RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 015-2009-CE-PJ - Crean Juzgado de Paz en el Sector Alto Salaverry del Distrito Judicial de La Libertad

Fecha de disposición06 Marzo 2009
Fecha de publicación06 Marzo 2009
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 6 de marzo de 2009 391907
CONSIDERANDO:
Primero: Que, el Presidente (e) de la Corte Superior
de Justicia de Junín remite a este Órgano de Gobierno
propuesta de creación de un Juzgado de Paz en el Centro
Poblado San Juan de La Libertad, Distrito de Huasahuasi,
Provincia de Tarma y Departamento de Junín, presentada
por autoridades y pobladores de la referida circunscripción;
Segundo: Que, la solicitud se fundamenta en tener
población aproximada de 1,760 habitantes, conjuntamente
con los Caseríos Santa Clara, Cayán, Chullushcancha
y Ogobamba; así como en la necesidad de contar
con una autoridad judicial, teniendo en cuenta que el
Juzgado de Paz más próximo se encuentra ubicado a
15 kilómetros de distancia por camino sinuoso, lo que
representa que los pobladores tengan que trasladarse
durante aproximadamente una hora en camioneta rural;
lo cual signif‌i ca gasto excesivamente oneroso en tiempo y
dinero considerando las dif‌i cultades económicas de dicha
población; por cuya razón no tienen acceso a un oportuno
servicio de administración de justicia;
Tercero: Que, el Informe N° 128-2008-SEP-GP-GG-PJ,
de la Gerencia General de Poder Judicial, concluye que es
factible la creación del Juzgado de Paz en el Centro Poblado
San Juan de La Libertad, Distrito de Huasahuasi, Provincia
de Tarma y Departamento de Junín; asimismo, en dicho
informe aparecen los límites geográf‌i cos del mencionado
órgano jurisdiccional;
Cuarto: Que, por el número de habitantes de la
comunidad a los que benef‌i ciaría el Juzgado de Paz, entre
los que se presentan conf‌l ictos de naturaleza civil, penal,
familiar, laboral y notarial; y siendo objetivo principal de
este Poder del Estado administrar justicia en forma rápida y
ef‌i caz, resulta procedente la petición que se formula;
Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder
Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo
establecido en el artículo 82°, numeral 24, del Texto Único
Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión
ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe de la
señorita Consejera Sonia Torre Muñoz, sin la intervención
de los señores Consejeros Wálter Cotrina Miñano y
Enrique Rodas Ramírez por encontrarse de licencia, por
unanimidad;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Centro
Poblado San Juan de La Libertad, con competencia además
en los Caseríos Santa Clara, Cayán, Chullushcancha y
Ogobamba; Distrito de Huasahuasi, Provincia de Tarma,
Departamento y Distrito Judicial de Junín.
Artículo Segundo.- Los límites geográf‌i cos del Juzgado
de Paz son los que aparecen descritos en el informe de
la Gerencia General de Poder Judicial, que en documento
anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución
al Presidente del Poder Judicial, Of‌i cina de Control de la
Magistratura del Poder Judicial, Of‌i cina Nacional de Apoyo
a la Justicia de Paz, Presidencia de la Corte Superior
de Justicia de Junín, y a la Gerencia General del Poder
Judicial, para su conocimiento y f‌i nes consiguientes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
SS.
JAVIER VILLA STEIN
ANTONIO PAJARES PAREDES
JAVIER ROMÁN SANTISTEBAN
SONIA TORRE MUÑOZ
319690-1
Crean Juzgado de Paz en el Sector Alto
Salaverry del Distrito Judicial de La
Libertad
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 015-2009-CE-PJ
Lima, 16 de enero de 2009
VISTOS:
El Of‌i cio N° 1882-2008-P-CSJLL/PJ, cursado por el
Presidente de la Corte Superior de Justicia de La Libertad,
y el Informe N° 169-2008-SEP-GP-GG-PJ, remitido por la
Gerencia General del Poder Judicial, y;
CONSIDERANDO:
Primero: Que, el Presidente de la Corte Superior
de Justicia de La Libertad remite a este Órgano de
Gobierno propuesta de creación de un Juzgado de
Paz en el Sector Alto Salaverry, Distrito de Salaverry,
Provincia de Trujillo y Departamento de La Libertad,
presentada por autoridades y pobladores de la referida
circunscripción;
Segundo: Que, la solicitud se fundamenta en tener
población aproximada de 4,680 habitantes; así como
en la necesidad de contar con una autoridad judicial,
teniendo en cuenta que el Juzgado de Paz más próximo
se encuentra ubicado a 7 kilómetros de distancia, lo que
representa que los pobladores tengan que trasladarse
durante aproximadamente 40 minutos en vehículo de
transporte público; lo cual significa gasto excesivamente
oneroso en tiempo y dinero considerando las dificultades
económicas de dicha población; por cuya razón no
tienen acceso a un oportuno servicio de administración
de justicia;
Tercero: Que, el Informe N° 169-2008-SEP-GP-GG-
PJ, de la Gerencia General de Poder Judicial, concluye
que es factible la creación del Juzgado de Paz en el
Sector Alto Salaverry, Distrito de Salaverry, Provincia
de Trujillo y Departamento de La Libertad; asimismo,
en dicho informe aparecen los límites geográficos del
mencionado órgano jurisdiccional;
Cuarto: Que, por el número de habitantes de la
comunidad a los que beneficiaría el Juzgado de Paz,
entre los que se presentan conflictos de naturaleza
civil, penal, familiar, laboral y notarial; y siendo objetivo
principal de este Poder del Estado administrar justicia
en forma rápida y eficaz, resulta procedente la petición
que se formula;
Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del
Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo
a lo establecido en el artículo 82°, numeral 24, del Texto
Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial,
en sesión ordinaria de la fecha, de conformidad con
el informe de fojas 39 a 41, sin la intervención de los
señores Consejeros Wálter Cotrina Miñano y Enrique
Rodas Ramírez por encontrarse de licencia, por
unanimidad;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el
Sector Alto Salaverry, Distrito de Salaverry, Provincia
de Trujillo, Departamento y Distrito Judicial de La
Libertad.
Artículo Segundo.- Los límites geográficos del
Juzgado de Paz son los que aparecen descritos en
el informe de la Gerencia General de Poder Judicial,
que en documento anexo forma parte integrante de la
presente resolución.
Artículo Tercero.- Transcríbase la presente
resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de
Control de la Magistratura del Poder Judicial, Oficina
Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Presidencia
de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, y
a la Gerencia General del Poder Judicial, para su
conocimiento y fines consiguientes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
SS.
JAVIER VILLA STEIN
ANTONIO PAJARES PAREDES
JAVIER ROMÁN SANTISTEBAN
SONIA TORRE MUÑOZ
319690-2
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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