Laudo del Tribunal de Arbitraje (Empresa peruana de servicios editoriales s.A. - editora peru), 11-06-2005
Ruc | 20100072751 |
Fecha | 11 Junio 2005 |
Partes | EMPRESA PERUANA DE SERVICIOS EDITORIALES S.A. - EDITORA PERU vs URGENCIA POSTAL S.A. |
Tipo de proceso | INSTITUCIONAL |
Materia | Materias Controvertidas;Indemnización por daños y perjuicios |
e
t
o
o
OOi772
LAUDO
ARBITRAL
LAUDO
ARBITRAL
DE
DERECHO
DICT`DO
EN
EL
ARBITRAJE
SEGUIDO
POR
URGENCIA
POSTAL
SA
CONTRA
EMPRESA
PERUANA
DE
SERVICIOS
EDITORIALES
SA
SOBRE
PAGO
DE
INDEMNIZACIN
POR
DAOS
1
PERJUICIOS
ANTE
EL
`RBITRO
NICO
DOCTOR
JAVIER
DE
BELANDE
LOPEZ
DE
ROMAA
Resolucin
No
45
Lima
11
de
julio
de
2005
VISTOS
I
EXISTENCIA
DE UN
CONVENIO
ARBITRAL
Con
fecha
12
de
mayo
de
2004
Urgeæcia
Postal
SA
en
adelante
URGENCIA
POSTAL
y
Empresa
Peruana
de
Servicios
Editoriales
SA
en
adelante
EDITORA
PER
suscribieron el
Contrato
de
Servicio
de
Reparto
de
Suscripciones
del Diario
Oficial
El
Peruano
Contrato
N
026
OAJ
EP
2004
en
adelante
EL
CONTRATO
el
cual
deriv
del
Concurso Pœblico
N
00042004
EP
convocado
por
EDITORA
PERU
en
adelante
EL
CONCURSO
En
la
ClÆusula
DØcimo
Octava
de
EL
CONTRATO
se
estipul
que
cualquier
controversia
o
reclamo
que
surja
o
se
relacione
con
la
ejecucin
o
interpretacin
del
mismo
sera
resuelta
de
manera
definitiva
mediante
Arbitraje
de
Derecho
de
conformidad
con
las
disposiciones
establecidas
en
el
TØxto
nico
Ordenado
de
la
Ley
N
26850
aprobado
mediante Decreto
Supremo
N
012
2001PCM
y
su
Reglamento
aprobado
mediante Decreto
Supremo
N
013
2001PCM
II
DESIGNACIN
DE
`RBITRO
NICO
AI
haberse
suscitado
una
controversia
entre
las
partes
derivada
de
la
resolucin de
EL
CONTRATO
URGENCIA
POSTAL
mediante
carta
notarial
de
fecha
14
de
junio
de
2004
solicit
a
EDITORA
PER
el
inicio
del
correspondiente
proceso
arbitral
Mediante
Resolucin
N
295
2004
CONSUCODE
PRE
de
fecha
21
de
julio
de
2004
se
design
como
`rbitro
nico
en
defecto
de
acuerdo
entre
001773
EDITORA
PER
y
URGENCIA
POSTAL
a
quien
expide
este
Laudo
doctor
Javier
de
Belaœnde
Lopez
de
Rmaæa
Mediante
Audiencia
de
Instalacin
del
`rbitro
nico
de
fecha
18
de
agosto
de
2004
el
`rbitro
nico
se
ratific
en
la
aceptacin
del
cargo
y
ambas
partes
manifestaron
su
conformidad
con
dicha
designacin
En
el
Acta
de
Instalacin
se
estableci
que
en
virtud
del
convenio
arbitral
contenido
en
la
ClÆusula
DØcimo
Octava
de
EL
CONTRATO
y
en
aplicacin
del
artculo
186
del
Reglamento
de
la
Ley
de
Contrataciones
y
Adquisiciones
del Estado
el
arbitraje
es
nacional
y
de
derecho
Asimismo
se
estableci
que
el
arbitrÆje
se
regira
de
acœerdo
Æ
lÆs
reglas
estÆblecidas
en
el
ActÆ
de
Instalacin
antes
indicada
y
en
su
defecto
en
lo
dispuesto
el
Texto
nico
Ordenado
de
la
Ley
de
Contrataciones
y
Adquisiciones
del Estado
aprobado
mediante
Decreto
Supremo
N
012
2001
PCM
en
adelante
LCAE
su
Reglamento aprobado
mediante
Decreto
Supremo
N
013
2001
PCM
en
adelante
RELCAE
la
Ley
General
de
Arbitraje
en
adelante
LGA
y
en caso
de
vaco
o
deficiencia
de
las
reglas
que
anteceden
el
`rbitro
nico
resolverÆ
del
modo
que
considere
apropiado
III
PRETENSIN
PLANTEADA
POR
URGENCIA
POSTAL
EN
SU
ESCRITO
DE
DEMANDA
ASI
COMO
ARGUMENTOS
Y
MEDIOS PROBATORIOS
QUE
LA
SUSTENTAN
Mediante
escrito
de
fecha
11
de
octubre
de
2004
URGENCIA POSTAL
cumpli
con
subsanar
las
omisiones
de
su
demanda
inicialmente
presentada
con
fecha
29 de
setiembre
de
2004
y
posteriormente
mediante
escrito
