Laudo del Tribunal de Arbitraje (Empresa peruana de servicios editoriales s.A. - editora peru), 11-06-2005

Ruc20100072751
Fecha11 Junio 2005
PartesEMPRESA PERUANA DE SERVICIOS EDITORIALES S.A. - EDITORA PERU vs URGENCIA POSTAL S.A.
Tipo de procesoINSTITUCIONAL
MateriaMaterias Controvertidas;Indemnización por daños y perjuicios
e
t
o
o
OOi772
LAUDO
ARBITRAL
LAUDO
ARBITRAL
DE
DERECHO
DICT`DO
EN
EL
ARBITRAJE
SEGUIDO
POR
URGENCIA
POSTAL
SA
CONTRA
EMPRESA
PERUANA
DE
SERVICIOS
EDITORIALES
SA
SOBRE
PAGO
DE
INDEMNIZACIN
POR
DAOS
1
PERJUICIOS
ANTE
EL
`RBITRO
NICO
DOCTOR
JAVIER
DE
BELANDE
LOPEZ
DE
ROMAA
Resolucin
No
45
Lima
11
de
julio
de
2005
VISTOS
I
EXISTENCIA
DE UN
CONVENIO
ARBITRAL
Con
fecha
12
de
mayo
de
2004
Urgeæcia
Postal
SA
en
adelante
URGENCIA
POSTAL
y
Empresa
Peruana
de
Servicios
Editoriales
SA
en
adelante
EDITORA
PER
suscribieron el
Contrato
de
Servicio
de
Reparto
de
Suscripciones
del Diario
Oficial
El
Peruano
Contrato
N
026
OAJ
EP
2004
en
adelante
EL
CONTRATO
el
cual
deriv
del
Concurso Pœblico
N
00042004
EP
convocado
por
EDITORA
PERU
en
adelante
EL
CONCURSO
En
la
ClÆusula
DØcimo
Octava
de
EL
CONTRATO
se
estipul
que
cualquier
controversia
o
reclamo
que
surja
o
se
relacione
con
la
ejecucin
o
interpretacin
del
mismo
sera
resuelta
de
manera
definitiva
mediante
Arbitraje
de
Derecho
de
conformidad
con
las
disposiciones
establecidas
en
el
TØxto
nico
Ordenado
de
la
Ley
N
26850
aprobado
mediante Decreto
Supremo
N
012
2001PCM
y
su
Reglamento
aprobado
mediante Decreto
Supremo
N
013
2001PCM
II
DESIGNACIN
DE
`RBITRO
NICO
AI
haberse
suscitado
una
controversia
entre
las
partes
derivada
de
la
resolucin de
EL
CONTRATO
URGENCIA
POSTAL
mediante
carta
notarial
de
fecha
14
de
junio
de
2004
solicit
a
EDITORA
PER
el
inicio
del
correspondiente
proceso
arbitral
Mediante
Resolucin
N
295
2004
CONSUCODE
PRE
de
fecha
21
de
julio
de
2004
se
design
como
`rbitro
nico
en
defecto
de
acuerdo
entre
001773
EDITORA
PER
y
URGENCIA
POSTAL
a
quien
expide
este
Laudo
doctor
Javier
de
Belaœnde
Lopez
de
Rmaæa
Mediante
Audiencia
de
Instalacin
del
`rbitro
nico
de
fecha
18
de
agosto
de
2004
el
`rbitro
nico
se
ratific
en
la
aceptacin
del
cargo
y
ambas
partes
manifestaron
su
conformidad
con
dicha
designacin
En
el
Acta
de
Instalacin
se
estableci
que
en
virtud
del
convenio
arbitral
contenido
en
la
ClÆusula
DØcimo
Octava
de
EL
CONTRATO
y
en
aplicacin
del
artculo
186
del
Reglamento
de
la
Ley
de
Contrataciones
y
Adquisiciones
del Estado
el
arbitraje
es
nacional
y
de
derecho
Asimismo
se
estableci
que
el
arbitrÆje
se
regira
de
acœerdo
Æ
lÆs
reglas
estÆblecidas
en
el
ActÆ
de
Instalacin
antes
indicada
y
en
su
defecto
en
lo
dispuesto
el
Texto
nico
Ordenado
de
la
Ley
de
Contrataciones
y
Adquisiciones
del Estado
aprobado
mediante
Decreto
Supremo
N
012
2001
PCM
en
adelante
LCAE
su
Reglamento aprobado
mediante
Decreto
Supremo
N
013
2001
PCM
en
adelante
RELCAE
la
Ley
General
de
Arbitraje
en
adelante
LGA
y
en caso
de
vaco
o
deficiencia
de
las
reglas
que
anteceden
el
`rbitro
nico
resolverÆ
del
modo
que
considere
apropiado
III
PRETENSIN
PLANTEADA
POR
URGENCIA
POSTAL
EN
SU
ESCRITO
DE
DEMANDA
ASI
COMO
ARGUMENTOS
Y
MEDIOS PROBATORIOS
QUE
LA
SUSTENTAN
Mediante
escrito
de
fecha
11
de
octubre
de
2004
URGENCIA POSTAL
cumpli
con
subsanar
las
omisiones
de
su
demanda
inicialmente
presentada
con
fecha
29 de
setiembre
de
2004
y
posteriormente
mediante
escrito
del
21
de
