Laudo del Tribunal de Arbitraje (Empresa de generación electrica de arequipa), 28-11-2005

Sentido del falloEn el laudo no se precisa qué parte designó a los árbitros. No obstante, se consignaron los datos para fines de información. el laudo no indica número de contrato.
Ruc20216293593
PartesEMPRESA DE GENERACIÓN ELECTRICA DE AREQUIPA vs CONSORCIO COLCA
Fecha28 Noviembre 2005
Tipo de procesoAD HOC
MateriaMaterias Controvertidas;Mayores gastos generales
Tribunal
Arblhal
Felipe
Cantuarias
Carlos
Ruska
Dwight
Falvy
LAUDO
ARBITRAL
DE
DERECHO
Demandantes
JACCSA
SA
C
CONSTRUCTORA
UPACA
SA
C
Y
M
VIZCARRA
SAC
INGENIEROS
CONTRATISTAS
y
OBRAS
DE
IGENIERIA
SA
en
adelante
CONSORCIO
COLCA
Demandado
EMPRESA
DE
GENERACIN
ELECTRICA
DE
AREQUIPA
en
adelante
simplemente
EGASA
Tribunal
Arbitral
Doctor
Felipe
Cantuarias
Salaverry
Presidente
Doctor
Dwight
Falvy
Bockos
Doctor
Carlos
Ruska
Maguiæa
RESOLUCIN
N
23
Lima
28
de
noviembre
de
2005
VISTOS
I
ANTECEDENTES
Con
fecha
18
de
mayo
de
2005
el
Tribunal
Arbitral
constituido
por
los
doctores
Felipe
Cantuarias
Salaverry
Presidente
Dwight Falvy
Bockos
y
Carlos
Ruska
Maguiæa
con
la
participacin
de
los
representantes
legales
del
CONSORCIO
COLCA
y
EGASA
procedieron
a
suscribir
segœn
convocatoria
debidamente
notificada
a
ambas
partes
el
Acta
de
Instalacin del
Tribunal
Arbitral
Se
deja
constancia
que
ninguna
de
las
partes
ha
impugnado
o
reclamado
contra
el
contenido
del
Acta
de
Instalacin
cuyas
reglas
aceptaron y
dieron
su
conformidad
expresa
en
todos
sus
extremos
al
suscribirla
en
seæal
de
conformidad
U
G
En
dicha
audiencia
los
miembros
del
Tribunal
Arbitral
ratificaron
su
aceptacin
al
cargo
e
insistieron
de
que
no
estaban
sujetos
a
incompatibilidad
alguna
ni
a
hechos
o
circunstancias
que
les
obligaran
a
aso
Arbitral
CONSORCIO
COLCA
EGASA
Precios
Internacionales
1
l
II
rrtbunct
abrtrat
Felipe
Cantuarias
Carlos
Ruska
Dwight
FaNy
inhibirse
Tanto
el
CONSORCIO
COLCA
como
EGASA
declararon
tambiØn
en
este
acto
su
conformidad
con
las
designaciones
de
Ærbitros
realizadas
manifestÆndo
que
al
momento
de
la
realizacin
de
dicha
Audiencia
no
tenan
conocimiento
de
alguna
causa
que
pudiera
motivar
una
recusacin
il
De
la
demanda
del
CONSORCIO
COLCA
El
CONSORCIO
COLCA
mediante
escrito
No
1
fecha
23
de
junio
de
2005
ingresado
en
tØrmino
oportuno
present
su
demanda
dirigida
contra
el
EGASA
pretendiendo
lo
siguiente
PRETENSIN
PRINCIPAL
Que
el
Tribunal
Arbitral
declare
el
derecho
del
Contratista
ca
que
se
le
reconozca
el
mayor
costo
en
la
obra
a
consecuencia
del
incremento
imprevisible
y
excesivo
de
los
precios
internacionales
del
petrleo
y
el
acØro
as
como
por
la
devaluacin
del
Dlar
Americano
reflejada
en
la
sœbita
cada
del
tipo
de
cambio
con
respecto
al
Nuevo
Sol
ordenÆndosele
a
la
Demandada
realizar
el
pago de
US
2
348751
03
Dos
Millones
Trescientos
Cuarenta
y
ficho
r
lil
Setecientos
Cincuenta y
Uno
con
03
100
incluido
IGV
mÆs
los
intereses
correspondientes
derivados
de
los
mayores
costos
asumidos
por
el
Contratista
desde
el
inicio
de
la
obra
