RESOLUCION SUPREMA N° 104-2014-JUS - Acceden a solicitud de extradición activa de ciudadano colombiano y disponen su presentación por vía diplomática al Reino de España

EmisorJUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Fecha de la disposición23 de Mayo de 2014
El Peruano
Viernes 23 de mayo de 2014
523742
de aeropuerto que ocasione el viaje a que se hace
referencia en el artículo precedente se efectuarán con
cargo a la Unidad Ejecutora 026-Dirección Ejecutiva
de Investigación Criminal y Apoyo a la Justicia de
la Policía Nacional del Perú, de acuerdo al detalle
siguiente:
Importe Días Pers. T/C Total S/.
Viáticos US$ 540.00 5 X 1 = 2,700.00 X 2.809 7,584.30
Pasajes
aéreos US$ 1,952.00 X 1 = 1,952.00 X 2.809 5,483.17
13,067.47
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario
de efectuado el viaje, el personal policial designado para
la comisión del servicio, deberá presentar ante el titular
del sector un informe detallado, describiendo las acciones
realizadas y los resultados obtenidos; así como la
rendición de cuentas debidamente documentada por los
viáticos y pasajes asignados.
Artículo 4.- La presente resolución suprema no
dará derecho a exoneración o liberación del pago de
impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase
o denominación.
Artículo 5.- La presente resolución suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
por el Ministro del Interior.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
RENÉ CORNEJO DÍAZ
Presidente del Consejo de Ministros
WALTER ALBÁN PERALTA
Ministro del Interior
1086893-6
JUSTICIA Y DERECHOS
HUMANOS
Acceden a solicitud de extradición
activa de ciudadano colombiano y
disponen su presentación por vía
diplomática al Reino de España
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 104-2014-JUS
Lima, 22 de mayo de 2014
VISTO; el Informe de la Comisión Of‌i cial de
Extradiciones y Traslado de Condenados N.º 081-2014/
COE-TC, del 21 de mayo de 2014, sobre la solicitud de
extradición activa al Reino de España del ciudadano
colombiano JOSÉ LEONIDAS BEDOYA JIMÉNEZ,
formulada por la Primera Sala Penal de la Corte Superior
de Justicia del Callao;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral
5 del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley
Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto
Supremo N.º 017-93-JUS, las Salas Penales conocen las
solicitudes de extradiciones activas y pasivas;
Que, en mérito a estas atribuciones conferidas, la
Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia
de la República, mediante Resolución Consultiva de
fecha 08 de mayo de 2014, declaró procedente la
solicitud de extradición activa al Reino de España,
del ciudadano colombiano JOSÉ LEONIDAS BEDOYA
JIMÉNEZ, para ser procesado por la presunta comisión
del delito contra la Salud Pública - Tráf‌i co Ilícito de
Drogas agravado, en agravio del Estado peruano
(Expediente N.º 60-2014);
Que, el literal a) del artículo 28º del Decreto Supremo
Nº 016-2006-JUS, establece que la Comisión Of‌i cial de
Extradiciones y Traslado de Condenados tiene como una
de sus facultades proponer al Consejo de Ministros, a
través del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, que
se acceda o no al pedido de extradición activa formulado
por el órgano jurisdiccional competente;
Que, la Comisión Of‌i cial de Extradiciones y Traslado
de Condenados ha emitido la opinión correspondiente
mediante el Informe Nº 081-2014/COE-TC, del 21 de
mayo de 2014, en el sentido de acceder a la solicitud de
extradición;
Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del
artículo 514º del Código Procesal Penal, promulgado por
el Decreto Legislativo N.º 957, corresponde al Gobierno
decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución
Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros,
previo informe de la referida Comisión Of‌i cial;
De conformidad con el Tratado de Extradición entre la
República del Perú y el Reino de España, suscrito en la
ciudad de Madrid el 28 de junio de 1989; y su Enmienda,
ratif‌i cada por Decreto Supremo N.º 70-2011-RE, del 02
de junio de 2011, vigente desde el 09 de julio de 2011,
que eleva de 60 días a 80 días el plazo para presentar el
cuaderno de extradición;
En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del
artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y,
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Acceder a la solicitud de extradición
activa del ciudadano colombiano JOSÉ LEONIDAS
BEDOYA JIMÉNEZ, formulada por la Primera Sala Penal
de la Corte Superior de Justicia del Callao y declarada
procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte
Suprema de Justicia de la República, para ser procesado
por la presunta comisión del delito contra la Salud Pública
- Tráf‌i co Ilícito de Drogas agravado, en agravio del Estado
peruano; y disponer su presentación por vía diplomática al
Reino de España, de conformidad con el Tratado vigente
y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables
al caso.
Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos
y por la Ministra de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas
Encargado del Despacho del Ministerio de
Relaciones Exteriores
DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
1086894-1
MUJER Y POBLACIONES
VULNERABLES
Designan representantes titular y
alterno del MIMP ante la “Comisión
Año Internacional de la Agricultura
Familiar 2014” (AIAF)
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 162-2014-MIMP
Lima, 22 de mayo de 2014
VISTO:
El Memorando 103-2014-MIMP/DVMPV del
Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables del
Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables;

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