Laudo del Tribunal de Arbitraje (Direccion ejecutiva de proyecto del ministerio de energia y minas), 16-06-2004

Sentido del falloEl laudo arbitral no señala el tipo ni numero del procedimiento de selección
Ruc 20131368829
PartesDIRECCION EJECUTIVA DE PROYECTO DEL MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS vs HURTADO-HERMOZA INGENIEROS CONSULTORES SA
Fecha16 Junio 2004
Tipo de procesoAD HOC
MateriaMaterias Controvertidas;Indemnización por daños y perjuicios;Resolución del contrato;OTROS,Nulidad de actos administrativos; terminación del contrato; costos y costas arbitrales
Tribuna
Arbitra
Alfredo
Bu
lard
Gon
Æle
Luis
Fernando
Pebe
Romero
Horacio
CÆnepa
Torre
LAUDO
DE
DERECHO
Laudo
de
Derecho
dictado
por
mayora
por
el
Tribunal
Arbitral
presidido
por
el
Doctor
Alfredo
Bullard
GonzÆlez
e
integrado
por
los
Doctores
Luis
Fernando
Pebe
Romero
y
Horacio
CÆnepa
Torre
en
la
controversia
surgida
entre
Hurtado
Hermoza
Ingenieros
Consultores
SA
y
la
Direccin
Ejecutiva
de
Proyectos
del
Ministerio
de
Energa
y
Minas
Resolucin
No
23
Lima
16
de
junio
de
2004
1
ANTECEDENTES
11
Hechos
del
caso
1
El
31
de
diciembre
de
2003
la
Direccin
Ejecutiva
de
Proyectos
de
Ministerio
de
Energa
y
Minas en
adelante
la
DEP
MEM
o
la
Entidad
suscribi
con
la
empresa
Constructora
de
la
Ingeniera
SA
CIDINSA
o
la
Contratista
el
Contrato
No
02
071
EM
DEP
para
la
ejecucin
de
la
Obra
Pequeæo
Sistema
ElØctrico
Paucartambo
Huachn
II
Etapa
en
adelante
la
Obra
Con
fecha
24 de
febrero
de
2003
la
DEP
MEM
suscribi
con
Hurtado
Hermoza
Ingenieros
Consultores
SA
en
adelante
simplementØ
HH
el
Contrato
1
J
4
Tribuna
Arbitra
4lfi
edo
Bullard
GonzÆle
Luis
Fernando
Pebe
Romero
Horacio
CÆnepa
Torre
No
0315
EM
DEP
para
la
Supervisin
de
la
Obra
en
adelante
simplemente
el
Contrato
o
el
Contrato
de
Supervisin
2
Los
servicios
de
supervisin
a
ser
prestados
en
virtud
de
dicho
Contrato
se
iniciaron
el
da
5
de
marzo
de
2003
luego
de que
mediante
Oficio
No
7203
EM
DEP
DGDN
de
fecha
4
del
mismo
mes
la
DEP
MEM
extendiera
a
HH
la
Orden
de
Proceder
Por
su
parte
la
Contratista
inici
la
ejecucin
de
la
Obra
el
da
19 de
dicho
mes
3
Cabe
seæalar
que
de
acuerdo
con
la
Propuesta
TØcnica
de
HH
el
equipo
de
supervisin
estara
conformado
por
tres
Ingenieros
ls
seæores
Julio
E
Lpez
Carriedo
Hugo
Vctor
Cuellar
Montero
y
JosØ
Luis
Araujo
Lpez
en
ade
ante
el
Ingeniero
Araujo
quienes
ocuparan
los
cargos
de
Jefe
de
Supervisin
Asistente
de
Supervisin
y
Especialista
en
Diseæo
ElectromecÆnico
respectivamente
Este
œltimo
tendra
una
participacin
de
ciento
ochenta
180
das
y
estara
encargado
de
las
siguientes
funciones
de
1
control
de
los
ensayos
y
o
pruebas
que
ejecute
el
Contratista
durante
el
proceso
de
construccin
2
confeccin
de
los
partes
diarios
de
trabajo
con
los
detalles
de
la
mano
de
obra
y
equipo
empleado
3
control
el
replanteo
de
todos
los
elementos
que
conforman la
Obra
4
verificacin
del
ingreso
y
salida
de
materiales
verificacin
de
las
estructuras
de
acuerdo
a
los
planos
correspondientes
entre
otras
4
Mediante
Oficio
No
8603
EM
DEP
DGDN
de
fecha
14
de
marzo
de
2003
la
Entidad
comunic
a
la
Supervisin
que
de
acuerdo
con
su
propuesta
tØcnica
y
con
una
correcta
interpretacin
de
las
Bases
y
del
Contrato
el
personal
1
asignado
al
servicio
especficamente
el
Ingeniero
Araujo
deba
tener
permanencia
en
el
lugar
de
la
Obra
2
Tribu
rr
al
9
rbitral
fi
edo
Bullard
Gon
Æle
Luis
Fer
tmrdo
Pebe
Romero
Horacio
CÆnepa
Torre
5
Por
Carta
No
1003
HHPSE
PAUCARTAMBO
HUACHN
II
ETAPA
del
28 de
marzo
de
2003
HH
dio
respuesta
a
dicha
comunicacin
precisando
a
la
DEP
MEM
que
la
permanencia
del
Ingeniero
Araujo
en
las
Obras sera
a
tiempo
parcial
A
su
criterio
tal
afirmacin
resultara
acorde
con
su
propuesta
y
con
el
presupuesto
referencia
contenido
en
las
Bases
ya
que
el
monto
consignado
en
Østa
como
remuneracin
de
dicho
profesional
no
corresponda
con
la
remuneracin
a
tiempo
completo
de
un
profesional
de
su
categora
Asimismo
seæal
que
dØl
hecho
que
en
el
organigrama
del
personal
de
su
Propuesta
figure
que
el
Ingeniero Araujo
tendra
una
participacin
de
seis
6
meses
no
poda
interpretarse
que
sus
servicios
deban
ser
prestados
a
tiempo
completo
6
Con fecha
22
de
abril
de
2003
el
Ingeniero
Coordinador
de
Obra
de
la
Entidad
llev
a
cabo
una
inspeccin
en
la
Obra
detectando
lo
que
calific
como
una
serie
de
deficiencias
en
el
servicio
de
supervisin
Dichas
deficiencias
fueron
comunicadas
a
la
Supervisin
mediante
Oficio
No
138
03
EM
DEP
DGN
remitido
a
Østa por
conducto
notarial
el
30 de
dicho
mes
en
los
tØrminos
siguientes
Ausencia
en
Obra
del
Jefe
de
Supervisin
durante
el
mØs
de
abril
de
2003
as
como
del
Asistente
y
Especialista
en
Diseæos
y
Construccin
desde
la
fecha
en
la
cual
se
dio
la
Orden
de
Proceder
4
de
marzo
de
2003
Segœn
la
Entidad
ello
constituira
un
incumplimiento
a
lo
dispuesto
en
el
Numeral
14
del
Contrato
y
a
lo
especificado
en
los
pÆrrafos
tercero
y
cuarto
del
Numeral
30
de
los
TØrminos
de
Referencia
de
las
Bases
3

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