Laudo del Tribunal de Arbitraje (Entidad prestadora de servicios de saneamiento ayacucho), 03-09-2020
Sentido del fallo | El laudo no señala el ruc de la entidad ni del contratista |
Tipo de proceso | Ad Hoc |
Fecha | 03 Septiembre 2020 |
Partes | ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO AYACUCHO vs CONSORCIO VIGSACON |
Materia | Materias Controvertidas;Liquidación;Resolución del contrato |
Arbitraje seguido entre
CONSORCIO VIGSACON
integrado por
A.R. Construcoes Ltda.
Representaciones Flores S.R.L.
Vigsacon E.I.R.L.
ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO AYACUCHO
S.A.
En relación con el Contrato N° 085-2010-EPSASA/GG para la ejecución de la Obra:
“Implementación del sistema de agua potable, sistema de alcantarillado y
tratamiento de aguas residuales de las localidades de Huascahura, Mollepata y
Anexos”,
suscrito el 29 de diciembre de 2010,
derivado de la Adjudicación de Menor Cuantía No. 021-2010-EPSASA/CE derivada, a su
vez, de la Licitación Pública N° 001-2010-EPSASA/CE.
Monto del Contrato: S/ 21,628,059.72
Cuantía de la Controversia: S/ 21,628,059.72
Honorarios del Árbitro Único: S/ 102,545.95 netos
Materia: Resolución de contrato y Liquidación Final de Obra.
LAUDO DE DERECHO
Árbitro Único
Nilo Vizcarra Ruiz
Secretaria Arbitral
Ad Hoc Centro Especializado en Solución de Controversias
Tipo de Arbitraje
Nacional | Derecho | Ad Hoc
Lima, 3 de setiembre de 2020
Proceso arbitral Ad Hoc sobre el Contrato Público N° 085-2010-EPSASA/GG para la contratación de
la ejecución de la Obra: “Implementación del sistema de agua potable, sistema de alcantarillado y tratamiento
de aguas residuales de las localidades de Huascahura, Mollepata y Anexos”, seguido entre el
CONSORCIO VIGSACON, en calidad de demandante y la ENTIDAD PRESTADORA DE
SERVICIOS DE SANEAMIENTO AYACUCHO S.A., en calidad de demandado.
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GLOSARIO DE TÉRMINOS
CONSORCIO / CONTRATISTA / DEMANDANTE (indistintamente)
Consorcio VIGSACON
integrado por
A.R. Construcoes Ltda.
Representaciones Flores S.R.L.
Vigsacon E.I.R.L.
ENTIDAD / DEMANDADA / (indistintamente)
Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento
Ayacucho S.A. – SEDA AYACUCHO
LCE Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por
Decreto Legislativo N° 1017.
RLCE Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado,
aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF.
LA / Ley de Arbitraje (indistintamente)
Decreto Legislativo N° 1071 que norma el arbitraje
CONTRATO Contrato N° 085-2010-EPSASA/GG cuyo objeto es
la ejecución de la Obra: “Implementación del
sistema de agua potable, sistema de alcantarillado
y tratamiento de aguas residuales de las
localidades de Huascahura, Mollepata y Anexos”,
derivado de la Licitación Pública N° 001-2010-
EPSASA/CE, suscrito el 29 de diciembre de 2010.
PROCESO DE SELECCIÓN / ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA
Adjudicación de Menor Cuantía No. 021-2010-
EPSASA/CE derivada de la Licitación Pública N° 001-
2010-EPSASA/CE.
Proceso arbitral Ad Hoc sobre el Contrato Público N° 085-2010-EPSASA/GG para la contratación de
la ejecución de la Obra: “Implementación del sistema de agua potable, sistema de alcantarillado y tratamiento
de aguas residuales de las localidades de Huascahura, Mollepata y Anexos”, seguido entre el
CONSORCIO VIGSACON, en calidad de demandante y la ENTIDAD PRESTADORA DE
SERVICIOS DE SANEAMIENTO AYACUCHO S.A., en calidad de demandado.
3
RESOLUCIÓN Nº 41
En Lima, a los tres días del mes de setiembre del año dos mil veinte, el Árbitro
Único luego de haber realizado las actuaciones arbitrales de conformidad con la
ley y las normas establecidas por las partes, valorado las pruebas ofrecidas y
actuadas en este arbitraje, escuchado los argumentos en torno a las pretensiones
planteadas en la demanda y contestación de demanda, dicta el siguiente Laudo
para poner fin, por decisión de las partes, a la controversia planteada.
I. EXISTENCIA DE UN CONVENIO ARBITRAL
1. Con fecha 29 de diciembre de 2010, el CONSORCIO VIGSACON (en adelante
EL CONSORCIO, EL CONTRATISTA o EL DEMANDANTE) y la ENTIDAD
PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO AYACUCHO S.A. (en
adelante LA ENTIDAD o LA DEMANDADA) suscribieron el Contrato N°
085-2010-EPSASA/GG para la contratación de la ejecución de la Obra:
“Implementación del sistema de agua potable, sistema de alcantarillado y
tratamiento de aguas residuales de las localidades de Huascahura, Mollepata
y Anexos”, (en adelante EL CONTRATO), derivado de la Adjudicación de
Menor Cuantía No. 021-2010-EPSASA/CE derivada, a su vez, de la Licitación
Pública N° 001-2010-EPSASA/CE.
2. En la Cláusula Vigésimo Segunda de EL CONTRATO las partes pactaron un
Convenio Arbitral para la solución de sus controversias con el siguiente tenor:
“CLÁUSULA VIGÉSIMO SEGUNDA: ARBITRAJE
Todos los conflictos que se deriven de la ejecución e interpretación del
presente contrato, incluidos los que se refieren a su nulidad e invalidez,
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