Laudo del Tribunal de Arbitraje (Corporacion financiera de desarrollo sa cofide), 18-11-2009
Sentido del fallo | En el laudo no se precisan los siguientes datos: proceso de selección, numero de contrato. ambas pretensiones fueron desestimadas. |
Ruc | 20100116392 |
Partes | CORPORACION FINANCIERA DE DESARROLLO SA COFIDE vs ALAYZA CONSULTORES LEGALES ASOCIADOS SCRL |
Fecha | 18 Noviembre 2009 |
Tipo de proceso | AD HOC |
Materia | Materias Controvertidas;Pago;OTROS |
13
CONTROVERSIA
ARBITRAL
SEGUIDA
ENTRE
ALAYZA
CONSULTORES
LEGALES
ASOCIADOS
S
CR
L
Y
CORPORACIN
FINANCIERA DE
DESARROLLO
SA
COFIDE
DEMANDANTE
ALAYZA
CONSULTORES
LEGALES
ASOCIADOS
S
CR
L
en
adelante
el
ESTUDIO
el
DEMANDANTE
DEMANDADO
CORPORACIN
FINANCIERA
DE
DESARROLLO
SA
COFIDE
en
adelante
COFIDE
o
el
DEMANDADO
MIEMBROS
DELTRIBUNAL
ARBITRAL
DOCTOR
HORACIO
C`NEPA
TORRE
Presidente
DOCTOR
RAFAEL
AYSANOA
PASCO
DOCTOR
SANDRO
FUENTES
ACURIO
RESOLUCIN
N
42
Lima
18
de
noviembre
de
2009
VISTOS
I
ANTECEDENTES
Con
fecha
29
de
mayo
de
2008
y
con
la
presencia
de
ambas
partes
en
controversia
se
llev
a
cabo
la
udiencia
de
nstalacin
en
la sede
del
ex
CONSUCODE
relacionada
con
la
controversia
suscitada
entre
el
CSTUDIO
COFIDE
otorgÆndosele
al
primero
de ellos
un
plazo
de
diez
10
das hÆbiles
para
que
presente
su
demanda
y
gaza
que
pague
los
honorarios
de
los
Ærbitros
y
del
Secretario
Arbitral
I
1
DE
LA
DEMANDA
1
Con
fecha
16
de
abril
de
2008
EL
ESTUDIO
present
su
demanda
arbitral
bajo
los
tØrminos
siguientes
PRETENSIONES
PRIMERA
PRETENSIN
PRINCIPALADTNOMA
Se
dec
are
que
el
Contrato
celebrado
e110
de
marzo
de
2004
y
e
contrato
Complementario
de
Prestacin
de Servicios de
Cobranza
Judicial
de
fecha
Z5
de
marzo
de
2007
en
adelante
EL
CONTRATO
se
encontraban
vigentes
a
a
fecha
en
que
COFIDE
soh
cit
a
EL
ESTUDIO
la
devolucin
de
os
expedientes
por
lo
que
en
principio
corresponda
que
EL
ESTUDIO
continœe
levando
os
procesos
judicia
es
asignados
y
que
en
pago
por
sus
servicios
de
cobranza
le
conespond
a
un
honorario
de
Øxito
o un
honorario
por
castigo
contab
e
de
acuerdo
a
si
se
recuperaba
o
no
a
acreencia
1
PRETENSINA
CESORIA
A
LA
PRETENSIN
PRINCI
AL
Se
declare
que
como
consecuencia
de
a
devolucin
a
COFIDE
de
ose
edientes
asignados
a
EL
ESTUDIO
en
mØrito
de
contrato
expedientes
que
fueron
eltos
a
requerimiento
de
COFIDE
dichas devoluciones
han
sido
efectuadas
en
del
derecho
que
otorgaba
EL
CONTRATO
a
COFIDE
consistente
en
que
poda
r
ra
I
l
EL
ESTUDIO
procesos
judiciales
de
cobranza
en
aplicacin
de
a
segunda
c
Æusu
a
de
EL
CONTRATO
motivo
por
e
cual
COFIDE
debe
pagara
EL
ESTUDI
a
indemnizacin
pactada
en
la
clÆusula
segunda
de
EL
CONTRATO
indemnizacin
que
consideramos
asciende
a
US
360207
48
trescientos
sesenta
mil
doscientos
siete
y
48
100
dlares
Americanos
montos
que han
sido
calculados
conforme
al
cuadro
que
