Juzgados especializados. 2212896-1

Fecha de publicación11 Septiembre 2023
SecciónOtros
EDICTO JUDICIAL: La Magistrado del Juzgado Civil de Acobamba de la Corte Superior de Justicia de
Huancavelica, Pilar Huamán Baldeon, en el Exp. N° 0592-2023-0-1102-JR-CI-01, mediante Resolución
Número dos de fecha 24 de agosto de 2023, resolvió ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por Juan
Virgilio Dávila Salvatierra, Marciana Dávila Salvatierra, Victor Dávila Salvatierra, Julia Dávila Salvatierra y
Martha Dávila Salvatierra sobre acumulación objetiva originaria accesoria: a).- Pretensión Principal: Interpo-
ne prescripción adquisitiva de dominio, solicitando a su despacho se declare a los recurrentes demandantes
propietarios por prescripción del bien inmueble urbano, ubicado en la calle precursores (CA 11) S/N MAN-
ZANA 01049, LOTE 7, del distrito y provincia de Acobamba, departamento de Huancavelica, de un área total
de 2,958.95 M2. b).- Pretensión Accesorios: Para que con efecto de la declaratoria de propiedad del predio
sub litis, se ordene la inscripción de la propiedad sub litis a nuestro favor en el Registro de Propiedad In-
mueble de la Ocina Registral de Huancavelica – Zona Registral N° VIII- Sede Huancayo, Demanda dirigida
contra: La Sucesión de Que en Vida Fueron Teólo Dávila Pucllas e Isabel Salvatierra Ichpas, conformado
por los suscritos Juan Virgilio Dávila Salvatierra, Marciana Dávila Salvatierra, Victor Dávila Salvatierra, Julia
Dávila Salvatierra y Martha Dávila Salvatierra, por lo cual no pudiendo ser demandantes y demandados a la
vez, y de conformidad al artículo 61 y 168 del Código Procesal Civil solicita se nombre un curador procesal.
TRAMÍTESE la presente demanda en la VIA DEL PROCESO ABREVIADO, DISPONER la publicación por
edictos el extracto de la presente resolución en el diario ocial “El Peruano” y el Diario Regional de mayor
circulación “Correo, así por radiodifusión, conforme a lo ordenado por los artículos 167°, 168°, 169° y 506°
del Código Procesal Civil. Acobamba, 29 de agosto de 2023. EDELMIRA NALVARTE RUIZ SECRETARIA
JUDICIAL JUZGADO CIVIL DE ACOBAMBA Corte Superior de Justicia de Huancavelica.-

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