Laudo del Tribunal de Arbitraje (Proyecto especial de afianzamiento y ampliación de los recursos hidricos de tacna), 17-09-2012

Sentido del falloEl laudo no precisa designación de los árbitros designados por las partes, así como el proceso de selección.
Ruc20170639520
PartesPROYECTO ESPECIAL DE AFIANZAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE LOS RECURSOS HIDRICOS DE TACNA vs C & C S.A.C
Fecha17 Septiembre 2012
Tipo de procesoAD HOC
MateriaMaterias Controvertidas;Indemnización por daños y perjuicios;Liquidación
..
.'
Contrato No. 083-2009-GRT-PET
LAUDO ARBITRAL
(COMPLEMENTARIO Y FINAL)
RESOLUCIÓN NÚMERO CUARENTA Y DOS
Lima, 17 de Setiembre de 2012
1.- PARTES DEL PROCESO
DEMANDANTE: C
&
C S.A.C
DEMANDADO: PROYECTO ESPECIAL DE AFIANZAMIENTO Y
AMPLIACIÓN DE LOS RECURSOS HIDRICOS DE TACNA - PET
U.-MIEMBROS DEL TRIBUNAL ARBITRAL
Dr. Víctor Wenceslao Palomino Ramírez, Presidente
Dra. Ana Beatriz Franco Alzamora, Árbitro
Dra. Ada Gabriela Anaya Ramírez, Árbitro
Bachiller Jessica Lourdes Palomino Torres, Secretaria Arbitral
IlI.- SEDE DEL TRIBUNAL ARBITRAL
Calle Parque José de la Puente y Olavegoya No. 115, Oficina No. 102-A,
Distrito de Pueblo Libre.
IV.- VISTOS
ANTECEDENTES
4.1.- Las partes suscribieron el Contrato 083-2009-GRT-PET, de fecha 29
de diciembre del 2009, siendo el objeto del mismo, que el Contratista se
1
7~
'.
obligue a brindar la provisión de 04 Camionetas Baranda de 04 toneladas, para
la Meta: 00102 " Adquisición de Maquinaria Y Equipo Fortalecimiento Unidad"
del Proyecto EspecialTacna.
4.2.- De acuerdo con el Acta de fecha 19 de agosto del 2010, el Tribunal
Arbitral procedió a instalarse, en presencia del Presidente, los árbitros y la
parte demandada representada por la Procuradora pública Adjunta, sin la
presencia de la empresa demandante.
4.3.- En dicho acto se establecieron -entre otras- las normas aplicables y las
reglas del proceso. Además de las normas como la Ley de Contrataciones del
estado aprobado por mediante Decreto Legislativo
NO
1017, Y su Reglamento
aprobado por el Decreto Supremo
N0
184-2008-EF, también son aplicables
otras normas supletorias.
4.4.- Con fecha 10 de enero del 2012, se emitió el Laudo Parcial, la misma ha
quedado consentida por las partes, en dicho Laudo Parcial el Tribunal Arbitral,
se pronunció sobre los puntos controvertidos primero, segundo, tercero, Y
cuarto de la demanda Y primero de la reconvención, dejando pendientes de
resolver con posterioridad los puntos controvertidos quinto y sexto de la
demanda Y segundo de la reconvención, que son materia del presente
pronunciamiento.
4.5.- Asimismo, durante el desarrollo del proceso arbitral las partes han hecho
uso pleno de su defensa, resolviéndose cada cuestión planteada, Y estando
para emitir el Laudo Arbitral ( Complementario Y Final ), las partes deben
respetar su Convenio Arbitral pasmado en el Contrato antes indicado Cláusula
Décimo Tercera último párrafo que establece: " El Laudo Arbitral emitido es
vinculante para las partes y pondrá fin al procedimiento de manera definitiva,
siendo el laudo inapelable ante el Poder Judicial o ante cualquier instancia
administrativa ...".
al
2

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR