Juzgados especializados. 2208638-1

Fecha de publicación28 Agosto 2023
SecciónOtros
EDICTO JUDICIAL.- POR ANTE EL JUZGADO MIXTO DE LA PROVINCIA DE YUNGUYO, A CAR-
GO DEL SEÑOR JUEZ JUAN MANUEL FLORES SANCHEZ, CON LA ACTUACIÓN DEL SECRETARIO
JUDICIAL JEFFREY LUIS YUCRA ZANTALLA, EXPEDIENTE 0173-2023-0-2113-JM-FC-01, HA EMITI-
DO LA RESOLUCION N° 01 CUYO EXTRACTO DE LA PARTE RESOLUTIVA ES EL SIGUIENTE: “SE
RESUELVE: PRIMERO: ADMITIR a trámite la solicitud incoada por VICTOR CACHICATARI QUISPE Y
GENIA ALANOCA ALMENDRE, sobre ADOPCIÓN DE PERSONA MAYOR DE EDAD, teniendo como:
PRETENSIÓN PRINCIPAL.- De manera clara y concreta solicitamos la adopción de Romario Huanca Cachi-
catari, mayor de edad con capacidad de ejercicio, a n de que sea declarada hijo adoptivo de los recurrentes.
PRIMERA PRETENSION ACCESORIA OBJETIVA ORIGINARIA- se disponga que la persona de Romario
Huanca Cachicatari en adelante leve el nombre de Romario Cachicatari Alanoca y teniendo como padres al
adoptante Victor Cachicatari Quispe y su madre a la recurrente Genia Alanoca Almendre SEGUNDA PRE-
TENSIÓN ACCESORIA OBJETIVA ORIGINARIA- Que en su oportunidad, se ocie a la municipalidad del
centro poblado de Villa Queñuani, en donde se tiene inscrita el acta de nacimiento de Romario Huanca Ca-
chicatari para que extienda la nueva partida o acta de nacimiento en su sustitución. Por ofrecido los medios
probatorios y agréguese a los autos los anexos presentados. SEGUNDO: Tramitese la presente demanda por
la via procedimental correspondiente al proceso NO CONTENCIOSO. TERCERO: SEÑALESE fecha y hora
para la Audiencia de Actuación y Declaración Judicial la misma que se realizara en forma VIRTUAL el día lu-
nes CUATRO DE SEPTIEMBRE del año dos mil veintitrés a horas 11:00 am, debiendo unirse a Google Meet
al enlace de la video llamada: https://meet.google.com/kie-mrob-ayt cinco minutos antes de la audiencia;
bajo apercibimiento en caso de inasistencia de darse por concluido el proceso y disponerse su archivamiento.
CUARTO: Realícese las publicaciones de los edictos en la forma prevista por el artículo 828 del Código Pro-
cesal Civil, debiendo agregarse al expediente el primer y último ejemplar en el plazo previsto por ley.- Hágase
Saber.- YUNGUYO, 22 DE AGOSTO DE 2023.- JEFFREY LUIS YUCRA ZANTALLA.- Secretario Judicial.-
Módulo Básico de Justicia de Yunguyo.- PODER JUDICIAL.-

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