Juzgados especializados. 2245303-1

Fecha de publicación21 Diciembre 2023
SecciónOtros
EDICTO JUDICIAL.- Por ante el Segundo Juzgado Civil de Puno, a cargo de la Juez Martha Irene Aguilar
Castillo y la Secretaria Judicial que autoriza, hace saber que en el expediente N° 698-2019-0-2101-JM-CI-02,
seguido por Mery Eulogia Ramírez Cayo, en contra de Roberto Ricardo Flores Ramirez. Ha expedido la re-
solución N° 02-2022, se transcribe para su publicación en la parte pertinente. SE RESUELVE: 1) INTEGRAR
a la resolución número dos (auto admisorio de demanda) en el extremo de su parte resolutiva, numeral 1),
debiendo quedar como sigue: “(...) SE RESUELVE: 1.- ADMITIR a trámite la demanda sobre PRESCRIP-
CIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, interpuesto por MERY EULOGIA RAMÍREZ CAYO, teniendo como
pretensión objetiva originaria principal: Interpongo demanda de prescripción adquisitiva de dominio del
bien inmueble ubicado en la Av. La Torre N° 580 - A y Pasaje Hipólito Unanue N° 181 Interior O9 de esta
ciudad de Puno, para que se declare judicialmente la adquisición de la propiedad de la recurrente con la
ubicación, medidas y áreas correspondientes, por contar con justo título y posesión de buena fe, continua,
pacíca y pública como propietaria durante más de 05 años, dirigida en contra de Roberto Ricardo Flores
Ramírez, CON EMPLAZAMIENTO a los colindantes: 1) MARCO ANTONIO RAMÍREZ CAYO, 2) AL-
FREDO AMADOR PINEDA APAZA 3) ROBERTO RICARDO FLORES RAMÍREZ y 4) JULIO EDUARDO
QUISPE CALLA(…)”, 2) CORREGIR: la resolución numero dos (auto admisorio de demanda) en el extre-
mo de su parte resolutiva, numeral 4), debiendo quedar como sigue: “(...) 4. PUBLÍQUESE el extracto de la
demanda por tres veces, en la forma prevista en los artículos 167 y 168 de la norma adjetiva civil, la misma
que deberá realizarse en el portal web ocial de Poder Judicial, en el diario ocial El Peruano y el diario
judicial Sin Fronteras de Puno. 3) REQUERIR a la parte demandante cumpla en el plazo de TRES DÍAS con
presentar CUATRO (04) juegos de copias de demanda con sus anexos y escrito de subsanación de demanda y
resolución dos, para la noticación de los colindantes y cumpla con presentar la tasa judicial por derecho de
noticación por edicto judicial electrónico, bajo apercibimiento, de imponérsele MULTA ascendente a Una
Unidad de Referencia Procesal, en caso de incumplimiento. HÁGASE SABER. Interviene el secretario judi-
cial que suscribe, por disposición superior.- Jusely Elma Zarate Pacovilca.- SECRETARIA JUDICIAL.-

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR