Juzgados especializados. 2245469-1

Fecha de publicación21 Diciembre 2023
SecciónOtros
JUZGADO CIVIL - SEDE CHUPACA.- EXPEDIENTE: 00280-2023-0-1512-JR-CI-01.- MATERIA: NU-
LIDAD DE ACTO JURIDICO.- EDICTO.- JUEZ: LUQUE PINTO JORGE RENE.- ESPECIALISTA: YU-
PANQUI DE LA CRUZ JOSE ANTONIO.- RESOLUCION NRO. DOS.- Chupaca, cinco de abril año dos
mil veintitrés.- VISTOS: (...); Y CONSIDERANDO: Primero: (...); Segundo: (...), por lo que SE RESUELVE:
1) Admitir en la vía procedimental del PROCESO DE CONOCIMIENTO, la demanda de nulidad de acto
jurídico y del documento que lo contiene, por las causales previstas en los inciso 1, 4 y 8 del artículo 219 del
Código Civil, demanda interpuesta por LUCIO JOSÉ ARAUCO SANCHEZ en contra de VIRGILIO EUSE-
BIO ARAUCO SÁNCHEZ, BENEDICTA JULIA GARCÍA CAMPIÁN, POLINAR TEÓFILO CAMPEAN
TOPALAYA y la SUCESION DE JULIA PLACIDA SÁNCHEZ BALTAZAR DE ARAUCO, en consecuen-
cia, SE DISPONE correr traslado de la demanda a la parte demandada por el plazo de treinta días para su
absolución, téngase por ofrecidos los medios probatorios indicados, agréguese a sus antecedentes los docu-
mentos anexados a la demanda y escrito de subsanación. En cuanto a la SUCESION DE JULIA PLÁCIDA
SÁNCHEZ BALTAZAR DE ARAUDO, se dispone que se notique por EDICTOS por el plazo especial de
emplazamiento de 90 días, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal, publicaciones que deberán
realizarse conforme a los artículos 165, 167 y 168 del Código Procesal Civil. 2) (...). H.S.- Abog. JOSE ANTO-
NIO YUPANQUI DE LA CRUZ Secretario Judicial Juzgado Especializado Civil de Chupaca Corte Superior
de Justicia de Junín.-

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