Laudo del Tribunal de Arbitraje (Autoridad nacional del agua -ministerio de agricultura), 31-10-2012

Ruc20520711865
Fecha31 Octubre 2012
PartesAUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA -MINISTERIO DE AGRICULTURA vs CESEL S.A.
Tipo de procesoAD HOC
MateriaMaterias Controvertidas;Pago
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..
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LAUDO ARBITRAL
LAUDO ARBITRAL DE DERECHO DICTADO EN EL ARBITRAJE SEGUIDO POR CESEL S.A.
CONTRA LA AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA, ANTE EL ÁRBITRO ÚNICO, DOCTOR
CARLOS RUSKA MAGUIÑA.
.
.
RESOLUCiÓN 9
Lima. 31 de octubre del año 2012
VISTOS:
1. LAS PARTES.El CONTRATO Y LA EXISTENCIA DE CONVENIO ARBITRAL
El dio 6 de noviembre de 2009. la empresa CESEL
SA
(en adelante, CESEL)y la
AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA-MINISTERIO DE AGRICULTURA (en adelante,
ENTIDAD)suscribieron el Contrato del Estudio de Impacto Ambiental de la Represa
Angostura y la Gestión Ambiental Nivel Definitivo 0178-2009-ANA-OA-ULCP (en
adelante. CONTRATO).
En la cláusula Décimo Séptima del mencionado contrato, se estipuló que cualquiera
de las partes tenia derecho a inidar arbitraje, con el propósito de resolver las
controversias que se presenten durante la ejecución contractual.
11. MARCO LEGAL APLICABLE
El marco legal aplicable al presente arbitraje es el Decreto Legislativo 1017, Ley de
Contrataciones del Estado y su Reglamento. aprobado por Decreto Supremo W 184-
2008-EFYsus modificatorias.
Asimismo, resulta también aplicable la Ley de Arbitraje, aprobada mediante Decreto
Legislativo 1071 (en adelante, LEYDEARBITRAJE).
11I. INSTALACiÓN DEL ARBITRAJE
El 17 de octubre de 2011 se realizó la audiencia de instalación del Árbitro Único,
doctor Carlos Ruska Maguiña, quiel'\ declaró haber sido debidamente designado de
acuerdo a ley y al convenio arbitral celebrado, ratificando su aceptación al cargo y
señalando que no tenia ninguna incompatibilidad ni compromiso alguno con las
partes, obligándose a desempeñar con imparcialidad y probidad la labor
encomendada.
CAllE RAMÓN RibEYRO
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OficiNA
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242.mo /241. 9Jl
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CASO ARBITRAL
CESU S.A.-
AUTORIDAD
NACIONAL DEl
AGEt
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Se deja constancia que ninguna de las partes impugnó o reclamó contra el
contenido de la referida Acta de Instalación, por el contrario, fue suscrita en señal de
conformidad.
IV. DEMANDA PRESENTADA POR CESEL
Mediante escrito ingresado el día 28 de octubre de 2011, CESELinterpuso demanda
arbitral, en la que pretende lo sigule"nte:
Pretensión principal:
Se ordene el pago a favor de CESELpor servicios contractuales prestados, aprobados,
y cuyas facturas -tres- no han sido canceladas, las cuales ascienden a un monto de
SI.
191,359.98(Ciento noventa y un mil trescientos cincuenta y nueve y 98/100 Nuevos
SOles).
Pretensión accesoria a la pretensión principal:
Se ordene el pago de los intereses legales que se han devengado desde cada
oportunidad de incumplimiento.
4.1 FUNDAMENTOS DE HECHO
1.
Con fecha 6 de noviembre"de 2009, se suscribió el CONTRATOentre CESELy la
ENTIDAD,como resultado de la adjudicación de la buena pro del Proceso de
Seiección bajo el ámbito del Decreto de Urgencia ND078-09 - Adjudicación de
Menor Cuantía W 18-09-ANA, derivada dei Concurso Público W 06-09-ANA,
para la contratación del servicio de
"Estudio de Impacto
Ambiental
de
la
Represa Angostura y
la
gestión
Ambiental
a Nivel Definitivo", estabieciéndose
un plazo de noventa (90) días calendario y financiado con recursos
directamente recaudados en el monto establecido en la cláusula tercera del
CONTRATO.
2.
Elsistema de contratación empleado era el de suma alzada. Adicionalmente,
manifiesta CESELque el plazo contractual fue materia definida por la ENTIDAD,
quien dispuso que el vencimiento del CONTRATOoperaba el 24 de febrero de
2010, fecha de la cual CESELse reserva el derecho de cuestionar en caso que
en la liquidación existiese algún tema relacionado con el plazo.
Con fecha 30 de noviembre de 2009 se suscribió la Adenda al Convenio por
Encargo celebrado entre
-E!i
GoDierno Regional de Arequipa, el Gobierno
Regional del Cuzco y la ENTIDADel 13 de mayo de 2009, por medio del cual
acordaron modificar determinadas cláusulas del mencionado Convenio por
Encargo, dentro de las que a criterio de CESELse destacan la tercera, cuarta y
séptima cláusula, que han sido citadas en su escrito de demanda.
3.
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CASO ARBITRAL
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