JURADO NACIONAL DE ELECCIONES RESOLUCION 0036-2015-JNE - Declaran la conformaciOn del Jurado Electoral Especial de Lima para la elecciOn de consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura por los miembros de los colegios de abogados del paIs para el periodo 2015 - 2020 y por los miembros de los colegios profesionales del paIs, distintos de los colegios de abogados. RESOLUCION 0036-2015-JNE

EmisorOrganos Autonomos
Fecha de la disposición11 de Febrero de 2015
El Peruano
Miércoles 11 de febrero de 2015 546543
JURADO NACIONAL
DE ELECCIONES
Declaran la conformación del Jurado
Electoral Especial de Lima para la
elección de consejeros del Consejo
Nacional de la Magistratura por los
miembros de los colegios de abogados
del país para el período 2015 - 2020
y por los miembros de los colegios
profesionales del país, distintos de los
colegios de abogados
RESOLUCIÓN Nº 0036-2015-JNE
Lima, seis de febrero de dos mil quince
VISTOS el Ocio Nº 07-2015-P-CSJLI/PJ, del presidente
de la Corte Superior de Justicia de Lima, recibido con fecha
20 de enero de 2015, mediante el cual comunica la elección
en Sala Plena de los jueces superiores designados como
presidente, titular y suplente, del Jurado Electoral Especial
de Lima; el Ocio Nº 130-2015-PJFSDFL-MP-FN, recibido
el 8 de enero de 2015, de la presidenta de la Junta de
Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, con el que
comunica la elección de los scales superiores designados
como primer miembro, titular y suplente, del Jurado Electoral
Especial de Lima; así como el acta de la audiencia pública
de fecha 3 de febrero de 2015, sobre la realización del
sorteo para la designación del ciudadano que ejercerá
como segundo miembro del Jurado Electoral Especial de
Lima, que funcionará para la elección de los consejeros del
Consejo Nacional de la Magistratura, titular y suplente, por
los miembros de los colegios de abogados del país para el
periodo 2015-2020, y para la elección de los consejeros del
Consejo Nacional de la Magistratura, por los miembros de los
colegios profesionales del país, distintos de los colegios de
abogados; y asimismo, el Memorando Nº 053-2015-DCGI/
JNE, de fecha 3 de febrero de 2015, del Director Central de
Gestión Institucional del Jurado Nacional de Elecciones, con
el que informa sobre la instalación de las mesas de partes
en las capitales de departamentos del país, en el marco del
referido proceso electoral.
ANTECEDENTES
El artículo 19 de la Ley Nº 26397, Ley Orgánica del Consejo
Nacional de la Magistratura, establece que la convocatoria y
organización del proceso de elección de los miembros del
Consejo Nacional de la Magistratura que corresponde elegir a
los gremios profesionales, está a cargo de la Ocina Nacional
de Procesos Electorales (ONPE).
Con la Resolución Jefatural Nº 256-2014-J/ONPE,
de fecha 7 de noviembre de 2014, publicada en el Diario
Ocial El Peruano con fecha 10 de noviembre de 2014,
la ONPE convocó a la elección de los consejeros del
Consejo Nacional de la Magistratura, titular y suplente,
por los miembros de los colegios de abogados del país
para el periodo 2015-2020, para el 12 de abril de 2015.
Asimismo, mediante la Resolución Jefatural Nº 286-
2014-J/ONPE, de fecha 3 de diciembre de 2014, publicada
en el Diario Ocial El Peruano con fecha 5 de diciembre
de 2014, la ONPE convocó a la elección de los consejeros
del Consejo Nacional de la Magistratura por los miembros
de los colegios profesionales del país, distintos de los
colegios de abogados, para el 17 de mayo de 2015.
Para los referidos procesos electorales, mediante la
Resolución Nº 3736-2014-JNE, de fecha 15 de diciembre
de 2014, el Jurado Nacional de Elecciones denió una
única circunscripción administrativo-electoral en todo el
territorio nacional, que se constituye en distrito electoral
único, sobre el que tendrá competencia el Jurado Electoral
Especial de Lima (JEE), con sede en el distrito de Jesús
María, provincia y departamento de Lima.
