Juzgados de paz letrados. 2210889-1

Fecha de publicación05 Septiembre 2023
SecciónOtros
REFERENCIA: EXP. 039- 2023 -0-1102-JP-CI-O1. SECRETARIO: YONATAN E. AGUILAR CUBA. EDIC-
TO CIVIL: ADMITIR a trámite la solicitud interpuesta por AMANCIO AGUILAR HINOJOSA, sobre
SUCESION INTESTADA, de quien en vida fuera su padre GAVINO AGUILAR PEREZ, quien tuvo como su
último domicilio según el solicitante en la en el distrito y provincia de Acobamba — Huancavelica, y quien
falleciera el día catorce de mayo de mil novecientos sesenta y nueve, en el distrito y provincia de Acobamba
- Huancavelica, conforme se aprecia del Acta de Defunción que obra a folios 04, sin haber otorgado testa-
mento, a n de que se declare como único herederos legal al recurrente Amancio Aguilar Hinojosa; trami-
tándose en la vía del Proceso NO CONTENCIOSO. TENER por ofrecidos los medios probatorios que indica.
CURSAR los partes a la Ocina Registral de Huancavelica para la Anotación Preventiva de la solicitud en el
Registro de Sucesión Intestada. REQUIERASE: a la parte solicitante, a n de que a la brevedad posible adjun-
te la declaración jurada legalizada de que no existe otros herederos o que no está excluyendo a otro heredero
de quien en vida fue Gavino Aguilar Pérez. Notifíquese. -

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