Laudo del Tribunal de Arbitraje (Empresa de transmision electrica centro norte - etecen), 19-05-2011
Ruc | 20212334988 |
Fecha | 19 Mayo 2011 |
Partes | EMPRESA DE TRANSMISION ELECTRICA CENTRO NORTE - ETECEN vs CONSORCIO GYM S.A. -ABENGOA S.A. |
Tipo de proceso | AD HOC |
Materia | Materias Controvertidas;Indemnización por daños y perjuicios;Pago |
CONTROVERSIA
ENTRE
EMPRESA
DE
TRANSMISION
ELECTRICA
CENTRO
NORTE
ETECEN
CONABENGOA
SA
Y
G
Y
M
SA
I
LAUDO
ARBITR`L
I
Lima
i9
de
mayo
de
2oii
DictÆdo
por
el
Dr
Rolando
Eyzagnirre
Maccan
`rbitro
nico
Dr
Jorge
Hidalgo
Solrzano
Secretario
del
Proceso
Arbitral
DEMANDANTE
EMPRESA
DE
TRANSMISION
ELECTRICA
CENTRO
NORTE
ETECEN
ETECEN
o
EL
DEMANDANTE
DEMANDADOS
GyM
SA
en
adelante
GyM
yABENGOA
SA
en
adelante
ABENGOA
i
II1
SEDE
DEL
TRIBUNAL
ARBITRAL
t
Se
estableci
como
lugar
del
arbitraje
la
ciudad
de
Lima
y
como
sede
del
Proceso
Arbitral
las
oficinas
ubicadas
en
Calle Roma
397
San
Isidro
provincia
y
departamento
de
Lima
II2
INSTALACION
DEL
PROCESO
ARBITRAL
i
Con
fecha
i9
de
setiembre
de
200
se
llev
Æ
cabo
la
Audiencia
de
Instalacin
del
I
Proceso
Arbitral
en
las
oficinas
del
Organismo Supervisor
de
las
Contrataciones
del Estado
OSCE
con
la
presencia
de
los
representantes
y
abogados
de
ambas
partes
En
esta
Audiencia
el
Arbitro
designado
declar
haber
sido
designados
conforme
a
Ley
y
reiter
no
tener
ninguna
incompatibilidad
para
el
cumplimiento
del
cargo
ni
vnculo
alguno
con
las
partes
I
1
i
I
I
I
En
el
mismo
acto
se
establecieron
las
reglas
aplicables
al presente
arbitraje
el
monto
de
los
honorarios
de
la
Secretara
Arbitral
yla
designacin
del
mismo
que
recay
en
el
abogado
Jorge
Hidalgo
Solrzano
y
finalmente
se
declar
abierto
el
I
proceso
arbitral
II3
PRETENSIONES
DE
LAS
PARTES
A
DEMANDA
PRESENTADA
POR
LA
EMPRESA
DE
TRANSMISIN
ELCTRICA
CENTRO
NORTE
SA
ETECEN
en
adelante
ETECEN
I
Con
fecha
3
de
octubre
de
200
ETECEN
interpone
demanda
arbitral
seæalando
como
pretensiones
las
siguientes
i
1
PRIMERA
PRETENSIN
PRINCIPAL
que
las
empresas
demandadas
solidariamente
cumplan
con
A
Ejecutar
a
su
enter
costo
la
reparacin
y
o
reforzamiento
estructural
de
todas
y
cada
una
de
las
bases
de
los
postes
conformantes
de
la
Lnea
de
Transmisin
2212
Zapallal
Huacho
de
modo
tal
que
las
respectivas
fundaciones
queden
debidamente
cimentadas
para
resistir
el
peso
esfuerzo
tensiones
vientos
y
demÆs
condiciones
para
el
debido
y
seguro
sostenimiento
de
la
lnea
de
transmisin
elØctrica
sobre
ella
montada
as
como
el
nuevo
tendido
que
posteriormente
se
montarÆ
sobre
dicha
estructura
B
Alternativamente
que
procedan
a
la
sustitucin
de
la
Lnea
de
Transmisin
2212
Zapallal
Huacho
la
que
deberÆ
realizarse
mediante
la
construccin
a
entero
costo
de
las
empresas
demandadas
de
una
nueva
estructura
para
lnea
de
transmisin
que
corra
paralelamente
a
la
2212
Zapallal
Huacho
de
modo
tal
que
la
nueva
estructura
resista
el
peso
esfuerzo
tensiones
vientos
y
demÆs
condiciones
para
el
debido
y
seguro
sostenimiento
de
las
lneas
de
transmisin
I
elØctrica
que
sobre
dicha
estructura
se
monten
o
C
Alternativamente
que
asuman
la
totalidad
del
costo
que
implique
ejecutar
la
reparacin
y
o
reforzamiento
de
los
cimients
de
todos
y
cada
uno
de
los
postes
conformantes
de
la
Lnea
de
Transmisin
2212
Zapallal
Huacho
o
de
sustitucin
de
dicha
linea
de
transmisin
de
modo
tal
