1067 202-MJM - Otorgan beneficio especial a favor de personas naturales o jurídicas que tengan pendiente el cumplimiento de obligaciones tributarias

Fecha de publicación05 Septiembre 2006
Fecha de disposición05 Septiembre 2006
NORMAS LEGALES
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327422 El Peruano
martes 5 de setiembre de 2006
ANEXO 03
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESUS MARIA
ESTIMACIÓN DE INGRESOS Y TASA A COBRAR POR EL SERVICIO DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR
ORDENANZA 2006
HORARIO: De 09:00 a.m. - 09:00 p.m.
PERÍODO: Anual
(A) (B) (C ) 1/ (D)=(A)*(B)*( C)
Nº de espacios fisics Nº de horas al día que se Nº de fracciones por cada Cantidad de espacios potenciales
disponibles presta el servicio 30 min. en una hora
1,255 12 2 30,120
(D) 2/ (E) (G)=(D)*(E)
Días Cantidad de espacios Porcentaje de uso de Cantidad de espacios
potenciales espacios por día usados efectivamente
Lunes 30,120 51% 15,361
Martes 51% 15,361
Miércoles 51% 15,361
Jueves 51% 15,361
Viernes 51% 15,361
Sábado 62% 18,674
(F) 3/ (H) 4/
Porcentaje de uso promedio Cantidad de espacios usados
en una semana efectivamente en una
semana por cada 30 min.
53% 95,480
(H) (I) (J) = (H) * (I) (K) 5/
Cantidad de espacios usados Nº de semanas en el Cantidad de espacios usados Costo total por la prestación del
efectivamente en una semana período efectivamente en el período servicio en el período
por cada 30 min. por cada 30 min
95,480 52 4,964,981 2,645,798.45
(L) = (K) / (J) (M) 6/ (J) (N) = (M) * (J)
Costo por cada espacio Tasa a cobrar por cada 30 Cantidad de espacios usados
en 30 min. min. efectivamente en el período Ingreso proyectado en el período
por cada 30 min
0.53 0.50 4,964,981 2,482,490.40
(N) (K) 5/ (Ñ) = (N) - (K) 7/ (O) = (N) / (K)
Ingreso proyectado en el Costo total por la prestación Ingreso-Costos Porcentaje de Cobertura
período del servicio en el período
2,482,490.40 2,645,798.45 -163,308.05 93.83%
1/ La cantidad de 2 fracciones es fija debido a que en una hora existen 2 fracciones de 30 minutos.
2/ La cantidad de espacios potenciales es la misma para todos los dias de la semana.
3/ El promedio de porcentaje de uso en una semana no debe ser menor a 50%.
4/ La cantidad (H) corresponde a la suma de los espacios usados efectivamente en una semana.
5/ El costo total de la prestación del servicio resulta de la estructura de costos que cada municipalidad elabora.
6/ La tasa a cobrar (M) debe ser menor o igual al costo por espacio en 30 min. (L).
7/ El resultado (Ñ) debe ser menor o igual a cero.
01232-1
Otorgan beneficio especial a favor de
personas naturales o jurídicas que
tengan pendiente el cumplimiento de
obligaciones tributarias
ORDENANZA Nº 202-MJM
Jesús María, 31 de agosto de 2006
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE
JESÚS MARÍA
POR CUANTO:
El Concejo Distrital de Jesús María en Sesión
Ordinaria de la fecha, visto el dictamen Nº 013-2006-MJM-
CPEP de la Comisión de Planificación, Economía y
Presupuesto; con el voto unánime de sus miembros, y
con dispensa del trámite de aprobación de Acta, ha dado
la siguiente:
ORDENANZA DE BENEFICIOS ESPECIALES
TRIBUTARIOS
Artículo 1º.- DENOMINACIÓN
Establézcase en la jurisdicción del distrito de Jesús
María un Régimen de Beneficio Especial de carácter
tributario a las personas naturales o jurídicas que tengan
pendiente el cumplimiento de una obligación tributaria.
Artículo 2º.- ALCANCE.- El Beneficio Especial
aprobado en el artículo precedente comprende:
A) Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines,
y Seguridad Ciudadana
a) Los Contribuyentes que adeuden todo o en parte
por concepto de Arbitrios Municipales del año 2002 podrán
pagar con el 20% de descuento del monto que resultará al
momento de cancelación en Caja, siempre que cancelen
el total del monto adeudado del mencionado ejercicio.
b) Los Contribuyentes que adeuden todo o en parte
los Arbitrios Municipales períodos 2003-2006 serán objeto

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