setiembre
de
2005
el
demandado
otorg
a
la
demandante
por
concepto
de
Adelanto
Directo
la
suma de
S
190703
09
Ciento
noventa
mil
setecientos
tres
y
09
100
nuevos
soles
y
por concepto
de
Adelanto
de
Materiales
el
importe
de
S
381406
19
Trescientos
ochenta
y
un
mil
cuatrocientos
seis
y
loado
Arbitral
e
Der
cho
PÆgina
1
de
9
SOPORTE
˝dE
PARA
SU
ARbiTRAJE
CAVE
MON
RibEYRO
TL
OIIC˝NA
3OS
MiRAtIORES
TEIE
511
242350 241
0933
WWW
MARCPER
V
COM
CONTACTENOSIÆMARCPERU
COM
iribunol
Arbitral
C
8
C
Ejecutivos
SAC
y
Gobierno
Regional
Piura
Gerencia
Sub
Regional
Morropn
Huancabamba
Carlos
Ruska
Maguiæa
Elvira
Martnez
Coco
Marco
Martnez
Zamora
19
100
nuevos
soles
que
sumados
hacen
un
total
de
adelantos
de
S
572109
28
Quinientos
setenta
y
dos
mil
ciento
nueve
y
28
100
nuevos
soles
II
EL
PROCESO
ARBITRAL
II1
INSTALACIN
DEL
TRIBUNAL
ARBITRAL
Y
PROCEDIMIENTO
ARBITRAL
APLICABLE
Designacin
de
los
Ærbitros
Surgida
la
controversia
entre
las
partes
en
relacin
con
el
Contrato
la
demandante
design
como
Ærbitro
a
la
doctora
Elvira
Martnez
Coco
Por su
parte
el
demandado
design
como
Ærbitro
al
doctor
Marco
Antonio
Martnez
Zamora
A
su
turno
los
Ærbitros
nombrados
designaron
como
Presidente
del
Tribunal
Arbitral
al
doctor
Carlos
Ruska
Maguiæa
En
el
acto
de
Instalacin
del
Tribunal
Arbitral
los
Ærbitros
ratificaron
su
aceptacin
al
cargo
reiterando
que
no
estaban
sujetos
a
incompatibilidad
alguna
ni
a
hechos
o
circunstancias
que
les
obligaran
a
inhibirse
al
no
haber
mantenido
ni
mantener
relacin
alguna
con
las
partes
y
con
sus
respectivos
abogados
Ambas
partes
declararon
tambiØn
en
este
acto
su
conformidad
con
las
designaciones
de
los
Ærbitros
manifestando
que
al
momento
de
la
realizacin
de
dicha
Audiencia
no
tenan
conocimiento
de
alguna
causa
que
pudiera
motivar
una
recusacin
Cabe
resaltar
que
las
partes
han
aceptado
plenamente
la
designacin
de
este
Tribunal
Arbitral
al
no
haber
recusado
a
los
Ærbitros
ni
manifestado
razn
alguna
para
dudar
de
su
independencia
e
imparcialidad
Instalacin
Con
fecha
27
de
diciembre
de
2007
el
Tribunal
Arbitral
se
instal
con
la
participacin
de
los
representantes
legales
de
ambas
partes
los
que
procedieron
a
suscribir
el
Acta
de
Instalacin
del
Tribunal
Arbitral
en
las
oficinas
del
Consucde
En
la
Audiencia
de
Instalacin
se
dispuso
que
el
presente
arbitraje
sera
nacional
y
de
derecho
en
virtud
del
convenio
arbitral
contenido
en
la
ClÆusula
DØcimo
Segunda
det
Contrato
y
en
aplicacin
del
artculo
53
del
Texto
nico
Ordenado
de
la
Ley
N
26850
aprobado
mediante
el
Decreto
Supremo
N
083
2004PCM
en
adelante
el
TUO
y
que
el
arbitraje
se
regira
de
acuerdo
con
las
reglas
establecidas
en
