Laudo del Tribunal de Arbitraje (Empresa nacional de puertos sa), 13-10-2003
Ruc | 20522752704 |
Fecha | 13 Octubre 2003 |
Partes | EMPRESA NACIONAL DE PUERTOS SA vs CONSTRUCTORA ARICA SA |
Tipo de proceso | AD HOC |
Materia | Materias Controvertidas;Liquidación |
Colai
ia
i
ingenier
sCe1
menta
le
C
r
a
DeCa
1
r
0
ZOiJ3
EXP
N
014
2003
t
g
3
9
Lima
13
de
octubre
del
2003
rA
LAUDO
DE
DERECHO
DEMANDANTE
CONSTRUCTORA
ARICA
SA
DEMANDADA
EMPRESA
NACIONAL
DE
PUERTOS
SA
ENAPU
TRIBUNAL
ARBITRAL
Dr
Fernando
Santivaæez
Yuli
PRESIDENTE
Dr
Augusto
Millones
Santa
Gadea
AR61TR0
Ing
Luis
Quevedo
Benavides
ARBITRO
SECRETARIA
ARBITRAL
AD
HOC
Milagros
Chueca
Palomino
SEDE
ARBITRAD
Marconi
N
210
San
Isidro
Local
del
Centro
de
Conciliacin
Arbitraje
y
Peritaje
del
Consejo
Departamental
de
Lima
del
Colegio
de
Ingenieros
del
Perœ
Que
dentro
del
Æmbito
de
aplicacin
de
la
Ley
de
Contrataciones
y
Adquisiciones
del
Estado
aprobado
por
DS
No
012
2001PCM
y
su
Reglamento
aprobado
par
el
DS
No
013
2001PCM
la
Empresa
Nacional
de
Puertos
del
Perœ
ENAPU
suscribi
el
Contrato
de Obra
No
063
2001
ENAPUSA
GAL
para
la
Reubicacin
del
Area
de
Talleres
de
Mantenimient
de
Equipo
y
Area
de
Transporte
del
Terminal
Portuario
del
Callao
Que
con
fecha
02
de
Enero
del
2003
se
recepcion
la
Obra
Reubicacin
del
Area
de
Talleres
de
Mantenimiento
de
Equipo
y
Area
de
Transporte
del
Terminal
Portuario
del
Callao
Que mediante
Carta
No
001
ENAPU
008
2003
de
fecha
25 de
Febrero del
2003
notificada
el
26
de
Febrero
del
2003
el
Contratista
entreg
a
ENAPU
la
Liquidacin
Final
de
Obra
con
un
saldo
a
favor
del
Contratista
ascendente
a
la
suma
S
15
683
14
Que
con
fecha
01
de
Marza
del
2003
se
publica
en
El
Peruano
la
Resolucin
Directoral
No
010
2003
DRTPEL
DPSL
de
31
de
Enero
del
2003
en
virtud
de
la
cual
se
otorgan
los
incrementos
diarios
sobre
el
jornal
bÆsico
de
los
trabajadores
de
construccin
civil estableciendo
en
su
Artculo
2
Una
vez
que
El
Instituto
Nacional
de
Estadstica
e
InformÆtica
INEI
fije
los
ndices
unificados
de
precios
y
factores
de
reajustes
correspondientes
los
trabajadores
podrÆn
solicitar
el
pago
de
ios
reintegros
a
su
principal
i
i
i
Que
con
fecha
14
de
Marzo del
2003
se
publica
en
E
Peruano
la
Resolucin
Jefatura
No
074
2003
INEI
de
12
de
Marzo
del
2003
en
virtud
de
la
cual
se
modifica
el
Indice Unificado
de
Mano
de
Obra
Cdigo
47
para
las
seis
Æreas
geogrÆficas
Que
con
fecha
03
de
Abril
del
2003
ENAPU notifica va
fax
la
Resolucin
de
Gerencia
General
No
184
2003
ENAPUSA
GG
de
31
de
Marzo
del
2003
en
virtud
de
la
cual
se
aprueba
la
Liquidacin
Final
del
Contrato
de
Obra
con
un
saldo
a
favor
del
Contratista
ascendente
a
la
suma
de
S
15
683
14
sin
considerar
los
incrementos
correspondientes
alos
Indices Modificados
por
el
INEI
Que
mediante
Carta
No
011
ENAPU
008
2003
de
08
de
Abril
del
2003
notificada
el
10
de
Abril
del
2003
el
Contratista
remite
a
la
Entidad
Contratante
una
Nueva
Liquidacin
o
ReLiquidacin
que
considera
los
incrementos
del
jornal
bÆsico
de
los
trabajadores
de
construccin civil
mediante
la
aplicacin
de
los
nuevos
ndices
de
mano
de
obra
resultando
un
nuevo
monto
a
favor
del
Contratista
ascendente
a
la
suma
de
S
27
481
71
Que
con
fecha
16
de
Abril
del
2003
el
Contratista
remite
su
solicitud
arbitral
con
el
objeto
de someter
la
presente
controversia
a
la
va
arbitral
Que
mediantØ
Carta
No
018
2003
ENAPUSA
de
fecha
16
de
Abril
del
2003
notificada
con
fecha
21
de
Abril
del
2003
ENAPU
seæala
que
no
procede practicar
la
ReLiquidacin
de
la
Obra
procediendo
a
devolverla
por haber
quedado
consentida
la
Liquidacin
Final
de
Obra
aprobada
mediante
Resolucin
de
Gerencia
General
No
184
2003
ENAPUSA
GG
de
31
de
Marzo
del
2003
i
I
TIPO
DE
ARBITRAJE
I
3I
Que el
Arbitraje
materia
de
este
Laudo
es
uno
Nacional
y
de
Derecho
II
DEMANDA
INTERPUESTA
POR
CONSTRt
CTORA
ARICA
SA
11
1
Pretensiones
de
la
demandante
i
c
PRIiVIERO
Que
la
demandada
realice
el
pago
del
monto
de
S
11
798
57
correspondientes
al
incremento
del
jornal
bÆsico
de
los
trabajadores
de
construccin
civil
sobre
el
jornal
co
templado
en
la
Liquidacin
Final
de
la
obra
de
Reubicacin
de Talleres
y
Mantenimiento
de
Equipo
y
`rea
de
Transporte
del
Terminal
Portuario
del
Callao
i
SEGUNDO
Que
el
TrbunÆl
Arbitrad
conceda
el
paga
dg
Iq
intereses
legales
correspondiente
a
la
demora
en
el
pago
y
condene
a
lÆ
demadada
con
las
costas
y
costos
del
presente
proceso
i
r
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