CONSIDERANDOS
1. En cumplimiento de lo ordenado por la Ley Nº 26486,
Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones (LOJNE),
en su artículo 33, literal a, de modicado por la Ley Nº
29688, se cursó ocio a la Corte Superior de Justicia de
Lima solicitando la designación, mediante elección en Sala
plena, de los jueces superiores que tendrán la calidad de
presidente del JEE, titular y suplente, en el proceso de
elección de los consejeros del Consejo Nacional de la
Magistratura, titular y suplente, por los miembros de los
colegios de abogados del país, para el periodo 2015-2020,
y la elección de los consejeros del Consejo Nacional de la
Magistratura, por los miembros de los colegios profesionales
del país, distintos de los colegios de abogados.
Así, la Corte Superior de Justicia de Lima cumplió
con comunicar la designación de los magistrados Alicia
Margarita Gómez Carbajal y Manuel Iván Miranda
Alcántara, como presidente del JEE, titular y suplente,
respectivamente.
2. Asimismo, se solicitó a la Junta de Fiscales
Superiores del Distrito Fiscal de Lima, la designación de
los scales superiores para el cargo de primer miembro,
titular y suplente, del mismo JEE mediante elección entre
sus scales superiores en actividad y jubilados, de acuerdo
a lo dispuesto en el artículo 33, literal b, de la LOJNE.
La Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de
Lima efectuó tal designación, y comunicó los nombres de
sus representantes, doctoras María de Lourdes Loayza
Gárate y Socorro María Ponce Dios, en calidad de primer
miembro, titular y suplente, respectivamente, del JEE.
3. Con relación a la designación del segundo
miembro del JEE, en aplicación de lo dispuesto en el
literal c del artículo 33, de la LOJNE, el Registro Nacional
de Identicación y Estado Civil (Reniec) seleccionó
aleatoriamente a veinticinco ciudadanos con domicilio
declarado en el distrito de Jesús María.
La lista con los nombres de los ciudadanos
seleccionados fue publicada en el Diario Ocial El
Peruano, con fecha 16 de enero de 2015, a efectos de
la presentación de tachas, las cuales son resueltas por la
comisión de scales del Distrito Fiscal de Lima, integrada
por los señores scales provinciales Roberto Estuardo
Figari Vizcarra, Leoncio Miguel Paredes Cáceres y
Ludgarda Tacuri García de Hennings, designados
mediante Resolución de Presidencia de la Junta de
Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Nº 226-
2015-MP-FN-PJFS-LIMA, de fecha 14 de enero de 2015.
Mediante comunicación de fecha 23 de enero de 2015,
el scal provincial titular Roberto Figari Vizcarra, informó
la interposición de una tacha contra la ciudadana María
Isabel Infantas Arévalos de Del Solar, que fue declarada
improcedente por la referida comisión de scales,
mediante resolución de fecha 22 de enero de 2015, que
quedó consentida.
Mediante sorteo, en sesión pública, de fecha 3 de febrero
de 2015, se estableció el orden de prelación de los veinticinco
ciudadanos seleccionados por el Reniec, resultando ubicado
en el primer lugar, el ciudadano Abel Hernán Caytano López,
quien quedó en calidad de segundo miembro titular, y como
suplente, la ciudadana Ruth Herrera Alcántara, quien obtuvo
el segundo lugar en el referido sorteo.
Asimismo, los ciudadanos que ocupan los lugares
subsiguientes de la lista, de acuerdo al resultado del
sorteo, quedan en calidad de miembros suplentes y
podrán ser convocados a ejercer el cargo de segundo
miembro del JEE, de ser necesario.
4. De acuerdo a lo dispuesto en el artículo segundo de la
citada Resolución Nº 3736-2014-JNE, el JEE se instalará e
iniciarán sus actividades el 10 de febrero de 2015.
5. Tratándose de elecciones en distrito electoral único,
con el JEE como órgano electoral jurisdiccional de primera
instancia con competencia a nivel nacional, es necesario
adoptar medidas para brindar las mayores facilidades para
el acceso a la justicia electoral, por ello se ha dispuesto la
implementación de veintitrés mesas de partes ubicadas
en las capitales de los departamentos, a nivel nacional;
once de ellas funcionarán en los locales de las Unidades
Regionales de Enlace del Jurado Nacional de Elecciones,
esto es, en los departamentos de Piura, Lambayeque, La
Libertad, Cajamarca, Amazonas, Loreto, Ucayali, Madre
de Dios, Puno, Arequipa y Junín; y las otras doce serán
implementadas en las capitales de los departamentos de
Tumbes, San Martín Huánuco, Pasco, Huancavelica, Cusco,
Apurímac, Ancash, Ica, Ayacucho. Moquegua y Tacna, lo
debe hacerse de conocimiento de la ciudadanía.
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de
Elecciones, en uso de sus atribuciones,

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