del
21
de
octubre
de
2004
URGENCIA
POSTAL
cumpli
con
realizar
las
aclaraciones
y
precisiones
requeridas
mediante
Resolucin
N
6
de
fecha
15
de
octubre
de
2004
31
Pretensin
planteada
por
URGENCIA POSTAL
URGENCIA POSTAL
estableci
como
œnica
pretensin
el
pago
de
una
indemnizacin
por
daæos
y
perjuicios
ascendente
a
S
3
800000
00
TRES
MILLONES
OCHOCIENTOS
MIL
Y
00
100
NUEVOS
SOLES
mÆs
costos
y
costas
procesales
derivada
de
la
resolucin
de
EL
CONTRATO
realizada
por
EDITORA
PER
32
Resumen
de
fundamentos presentados
por
URGENCIA
POSTAL
321
Fundamentos
de
Hecho
a
Con
fecha
29 de
abril
de
2004
URGENCIA POSTAL
recibi
la
Carta
N
145
F3000
EP
2004
por
la
cual
EDITORA
PER
comunic
al
Consorcio
Corporacin
de
Servicio
e
Inversiones
Perœ
SA
CSI
Perœ
j
Logstica
SAC
en
adelante
CSI
que
haba
perdido
la
buena
pro
de
EL
l
CONCURSO
por cuanto
dicha
empresa
no
se
haba
apersonado
a
la
Ov1774
suscripcin
del
contrato
correspondiente
Por
tanto
al
obtener
URGENCIA
POSTAL
el
segundo
lugar
en
el
orden
de
prelacin
en
la
Evaluacin
TØcnica
Econmica
se
emplaz
a
URGENCIA
POSTAL
par
que
suscribiera
el
contrato
correspondiente
para
el
da
6
de
mayo
del
2004
b
A
efectos
de
cumplir
de
manera
oportuna
con
el
reparto
de
las
suscripciones
del
Diario
Oficial
El
Peruano
URGENCIA
POSTAL
mediante
cartas
de
fecha
03
05
06
y
07 de
mayo
de
2004
solicit
a
EDITORA
PER
que
remitiera
las
Hojas
de
Ruta
para
poder
as
entregar
sin
demora
las
respectivas suscripciones
del
diario
c
MediÆnte
Carta
N
0052
00000
EP
2004
de
fech
14
de
mayo
de
2004
EDITORA
PER
contest
que
no
pda
detallar
los
puntos
de
distribucin
en
las
Bases
d
Mediante
carta
de
fecha
11
de
mayo
de
2004
URGENCIA
POSTAL
comunic
que
la
informacin
alcanzada
por
EDITORA
PER
no
estaba
de
acuerdo
con
lo
pedido
en
cartas
anteriores
en
funcin
de
la
secuencia
de
entrega
de
cada
diario
solicitando
adicionalmente
que
se
ample
el
plazo
para
el
inicio del
servicio
por
las
consideraciones
antes
expuestas
e
Posteriormente
EDITORA
PER
y
URGENCIA
POSTAL
sostuvieron
una
reunin
en
la
cual
la
primera
solicit
la
presentacin
de
la
relacin
de
personal
de
esta
œltima
Por
su
parte URGENCIA
POSTAL
destac
las
deficiencias
en
todas las
rutas
y
solicit
la
pauta
del
da
17
de
mayo
para
tener
informacin
actualizada
para
dar
inicio
a
la
prestacin
del
servicio
Dicha
informacin
sostiene
la
demandante
no
fue
brindada
por
lo
que
URGENCIA POSTAL
no
pudo
cumplir
oportunamente
con
el
reparto
de
las
suscripciones
del
diario
imputÆndole
ello
a
EDITORA
PER
f
Mediante
carta
de
fecha
13
de
mayo
de
2004
URGENCIA
POSTAL
reitera
la
necesidad
de
contar
con
las
Hojas
de
Ruta
a
fin
de
poder
realizar
la
entrega
de
las
suscripciones
del
Diario
Oficial
El
Peruano
URGENCIA
POSTAL
manifest
que
esta
circunstancia
era
perjudicial
a
la
empresa
puesto
que
para
la
celebracin
de
EL
CONTRATO
tuvo
que
acreditar
conforme
a
ley
su
idoneidad
para
la
prestacin
del
servcio
con
las
respectivas
cartas
fianzas
motivo
por
el
cual
sostuvo
que
EDITORA
PER
preteæda
ejecutar
dichas
cartas
fianzas
con
el
objeto
de
apropiarse
indebidamente
de
sus
fondos
g
Por
esta
razn
URGENCIA POSTAL
argumenta
que
la
resolucin
de
EL
CONTRATO
ejecutada
por
la
demandada
deriva
de
causa
imputable
a
la
negligencia
de
sus
representantes
y
funcionarios
que
de
manera
tendenciosa
y
malintencionada
no
cumplieron
con
entregar
las
Hojas
de
Ruta
correspondientes
3
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