Designan Juez Suplente del Quinto Juzgado de Paz Letrado de Barranco y Miraflores

Fecha de publicación16 Diciembre 2004
Fecha de disposición16 Diciembre 2004
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NORMAS LEGALES
Lima, jueves 16 de diciembre de 2004
Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución Minis-
terial a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a la
Contraloría General de la República dentro de los términos
establecidos por Ley.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS BRUCE
Ministro de Vivienda, Construcción
y Saneamiento
22717
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 319-2004-VIVIENDA
Lima, 14 de diciembre de 2004
Vistos; el Oficio Nº 120-2003-A-MDC/A, de la Mu-
nicipalidad Distrital de Cabana, provincia de San Román,
departamento de Puno; el Informe Técnico Nº 042-2004-
VIVIENDA/VMCS/PREBAM del Programa de Equipamien-
to Básico Municipal y el Memorándum Nº 100-2004/VIVIEN-
DA/CGP del Comité de Gestión Patrimonial; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 41-94 se otorgó
al Ministerio de la Presidencia una partida económica para
la adquisición de maquinaria de mecánica de producción,
con la finalidad de transferir tecnología apropiada para
lograr mayores niveles de ingreso; así mismo vía Decreto
de Urgencia Nº 111-96 se adquirió maquinaria para la in-
dustria del calzado, confección y tejido, procedentes de la
República Popular China con la finalidad de equipar a pe-
queños y microempresarios; siendo dicha norma modifica-
da por Decreto de Urgencia Nº 023-97, por medio del cual
se autorizó destinar y transferir hasta el cincuenta por cien-
to (50%) de los bienes de capital adquiridos vía el Decreto
de Urgencia Nº 111-96 a entidades educativas del país,
así mismo mediante Decreto de Urgencia Nº 086-97 se
agregó al contenido del Decreto de Urgencia Nº 023-97
una disposición que señaló que del saldo del cincuenta
por ciento (50%) de los bienes de capital, se podrían transfe-
rir en calidad de donación a los centros educativos estata-
les y a organizaciones sociales con fines educativos, de
capacitación o de promoción social sin fines de lucro;
Que, por Ley Nº 27779, se aprobó la Ley Orgánica que
modifica la organización y función de los Ministerios regula-
dos por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecu-
tivo, determinándose el número de Ministerios, entre los
cuales se constituyó el Ministerio de Vivienda, Construc-
ción y Saneamiento;
Que, en virtud de lo establecido en la Cuarta Disposi-
ción Transitoria de la Ley Nº 27783, se desactivó el Ministe-
rio de la Presidencia, quedando extinguido para todos sus
efectos, el 31 de julio del 2002;
Que, por Decreto Supremo Nº 017-2002-PRES, se es-
tableció que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sa-
neamiento, según corresponda, asumía las competencias,
funciones, atribuciones, los derechos y obligaciones del
Viceministerio de Infraestructura, del Programa de Equipa-
miento Básico Municipal y los órganos de apoyo, control,
defensa judicial y asesoría del Ministerio de la Presidencia
que se desactivó;
Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sanea-
miento es un organismo público integrante del Poder Eje-
cutivo, que se rige por su Ley de Organización y Funciones
- Ley Nº 27792 y su Reglamento de Organización y Funcio-
nes aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIEN-
DA, y que tiene como misión mejorar las condiciones de
vida de la población facilitando su acceso a una vivienda
adecuada y a los servicios básicos, proporcionando el or-
denamiento, crecimiento, conservación, mantenimiento y
protección de los centros de población y sus áreas de
influencia, fomentando la participación de las organizacio-
nes de la sociedad civil y de la iniciativa e inversión privada;
Que, a través del oficio de Vistos, el Sr. Patricio Colca
Huaranca, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Cabana,
solicitó al Ministerio de Vivienda, Construcción y Sanea-
miento la donación de maquicentros; adecuándose dicho
pedido en coordinaciones conjuntas con el citado gobier-
no local y los funcionarios del Ministerio a maquinaria de
mecánica de producción, para confecciones y para la in-
dustria del calzado;
Que, mediante Memorándum Nº 300-2004-VIVIENDA/
VMCS/PREBAM el Jefe del Programa de Equipamiento
Básico Municipal corrió traslado del Informe Técnico Nº
042-2004-VIVIENDA/VMCS/PREBAM en el cual se preci-
só que la entidad solicitante, cuenta con infraestructura
adecuada para recibir e instalar la maquinaria solicitada
como donación;
Que, el Comité de Gestión Patrimonial contando con la
opinión técnica favorable del Programa de Equipamiento
Básico Municipal - PREBAM y actuando de conformidad
con lo dispuesto en la Directiva para el Procedimiento Ad-
ministrativo respecto de los actos de disposición de bienes
muebles no patrimoniales asumidos por el Ministerio de
Vivienda, Construcción y Saneamiento para ser transferi-
dos, aprobada vía la Resolución de Secretaría General Nº
016-2003-VIVIENDA/SG, opina por la procedencia de la
donación de la maquinaria detallada en el Anexo que for-
ma parte integrante de la presente Resolución;
Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar la do-
nación de la maquinaria que se detalla en el Anexo 1 que
forma parte integrante de la presente Resolución a favor
de la Municipalidad Distrital de Cabana, provincia de San
Román, departamento de Puno con la finalidad de imple-
mentar el Centro Educativo Secundario Cabana;
De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27779,
Nº 27792 y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la donación de la maquinaria des-
crita en el Anexo 1 que forma parte integrante de la pre-
sente Resolución, valorizada en S/. 28 275.94 (Veintiocho
mil doscientos setenta y cinco con 94/100 Nuevos Soles),
a favor de la Municipalidad Distrital de Cabana, provincia
de San Román, departamento de Puno con la finalidad de
implementar el Centro Educativo Secundario Cabana.
Artículo 2º.- El Programa de Equipamiento Básico Mu-
nicipal será responsable de velar porque se cumpla con la
finalidad de la donación.
Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución Minis-
terial a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a la
Contraloría General de la República dentro de los términos
establecidos por Ley.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS BRUCE
Ministro de Vivienda, Construcción
y Saneamiento
22718
PODER JUDICIAL
CORTES SUPERIORES
DE JUSTICIA
Designan Juez Suplente del Quinto
Juzgado de Paz Letrado de Barranco y
Miraflores
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 409-2004-P-CSJL/PJ
Lima, 14 de diciembre de 2004
VISTA:
La Resolución Administrativa Nº 177-2004-CE-PJ, de
fecha veintinueve de setiembre del presente año; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución de vista el Consejo Ejecu-
tivo del Poder Judicial, entre otras disposiciones, ha crea-
do diversos órganos jurisdiccionales en el Distrito Judicial
de Lima, dentro de los cuales se encuentra el Quinto Juz-
gado de Paz Letrado de Barranco y Miraflores, con la mis-
ma competencia territorial que tienen los otros cuatro Juz-
gados de Paz Letrado de Barranco y Miraflores;
Que, el artículo quinto de la Resolución de vista, faculta
a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia para
adoptar las acciones administrativas que sean necesarias
para el adecuado cumplimiento de la citada Resolución;

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