125 592-2005-EF/10 593-2005-EF/10 - Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales a presuntos responsables del SAT de Lima de la comisión de delitos contra la Administración Pública

Fecha de disposición23 Noviembre 2005
Fecha de publicación23 Noviembre 2005
Pág. 304785
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 23 de noviembre de 2005
refrendada por los Ministros de Economía y Finanzas y
Comercio Exterior y Turismo.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
FERNANDO ZAVALA LOMBARDI
Ministro de Economía y Finanzas
ALFREDO FERRERO
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
19904
Autorizan a procurador iniciar acciones
judiciales a presuntos responsables del
SAT de Lima de la comisión de delitos
contra la Administración Pública
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 592-2005-EF/10
Lima, 21 de noviembre de 2005
Visto el Oficio Nº 1749-2005-PP-EF/16 del Procurador
Público encargado de los asuntos judiciales del Ministerio
de Economía y Finanzas;
CONSIDERANDO:
Que, doña Lourdes Benigna Montoya Gutiérrez
interpuso queja contra el Ejecutor Coactivo del Servicio
de Administración Tributaria (SAT) de la Municipalidad
Metropolitana de Lima, por cobrar ilegalmente los arbitrios
municipales de los años 2002 y 2003, pese a que los
mismos habían sido cancelados;
Que, mediante Proveídos Nºs. 00944-1-2004 y
01506-1-2004 del 20 de julio y 15 de octubre de 2004,
respectivamente, se solicitó y reiteró a la Administración
que informara documentadamente sobre los hechos en
que se sustentaba la queja y si la quejosa había
impugnado la cobranza de los arbitrios que originan la
queja y si se ha iniciado cobranza coactiva respecto de
los mismos;
Que, mediante Resolución del Tribunal Fiscal Nº 00011-
1-2005, del 4 de enero de 2005, se requirió a la
Administración para que remitiera la información
solicitada, en un plazo no mayor de cinco días hábiles
contados a partir del día siguiente de notificada dicha
resolución, bajo apercibimiento de formularse la denuncia
penal correspondiente;
Que, mediante Resolución del Tribunal Fiscal Nº 02075-
1-2005, del 5 de abril de 2005, se declara fundada la
queja interpuesta en el extremo referido al procedimiento
de cobranza coactiva iniciado contra la quejosa por
arbitrios municipales de 2002 y 2003, disponiéndose la
suspensión definitiva del referido procedimiento debiendo
levantarse las medidas cautelares trabadas,
remitiéndose copia de la presente resolución al
Procurador Público del Ministerio de Economía y
Finanzas, para sus efectos, dado el reiterado
incumplimiento por parte de la Administración Tributaria
a lo requerido por dicho Tribunal;
Que, el artículo 156º del Código Tributario dispone
que las resoluciones emitidas por el Tribunal Fiscal deben
ser cumplidas, bajo responsabilidad, por los funcionarios
de la Administración;
Que, el incumplimiento por parte del Servicio de
Administración Tributaria de la Municipalidad Metropolitana
de Lima a dar cumplimiento al mandato del Tribunal Fiscal,
evidencia la existencia de indicios razonables de la
comisión de los delitos contra la Administración Pública -
Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omisión,
Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, previstos
y penados en los artículos 368º y 377º del Código Penal
aprobado por Decreto Legislativo Nº 635 y normas
modificatorias;
Que, además, el Tribunal Fiscal mediante Resolución
Nº 681-3-98 de fecha 10 de agosto de 1998, que
constituye jurisprudencia de observancia obligatoria, ha
dispuesto que si bien carece de competencia para aplicar
sanciones a los funcionarios de la Administración
Tributaria que incumplieran sus resoluciones, aquellos
incurren en responsabilidad penal, la que deberá hacer
efectiva el Poder Judicial a través del proceso penal
correspondiente, el que se inicia con la denuncia que
interpone el Procurador Público del Sector, sin perjuicio
de la responsabilidad civil;
Que, por lo expuesto, resulta procedente autorizar al
Procurador Público encargado de los asuntos judiciales
del Ministerio de Economía y Finanzas para que, en
representación y defensa de los intereses del Estado,
interponga las acciones judiciales pertinentes contra
quienes resulten responsables de la comisión de estos
delitos;
De conformidad con lo dispuesto por el artículo
Decreto Ley Nº 17537 que regula la representación y
defensa del Estado en juicio y sus normas
modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público
encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de
Economía y Finanzas para que, en nombre y
representación del Estado, interponga las acciones
judiciales correspondientes contra los presuntos
responsables del Servicio de Administración Tributaria
de la Municipalidad Metropolitana de Lima, por la comisión
de los delitos contra la Administración Pública -
Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omisión,
Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, conforme
a lo expuesto en la parte considerativa de la presente
resolución.
Artículo 2º.- Remítase copia de la presente resolución
al mencionado Procurador Público, para su cumplimiento
y fines correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FERNANDO ZAVALA LOMBARDI
Ministro de Economía y Finanzas
19863
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 593-2005-EF/10
Lima, 21 de noviembre de 2005
Visto el Oficio Nº 1712-2005-PP-EF/16 del Procurador
Público encargado de los asuntos judiciales del Ministerio
de Economía y Finanzas;
CONSIDERANDO:
Que, mediante escrito de fecha 15 de diciembre de
2004, el señor Desiderio Eguizabal Trebejo interpuso
queja contra el Servicio de Administración Tributaria
(SAT) de la Municipalidad Metropolitana de Lima, por
vicios en el procedimiento de cobranza coactiva
relacionados con los arbitrios municipales de los años
1997, 1998, 2001 y 2002, consistentes en el cobro
ilegal de los arbitrios, el inicio de procedimiento de
cobranza a pesar de existir recursos de reclamación,
la determinación de los arbitrios es ilegal al efectuarse
en base al valor de la propiedad y no en función del
costo efectivo del servicio y, finalmente, la prescripción
de las deudas;
Que, mediante Resolución del Tribunal Fiscal Nº 09736-
5-2004 de fecha 17 de diciembre de 2004, el Tribunal
Fiscal dispuso la suspensión temporal el procedimiento
de cobranza coactiva de los arbitrios municipales de los
años 1997, 2001 y 2002 y requirió a la Administración a
fin que cumpla con enviar un informe en el que se precise
la deuda materia de cobranza coactiva y los motivos por
los que se habría iniciado dicha cobranza, el estado de
los recursos de reclamación interpuestos y la eventual
imputación a alguna deuda de los pagos por consignación
efectuados por el quejoso, así como copia autenticada

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