que
estos
cimientos
o
los
de
la
nueva
lnea
resistan
adecuadamente
el
peso
esfuerzo
tensiones
vientos
y
demÆs
condiciones
para
el
debido
y
seguro
sostenimiento
de
la
lnea
de
trÆnsmisin
elØctricÆ
sobre
ella
montÆda
as
como
del
nuevo
tendido
que
posteriormente
se
tenderÆ
sobre
dicha
estructura
Dicho
costo
deberÆ
ser
asumido
solidariamente
por
las
demandadas
mediante
el
pago
que
deberÆn
efectuar
directamente
a
la
empresa que
se
encargue
de
ejecutar
dicha
obra
de
2
9
L
v
1
reforzamiento
y
o
reparacin
o
de
sustitucin
de
la
actual
estructura
que
soporta
la
Lnea
de
Transmisin
2212
Huacho
Zapallal
la
misma
que
ha
sido
valorizada
en
US
750
0000
Dlares
2
SEGUNDA
PRETENSIN
PRINCIPAL
que
se
declare
que
corresponde
solidariamente
a
las
empresas
demandadas
mantener
indemne
a
ETECEN
de
i
cualquier
reclamo
que
le
formule
el
Estado
Peruano
conforme
al
Contrato
de
Concesin
debiendo
las
empresas
demandadas
deberÆn
asumir
solidariamente
el
costo
econmico
de
todas las
sanciones
multas
y
o
reclamaciones
provenientes
de
autoridades
reguladoras
municipales
regionales
y
o
administrativas
de
cualquier
Æmbito
que
puedan
ser
aplicadas
al
actual
concesionario
de
la
Lnea
de
Transmisin
2212
Zapallal
Huacho
como
consecuencia
de
la
cada
del
poste
P
212A
o
de
cualquier
otro
bien
que
forme
parte
de
la
indicada
lnea
de
transmisin
y
respecto
de
las
cuales
dicho
concesionario
reclame
su
reembolso
al
Estado
Peruano
y
Øste
a
su
vez
a
ETECEN
para
que
sea
esta
œltima
la
que
asuma
finalmente
dicho
pago
o
costo
econmico
La
presente
pretensin
se
hace
extensiva
a
los
intereses
compensatorios
y
moratorios
que
se
generen
hasta
que
los
demandados
cumplan
con
reembolsar
ntegramente
el
pago
de
las
sanciones
multas
y
o
reclamaciones
que
correspondan
g
TERCERA
PRETENSIN
PRINCIPAL
que
se
declare
que
corresponde
a
las
empresas
demandadas
asumir
solidariamente
el
pago
de
todos los
danos y
perjuicios
que
se
pudiesen
generar
a
la
actora
como
consecuencia
de
la
cada
del
poste
P
2i2A
de
la
Lnea
de
Transmisin
2212
Zapallal
Huacho
as
como
de
cualquier
otro
poste
parte
de
la
indicada
lnea
de
transmisin
manteniendo
a
ETECEN
indemne
de
cualquier
reclamacin
de
reembolso
por
daæos
y
perjuicios
o
de
cualquier
otra
naturaleza
prgveniente
de
cualquier
tercero
Esta
pretensin
incluye
pero
no
se
limita
a
la
reclamacin
que
EDELNOR
estÆ
efectuando
al
actual
concesionario
de
la
Lfnea
de
Transmisin
2212
Zapallal
1
Huacho
Red
de
Energfa
del
Perœ
SA
REP
por
US
5604
Cincuenta
y
seis
mil
setecientos
cuatro
y
oo
ioo
Dlares
de
los
Estados
Unidos
de
AmØrica
como
consecuencia
de
las
compensaciones
derivadas
por
la
interrupcin
del
servicio
de
transmisin
elØctrica
causada
por
la
cada
del
poste
P
212A
con
fecha
26
de
febrero
de
200
Esta
pretensin
incluye
a
los intereses
compensatorios
y
o
i
moratorios
que
se
devenguen
hÆsta
el
cunplimiento
total
de
dicho reembolso
ANTECEDENTES
RELACIN
CONTRACTUAL
i
En
julio
de
1999
ETECEN convoc
a
la
Licitacin
Pœblica
N
LP
006
99
i
para
la
contratacin
de
las
obras
correspondientes
a
la
Rehabilitacin
de
las
Lneas
de
Transmisin
Costeras
en
220
kV
proceso
de
seleccin
en
el
cual
participaron
las
empresas
demandadas
GyM
SA
y
ABENGOA
SA
asociadas
bajo
la
forma
de
consorcio
siendo
finalmente
favorecidas
con
el
otorgamiento
de
la
Buena
Pro
3
l
i
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