a
continuacin
adjuntamos
donde
se
detalla
cuanto
es
el
honorario
que
nos
corresponde
en
cada
proceso
judicial
tomando
en
consideracin
el
avance
del
proceso
y
las
posibilidades
de
recupero
de
la acreencia
ANEXO
1
PRETENSIN
SUBORDINADA
En
caso
se
declare
infundada
o
improcedente
a
pretensin
principal
se
ordene
a
COFIDE
e
pago
de
US
350
000
00
trescientos
cincuenta
mily
00
100
dlares
americanos
por
los
servicios
realizados
entre
e114
de
marzo
de
2004
y
diciembre
de
2007y
que
no
han
sido
pagados
Sin
perjuicio
de
lo
dicho
solicitamos
que
se
condene
a
COFIDE
a
pago
de
las
costas
y
costos
que
se
generen
en
el
presente
proceso
SEGUNDA
PRETENSINPRINCIPALAUTNOMA
Que
el
demandado
nos
pague
la
suma
de
US
189976
71
honorarios
generados
con
anterioridad
a
la
fecha
que
segœn
e
demandado
habla
vencido
el
contrato
por
lo
que
siendo honorarios
generados
antes
del
14
de
septiembre
de
2007
corresponde
se
nos
pague
conforme
al
siguiente
detalle
segœn
el
cuadro
que
adjunta
ANEXO2
PRETENSIN
SUBORDINADA
En
caso
se
lec
are
infundada total
o
parcaGnente
nuestra
2
pretensin
principa
se
deberÆ
de
considerar
los
procesos
judiciales
no
considerados
dentro
de
la
pretensin
principal
a
efectos
de
ser
indemnizados
en
funcin
del
avance
de
proceso
y
las
posibilidades
de
recupero
2
En
relacin
a
todas
estas
pretensiones
EL
ESTUDIO
ha
manifestado
resumidamente
lo
siguiente
21
FUNDAMENTOS
DE
HECHO
211
FUNDAMENTOS
DE
HECHO
COMUNES
A
TODAS
LAS
PRETENSIONES
Nuestro
ESTUDIO
es
una
firma
de
Abogados
que
ha
venido
prestando
servicios
a
COFIDE
desde
hace
11
aæos
Es
as
que
en
el
aæo
1997
celebramos
con
COFIDE
un
Debemos
precisar
que
mediante
el
Escrito
SN
presentado
por
EL
ESTUDIO
el
24
de
junio
del
2008
se
procede
a
modificar
la
demanda
arbitral
ampliÆndola
œnicamente
en
cl
n
sentido que
se
ofrece
como
nuevos
medios
probatorios
cuadro
resumen
de
os
procesos
K
a
los
que
se
refiere
la
primera
pretensin
autnoma
Anea
2
A
2
Debemos
precisar
que
mediante
el
Escrito
SN
presenta
or
EL
ESTUDIO
el
24
de
junio
del
2008
se
procede
a
modificar
la
demanda
arbitral
liÆndola
œnicamente
en
el
sentido que
se
ofrece
como
nuevos
medios
probatorios
el
cua
sumen
de
los
procesos
a
os
que
se
refiere
la
primera
pretensin
autnoma
Anexo
B
contrato
de
asesora
procesal
y
civil
por
la
cual
le
brindamos
asesora
en
temas
civiles
y
asesora
en
tunas
procesales
a
nivel
nacional
Nuestra
asesora
procesal
a
nivel
nacional
generaba
que
tuviØramos
las
siguientes
obligaciones
Patrocinio
judicial
en
Lima
y
Callao
de
todos
aquellos
procesos
judiciales
donde
la
Corporacin
era
demandada
as
como
el
diseæo
de
las
estrategias
a
seguir
Diseæo
de
la
estrategia
procesal
a
seguir
en
los
procesos
judiciales
en
provincia
donde
la
Corporacin
fuese
demandada
elaborando
los
escritos
de
contestacin
excepciones
y
en
general
el
diseæo
de
la
estrategia