el
Acta
de
Instalacin
y
en
su
defecto
de
acuerdo
a
lo
dispuesto
en
el
TUO
y
en
el
Reglamento
y
supletoriamente
en
la
Ley
General
de
Arbitraje
en
adelante
la
Ley
Laudo
Arbitral
de
Derecho
PÆgina
2
de
EL
SOPORTE
IEA
PARA
SU
ARbiTRA
E
CALI
MN
RibEyRO
672
OficiNA
305
Miaafloaes
TEIf
511
242
3130
241
0933
ll1VW
MARCPERU
COM
CONTACTENOS
MARCPERU
COM
Tribunal
Arbihal
C
8
C
Ejecutivos
SAC
y
Gobierno
Regional
Piura
Gerencia
Sub
Regional
Morropn
Huancabamba
Carlos
Ruska
Maguiæa
Hvira
Martnez
Coco
Marco
Marfnez
Zamora
Asimismo
se
dispuso
que
el
Tribunal
Arbitral
quedara
facultado
para
resolver
en
forma
definitiva
del
modo
que
considerase
apropiado
cualquier
deficiencia
o
vaco
existente
en
las
reglas
anteriormente
citadas
aplicando
los
principios
generales
del
derecho
administrativo
ydel
derecho
arbitral
11
2
LA
DEMANDA
Mediante
escrito
de
fecha
1
de
abril
del
2008
la
demandante
interpuso
demanda
contra
el
demandado
Mediante
escrito
de
fecha
7
de
abril
de
2008
la
demandante
reformul
y
ampli
su
demanda
inicial
solicitando
al
Tribunal
Arbitral
que
para
efectos
del
proceso
solamente
se
tuviera
en
cuenta
la
redaccin
de
dicho
escrito
prescindiØndose
de
la
redaccin
del
escrito
de
fecha
1
de
abril
de
2008
debiØndose
integrar
al
escrito
de
fecha
7
de
abril
de
2008
los
anexos
presentados
con
el
escrito
de
fecha
1
de
abril
de
2008
Teniendo
en
cuenta
lo
mencionado
anteriormente
la
demanda
presentada
tiene
el
siguiente
contenido
Petitorio
La
demandante
ha
solicitado
que
se
amparen
las
siguientes
pretensiones
1
Que
se
declare
procedente
el
otorgamiento
de
la
Ampliacin
de
Plazo
de
Ejecucin
de
Obra
N
1
por
cuarenta 40
das
calendarios
solicitada
mediante
la
Carta
N
109
2007
CCE
con
el
reconocimiento
de
los
Mayores
Gastos
Generales
ascendentes
a
S
19
334
21
Diez
mil
trescientos
treinta
y
cuatro
mil
y
21
100
nuevos
soles
ordenÆndose
el
pago
de
dicho
importe
a
favor
de
la
demandante
mÆs
los
intereses
generados
hasta
la
fecha
efectiva
de
cancelacin
y
en
consecuencia
a
Que
se
declare
diferido
el
tØrmino
de
ejecucin
de
la
Obra al
5
de
noviembre
de
2007
b
Que
se
declare
la
nulidad
insubsistencia
e
ineficacia
de
la
Resolucin
Gerencia
Sub
Regional
N
423
2007GOB
REG
PIURA
GSRMH
G
que
declara
improcedente
la
solicitud
de
Ampliacin
de
Plazo
de
Ejecucin
de
Obra
N
Ol
por
cuarenta 40
das
calendarios
presentada
por
la
demandante
mediante
la
Carfa
N
109
2007
CCE
l
Laudo
Arbitral de
Derecho
ff
j
yes
PÆgina
3
de
79
SOPORTE
idEAL
PARA
SU
ARb˝TRAJE
l
J
C
IE
RAMN
iSEYRO
L
ORCINA
3OS
MiRAFIORES
TEIF
511
242
3130
241
0933
WWW
MARCPERU
COM11
CONTAC7ENOS
MARCPERV
COM

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