hasTa
el
mes
de
abril
de
2005
Primera
Pretensin
Subordinada
Que
el
Tribunal
Arbitral
declare
el
derecho
del
Contratista
a
recibir
una
indemnizacin
por
los
daæos
generados
por
la
negligencia
y
o
abuso
de
derecho de
EGASA
con
relacinalos
hechos
narrados
en
la
presente
demanda
ordenÆndosele
a
la
Demandada
realizar
el
pago de
la
suma
de
US
2
348751
03
Dos
Millones
Trescientos
Cuarenta
y
Ocho
Mil
Setecientos
Cincuenta
y
Uno
con
03
100
incluido
IGV
mÆs
los
intereses
correspondientes
Secunda
Pretensin
Subordinada
Que
el
Tribunal
Arbitral
declare
el
derecho
del
Contratista
a
recibir
un
resarcimiento
por
el
Enriquecimiento
siri
Causa
de
EGASA
con
relacinalos
hechos
narrados
en
la
presente
demanda
ordenÆndosele
a
la
r
Caso Arbitral
CONSORCIO
COLCA
EGASA
Precios
Internacionales
V
Tribunal
Arbltrol
Felipe
Cantuarias
Cortos
Ruska
Dwight
Falvy
Demandada
realizar
el
pago
de
la
suma
de
US
2
348751
03
Dos
Millones
Trescientos
Cuarenta
y
Ocho
Mil
Setecientos
Cincuenta y
Uno
con
03
100
incluido
IGV
mÆs
los
intereses
correspondientes
Asimismo
CONSORCIO
COLCA
se
reserv
el
derecho
de
ampliar
el
monto
de
las
pretensiones
demandadas
debido
a
que
hasta
la
fecha
de
su
interposicin
los
hechs
que
generaron
el
incremento
de
ls
precios
del
petrleo
y
el
acero
as
como
la
devaluacin
del
Dlar
Americano
reflejado
en
la
sœbita
cada
del
tipo
de
cambio
con
respecto
al
Nuevo
Sol
no
han
cesado
siendo
entonces
que
el
Contratista
viene
asumiendo
costos
ampliamente
mayores
a
los
previstos
contractualmente
Finalmente
el
demandante
se
reserva
el
derecho
a
solicitar
el
pago
de
los
mayores
daæos
o
costos
adicionales
vinculados
la
iliquidez
forzada
generada
por
EGASA
que
han
derivado
en
una
menor
productividad
del
CONSORCIO
COLCA
en
la
ejecucin
de
la
Obra
CONSORCIO
COLCA
ampara
su
demanda
esencialmente
en
lo
siguiente
1
Con fecha
21
de
marzo
del
2003
el
ComitØ
Especial
de
EGASA
convoc
a
la
Licitacin
Pœblica
Nacional
N
LPN
00012003
EGASA
para
la
ejecucin
de
la
obra
Sistema
de
Regulacin
Hdrica
de
la
Cuenca
del
Ro
Sumbay
Presa
Pillones
en
adelante
LICTACICSN
cuyo
objeto
era
i
La
elaboracin
del
Expediente
TØcnico
de
Obra
en
base
al
Estudio
de
Factibilidad
de
la
Parte
II
de
las
Bases
y
ii
La
ejecucin
de
la
obra
Sistema
de
Regulacin
Hdrica
de
la
Cuenca
del
Ro
Sumbay
Presa
Pillones
a
realizarse
en
el
distrito
de
San
Antonio
de
Chuco
provincia
de
Caylloma
departamento
de
Arequipa
2
La
demandante
seæala
que de
acuerdo
al
literal
9
de
las
Bases
de
la
Licitacin
la
œnica
moneda
en
que
los
postores
deban
expresar
su
propuesta
econmica
para
la
ejecucin
de
la
obra
era
Dlares
Americanos
US
3
El
19
de
agosto
de
2003
CONSORCIO
COLCA
present
su
propuesta
econmica
con
precios
unitarios
establecidos
en
dlares
americanos
en
En
las
bases
se
consigna
que
la
obra
se
realizara
en
el
distrito
de
Callalli
Posteriormente
en
el
contrato
se
establece
que
la
obra
se
realizara
en
el
distrito
de
San
Antonio
de
Chuco
Caso Arbitral
CONSORCIO
COLCA
EGASA
Precios
Internacionales 3

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