procesal
la
Corporacin
contrataba directamente
a
los
Abogados
en
provincia
que
se
encogaban
de
patrocinar
los procesos
judiciales
en
funcin
de
la
estrategia
diseæada
por
nuestro
Estudio
y
en
funcin
de
los
proyectos
de
escritos
que
les
remitamos
Patrocinio
en
la
Corte
Suprema
de
los
procesos
judiciales
provenientes
de
provincia
Indica
que
este
primer
contrato
fue
firmado
en
el
aæo
1997
prorrogado
hasta
marzo
de
2004
y
firmÆndose
posteriormente
20
addendas
en
el
lapso
de
O8
aæos
Entre
los
aæos
1998
a
2000
producto
de
la
crisis
interacional
que
afect
al
Pen
se
produjeron
intervenciones
a
varios
Bancos
Pentanos
generando
la
posterior
disolucin
y
liquidacin
de
los mismos
Dado
que
COFIDE
como
entidad
bancaria
de
2
piso
provea
de
dinero
a
los
Bancos
para
que
Østos
los
prestaran
a
sus
clientes
los
bancos
firmaban
con
COFIDE
contratos
de
cestn
de
derechos
por
los
cuales
cedan
total
o
parcialmente
a
COFIDE
los
crØditos
otorgados
a
sus
clientes
crØditos
que
haban
sido
colocados
con
el
dinero
provedo
por
COFIDE
Estos
contratos
firmados
por
os
bancos
estaban
sujetos
a
condiciones
suspensivas
una
de
as
cuales
era
la
probable
intervencin
de
los
bancos
por
la
Superintendencia
de
Bancos
y
Seguros
SBS
de tal
forma
que
si
un
Banco
era
intervenido por
la
SBS
automÆticamente
el
crØdito
con
las
garantas
respecÆvas
era
transferido
a
COFIDE
Es
as
que
el
Estado
Peruano
a
travØs
de
la
Superintendencia
de
Banca
y
Seguros
en
adelante
la
SBS
intervino
las
siguientes
insrituciones
Bancarias
y
Financieras Banco
Repœblica
Banex
Banco
Nuevo
Mundo
NBK
Bank
Latino
Leasing
y
Banco
Latino
AI
generarse
estas
intervenciones
y
transferirse los crØditos
y
sus
garantas
a
COFIDF
p
comenzarse
a
vencer
crØditos
que
no
eran
cancelados
se
haca
necesario
iniciar
procesos
judiciales
para
recuperar
las
acreencias
as
como
recupero
los
bienes
otorgados
en
leasing
Es
as
que
COFIDE
como
banco
de
2
piso
no
tena
la
estructura
para
poder
afrontar
el
inicio
de
dichos
procesos
judiciales
por lo
que
a
partir
del
aæo
2001
se
nos
encarg
iniaar
accones
judiciales
de
cobranza
Asimismo
dado
que
su
contrato
de
defensa
legal
vigente
a
dicha
fecha
no
contemplaba
la
posibilidad
de
iniciar
acciones
de
cobranza
judicial
todos
los
procesos
judiciales
que
iniciamos
entre
el
2001
y
marzo
de
2004
y
en
los
cuales
se
recuper
dinero
y
se
le
entreg
a
COFIDE
el
ESTUDIO
no
pudo
cobro
ninguna
suma
de
dinero
por
dicho
recupero
dado
que
no
tenamos
contrato
alguno
que
nos
permiÆera
cobrar
un
honorario
En
el
transcurso
de
esos
03
aæos
yfraccin
de
meses
que
nos
enco
ad
honorem
de
patrocinar
procesos
judiciales
de
cobranza
de
COFIDE
adquirimos
el
w
how
necesario
para
patrocinar
estos
procesos
Las
cobranzas
judiciales
que
iniciamos
por
COFIDE
durante
este
lapso
de
ti
no
eran
las
c
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