octubre
de
2004
URGENCIA
POSTAL
cumpli
con
realizar
las
aclaraciones
y
precisiones
requeridas
mediante
Resolucin
N
6
de
fecha
15
de
octubre
de
2004
31
Pretensin
planteada
por
URGENCIA POSTAL
URGENCIA POSTAL
estableci
como
œnica
pretensin
el
pago
de
una
indemnizacin
por
daæos
y
perjuicios
ascendente
a
S
3
800000
00
TRES
MILLONES
OCHOCIENTOS
MIL
Y
00
100
NUEVOS
SOLES
mÆs
costos
y
costas
procesales
derivada
de
la
resolucin
de
EL
CONTRATO
realizada
por
EDITORA
PER
32
Resumen
de
fundamentos presentados
por
URGENCIA
POSTAL
321
Fundamentos
de
Hecho
a
Con
fecha
29 de
abril
de
2004
URGENCIA POSTAL
recibi
la
Carta
N
145
F3000
EP
2004
por
la
cual
EDITORA
PER
comunic
al
Consorcio
Corporacin
de
Servicio
e
Inversiones
Perœ
SA
CSI
Perœ
j
Logstica
SAC
en
adelante
CSI
que
haba
perdido
la
buena
pro
de
EL
l
CONCURSO
por cuanto
dicha
empresa
no
se
haba
apersonado
a
la
Ov1774
suscripcin
del
contrato
correspondiente
Por
tanto
al
obtener
URGENCIA
POSTAL
el
segundo
lugar
en
el
orden
de
prelacin
en
la
Evaluacin
TØcnica
Econmica
se
emplaz
a
URGENCIA
POSTAL
par
que
suscribiera
el
contrato
correspondiente
para
el
da
6
de
mayo
del
2004
b
A
efectos
de
cumplir
de
manera
oportuna
con
el
reparto
de
las
suscripciones
del
Diario
Oficial
El
Peruano
URGENCIA
POSTAL
mediante
cartas
de
fecha
03
05
06
y
07 de
mayo
de
2004
solicit
a
EDITORA
PER
que
remitiera
las
Hojas
de
Ruta
para
poder
as
entregar
sin
demora
las
respectivas suscripciones
del
diario
c
MediÆnte
Carta
N
0052
00000
EP
2004
de
fech
14
de
mayo
de
2004
EDITORA
PER
contest
que
no
pda
detallar
los
puntos
de
distribucin
en
las
Bases
d
Mediante
carta
de
fecha
11
de
mayo
de
2004
URGENCIA
POSTAL
comunic
que
la
informacin
alcanzada
por
EDITORA
PER
no
estaba
de
acuerdo
con
lo
pedido
en
cartas
anteriores
en
funcin
de
la
secuencia
de
entrega
de
cada
diario
solicitando
adicionalmente
que
se
ample
el
plazo
para
el
inicio del
servicio
por
las
consideraciones
antes
expuestas
e
Posteriormente
EDITORA
PER
y
URGENCIA
POSTAL
sostuvieron
una
reunin
en
la
cual
la
primera
solicit
la
presentacin
de
la
relacin
de
personal
de
esta
œltima
Por
su
parte URGENCIA
POSTAL
destac
las
deficiencias
en
todas las
rutas
y
solicit
la
pauta
del
da
17
de
mayo
para
tener
informacin
actualizada
para
dar
inicio
a
la
prestacin
del
servicio
Dicha
informacin
sostiene
la
demandante
no
fue
brindada
por
lo
que
URGENCIA POSTAL
no
pudo
cumplir
oportunamente
con
el
reparto
de
las
suscripciones
del
diario
imputÆndole
ello
a
EDITORA
PER
f
Mediante
carta
de
fecha
13
de
mayo
de
2004
URGENCIA
POSTAL
reitera
la
necesidad
de
contar
con
las
Hojas
de
Ruta
a
fin
de
poder
realizar
la
entrega
de
las
suscripciones
del
Diario
Oficial
El
Peruano
URGENCIA
POSTAL
manifest
que
esta
circunstancia
era
perjudicial
a
la
empresa
puesto
que
para
la
celebracin
de
EL
CONTRATO
tuvo
que
acreditar
conforme
a
ley
su
idoneidad
para
la
prestacin
del
servcio
con
las
respectivas
cartas
fianzas
motivo
por
el
cual
sostuvo
que
EDITORA
PER
preteæda
ejecutar
dichas
cartas
fianzas
con
el
objeto
de
apropiarse
indebidamente
de
sus
fondos
g
Por
esta
razn
URGENCIA POSTAL
argumenta
que
la
resolucin
de
EL
CONTRATO
ejecutada
por
la
demandada
deriva
de
causa
imputable
a
la
negligencia
de
sus
representantes
y
funcionarios
que
de
manera
tendenciosa
y
malintencionada
no
cumplieron
con
entregar
las
Hojas
de
Ruta
correspondientes
3

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