Juzgados de paz letrados. 2278902-1

Fecha de publicación16 Abril 2024
SecciónOtros
EDICTO JUDICIAL.- El señor juez del juzgado de paz de Francisco Bolognesi del distrito de Cayma, FREDY
SUCAPUCA MACHACA, en el expediente N° 06-2023-JP/FB/C sobre ejecución de acta de conciliación se-
guido por doña SONIA YASMINA SERRANO LOPEZ en contra de GARY WERNER MENDOZA CHORO-
BEKI ha expedido las siguientes resoluciones: Resolución N° 01, de fecha tres de mayo del dos mil veintitrés
que RESUELVE: PRIMERO.- ADMITIR a trámite mediante el procedimiento judicial para la ejecución for-
zada de actas de conciliación y sentencias señalado en la Ley de Justicia de Paz, la demanda interpuesta por
doña SONIA YASMINA SERRANO LOPEZ sobre EJECUCION DE ACTA DE CONCILIACION en contra
de don GARY WERNER MENDOZA CHOROBEKI y SE DISPONE: PRIMERO.- Que se realice la respec-
tiva liquidación de pensiones devengadas con intereses legales por el monto de SEISCIENTOS CON 00/100
soles mensuales del periodo comprendido desde el dos de agosto del dos mil quince hasta el dos de enero del
dos mil veintitrés, conforme a lo señalado en el acta de conciliación. SEGUNDO.- Que una vez realizada la
respectiva liquidación de pensiones devengadas se ponga en conocimiento de las partes para su respectivo
pronunciamiento y se requiera al obligado el pago respectivo. Téngase por ofrecido los medios probatorios
presentados, agréguese a sus antecedentes los anexos adjuntados a la presente ejecución. TÓMESE RAZÓN Y
HÁGASE SABER. Resolución Nro. 02, de fecha cinco de mayo del dos mil veintitrés que RESUELVE: PRI-
MERO.- NOTIFICAR a las partes la respectiva liquidación de pensiones devengadas con intereses legales
para su respectivo pronunciamiento. SEGUNDO.- REQUERIR al obligado GARY WERNER MENDOZA
CHOROBEKI para que dentro del plazo de cinco días de ser noticado: a) Cumpla con su obligación princi-
pal, pagando el monto de seiscientos soles mensuales por concepto de pensión de alimentos a favor de su me-
nor hijo. b) Cumpla con pagar a favor de su menor hijo debidamente representado debidamente representado
por la ejecutante la liquidación de pensiones devengadas con intereses legales por la suma de CUARENTA Y
CUATRO MIL TRESCIENTOS SESENTA CON 59/100 SOLES (de acuerdo a la liquidación practicada) todo
eso BAJO APERCIBIMIENTO DE INICIARSE LA EJECUCION FORZADA en caso de incumplimiento.
TERCERO.- Establecer que el obligado dentro del mismo plazo establecido de cinco días podrá formular su
contradicción a la presente ejecución presentado los medios probatorios pertinentes. TÓMESE RAZÓN Y
HÁGASE SABER. Para lo cual se dispone la publicación respectiva resolución.- Fredy Sucapuca Machaca.-
juez de paz de Francisco Bolognesi.- Arequipa 11 de marzo del 2024.-

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