Laudo del Tribunal de Arbitraje (Gobierno regional de callao sede central), 14-02-2023
Sentido del fallo | No se consignó el ruc del contratista ya que al realizar la búsqueda en consulta ruc se encontró múltiples resultados. la pretensión demandada es de cuantía indeterminada. |
Ruc | 20137921601 |
Materia | Materias Controvertidas;Resolución del contrato |
Fecha | 14 Febrero 2023 |
Tipo de proceso | AD HOC |
Contratista | CONSORCIO VIA COSTA VERDE CALLAO |
Partes | GOBIERNO REGIONAL DE CALLAO SEDE CENTRAL vs CONSORCIO VIA COSTA VERDE CALLAO |
Laudo de derecho
Expediente N° 002-2020/MARCPERU/ADM/JTM
Caso Arbitral
CONSORCIO VÍA COSTA VERDE CALLAO
GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
Orden Procesal Nº 65
Laudo Final
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ARBITRAJE AD-HOC
Caso Arbitral N° 002-2020/MARCPERU
Arbitraje de Derecho seguido entre
CONSORCIO VIAL COSTA VERDE-CALLAO
Y
GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
LAUDO FINAL
Orden Procesal N° 65
Miembros del Tribunal Arbitral
Juan Alejandro Espinoza Espinoza (presidente)
Ivan Alexander Casiano Lossio (Árbitro)
Antenor Rafael Aysanoa Pasco (Árbitro)
Secretario Arbitral
José Carlos Taboada Mier
13 de febrero del 2023.
Laudo de derecho
Expediente N° 002-2020/MARCPERU/ADM/JTM
Caso Arbitral
CONSORCIO VÍA COSTA VERDE CALLAO
GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
Orden Procesal Nº 65
Laudo Final
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ÍNDICE
I. DECLARACIÓN ....................................................................................................... 3
II. CONVENIO ARBITRAL Y TIPO DE ARBITRAJE ........................................................ 3
III. INSTALACIÓN DEL TRIBUNAL ARBITRAL ................................................................. 3
IV. REGLAS DEL PROCESO ........................................................................................... 3
V. NORMATIVA APLICABLE AL FONDO .................................................................... 4
VI. CONSIDERACIONES PRELIMINARES ...................................................................... 4
VII. PRINCIPALES ACTUACIONES PROCESALES .......................................................... 5
VIII. POSICIÓN DE LAS PARTES .................................................................................... 10
VIII.1. POSICIÓN DEL GORE CALLAO ..................................................................... 10
VIII.2. POSICIÓN DEL CONSORCIO ......................................................................... 13
IX. CONSIDERANDOS:................................................................................................ 19
X. PUNTO CONTROVERTIDO: DETERMINAR SI EXISTE RESPONSABILIDAD DEL
CONSORCIO POR LAS CONSECUENCIAS DE LA ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE
TÉCNICO DEL ADICIONAL N° 4, TALES COMO LA COLMATACIÓN DEL MURO
PIANO CON CANTO RODADO Y REBASE DEL OLEAJE LLEGANDO A LA VÍA, CON
LO QUE SE AFECTA LA VIDA ÚTIL DE LA OBRA. ......................................................... 21
XI. PARTE CONSIDERATIVA ........................................................................................ 21
XI.1. CUESTIONES GENERALES DEL CASO .............................................................. 21
XI.2. POSICIÓN DEL TRIBUNAL ARBITRAL ................................................................. 22
XI.2.1. CONSIDERACIONES PRELIMINARES ......................................................... 22
XI.2.2. ANÁLISIS DE LA PRETENSIÓN DE LA ENTIDAD ......................................... 30
XI.2.2.1. ALEGADA COLMATACIÓN DEL MURO PIANO CON CANTO
RODADO 33
XI.2.2.2. REBASE DE OLEAJE LLEGANDO A LA VÍA .................................. 54
XII. COSTOS ARBITRALES ............................................................................................. 73
XIII. DECISIÓN ARBITRAL .............................................................................................. 74
Laudo de derecho
Expediente N° 002-2020/MARCPERU/ADM/JTM
Caso Arbitral
CONSORCIO VÍA COSTA VERDE CALLAO
GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
Orden Procesal Nº 65
Laudo Final
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I. DECLARACIÓN
1. El Tribunal Arbitral declara haber revisado todos y cada uno de los medios
probatorios aportados por las partes en este arbitraje, analizándolos y
adjudicándoles el valor probatorio que les corresponde, aun cuando en el
presente Laudo no se haga mención expresa a alguno o algunos de ellos
o al valor probatorio que le ha sido asignado.
2. Habiéndose cumplido con los presupuestos procesales y no existiendo vicio
alguno que afecte la validez del presente proceso, el cual se ha
desarrollado cumpliendo todas sus etapas, de conformidad con las reglas
establecidas, se procede a emitir el laudo final, de conformidad con la
bifurcación del proceso realizada en la Orden Procesal N° 18 del 29 de
octubre de 2020.
II. CONVENIO ARBITRAL Y TIPO DE ARBITRAJE
3. El convenio arbitral consta en la cláusula vigésimo segunda del Contrato
N° 007-2014-GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO “Contrato de obra:
Construcción de la Vía Costa Verde – Tramo Callao”, suscrito el 19 de mayo
de 2014 entre CONSORCIO VÍA COSTA VERDE CALLAO (en adelante,
CONTRATISTA O CONSORCIO) y el GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO (en
adelante, GORE CALLAO o ENTIDAD).
4. Asimismo, de acuerdo al contrato pactado entre las partes, el presente
arbitraje será ad hoc, nacional y de derecho.
III. INSTALACIÓN DEL TRIBUNAL ARBITRAL
5. A través del escrito de fecha 25 de setiembre de 2019, el CONSORCIO VIA
COSTA VERDE CALLAO comunicó su intención de iniciar arbitraje y designó
como árbitro al doctor Rafael Aysanoa Pasco.
6. Asimismo, a través de escrito de fecha 30 de setiembre de 2019, el
GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO designó como árbitro al doctor Iván
Alexander Casiano Lossio.
7. Estos a su vez, mediante carta de fecha 26 de noviembre de 2019,
designaron al doctor Juan Alejandro Espinoza Espinoza como presidente
del Tribunal Arbitral.
IV. REGLAS DEL PROCESO
8. En la Audiencia de Instalación, de fecha 26 de setiembre de 2019, a la que
asistieron ambas partes, se establecieron las reglas del proceso.
9. Posterior a ello, mediante la Orden Procesal N° 4, con fecha 11 de mayo
de 2020, se incluyeron nuevas reglas al proceso.
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