91 0454-2005-ED - Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales a presuntos responsables de delitos contra la administración pública y la fe pública

Fecha de disposición24 Julio 2005
Fecha de publicación24 Julio 2005
Pág. 297496
NORMAS LEGALES
Lima, domingo 24 de julio de 2005
Artículo 3º.- Encargar a la Secretaría de Administra-
ción de la Unidad Ejecutora 003 Secretaría General - PCM
del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, el
debido cumplimiento de lo dispuesto en la presente Reso-
lución, dando cuenta al Congreso de la República.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS FERRERO
Presidente del Consejo de Ministros
13157
EDUCACIÓN
Autorizan a procurador iniciar accio-
nes judiciales a presuntos responsables
de delitos contra la administración
pública y la fe pública
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0454-2005-ED
Lima, 20 de julio de 2005
Vistos, el Oficio Nº 1758-2004-PP/ED del Procurador
Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de
Educación, el Expediente Nº 52833-2004 y demás actua-
dos;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Oficio Nº 1758-2004-PP/ED el
Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales
del Ministerio de Educación solicita se emita la Resolu-
ción Ministerial Autoritativa que le permita interponer
las acciones judiciales pertinentes contra los responsa-
bles que aparecen en el Informe Especial Nº 24-OCI-
UGEL-04-COMAS-2004, por la presunta comisión de
los delitos contra la Administración Pública en la moda-
lidad de Usurpación de Funciones y contra la Fe Públi-
ca en la modalidad de Falsificación de Documentos,
ilícitos penales previstos y sancionados en los artículos
361º y 427º, respectivamente, del Código Penal;
Que, dicha solicitud se fundamenta en las responsabi-
lidades determinadas en el Informe Especial Nº 24-OCI-
UGEL-04-COMAS-2004, emitido por el Órgano de Con-
trol Institucional de la Unidad de Gestión Educativa Lo-
cal Nº 04, en base a las facultades constitucionales y
legales atribuidas al Sistema Nacional de Control;
Que, el precitado Informe de Control precisa que
existen indicios razonables de la presunta comisión de
los delitos contra la Administración Pública en la moda-
lidad de Usurpación de Funciones y contra la Fe Públi-
ca en la modalidad de Falsificación de Documentos, en
detrimento de los intereses del Estado Peruano, ilícitos
contenidos en los artículos 361º y 427º, respecti-
vamente, del Código Penal;
Que, el literal "f" del artículo 15º de la Ley Orgánica
del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría
General de la República Nº 27785 establece que es
atribución del Sistema Nacional de Control "el emitir,
como resultado de las acciones de control efectuadas,
los informes respectivos con el debido sustento técnico
y legal, constituyendo prueba preconstituida para el
inicio de las acciones administrativas y/o legales que
sean recomendadas en dichos informes";
Que, el artículo 11º de la Ley Orgánica del Sistema
Nacional de Control y de la Contraloría General de la
República Nº 27785 dispone que "cuando en el Informe
(de Control) respectivo se identifiquen responsabilida-
des, sean éstas de naturaleza administrativa funcional,
civil o penal, las autoridades institucionales y aquellas
competentes de acuerdo a Ley, adoptarán inmediata-
mente las acciones para el deslinde de la responsabili-
dad administrativa funcional y aplicación de la respecti-
va sanción, e iniciarán, ante el fuero respectivo, aque-
llas de orden legal que consecuentemente correspon-
dan a la responsabilidad señalada";
Que, el artículo 2º del Decreto Ley Nº 17537 esta-
blece que "los Procuradores Generales de la República
tienen la plena representación del Estado en juicio y
ejercitan su defensa en todos los procesos y procedi-
mientos en los que actúe como demandante, deman-
dado, denunciante o parte civil";
Que, el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modifi-
cado mediante el Decreto Ley Nº 17667, dispone que
"para demandar y/o formular denuncias a nombre del
Estado, será necesario la expedición previa de la
Resolución Ministerial autoritativa";
Que, del análisis del Informe Especial Nº 24-OCI-
UGEL-04-COMAS-2004, queda claro que deviene en
necesaria la intervención de la Procuraduría Pública a
cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educa-
ción para que inicie las acciones judiciales pertinentes
para procesar a quienes causaran perjuicio al Estado
Peruano;
Con lo opinado por la Oficina de Asesoría Jurídica,
mediante el Informe Nº 915-2005-ME/SG-OAJ que for-
ma parte integrante de la presente resolución; confor-
me lo solicitado por la Dirección del Programa Sectorial
II de la Unidad de Gestión Educativa Local Nº 04 y la
Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales
del Ministerio de Educación mediante el Oficio Nº 02621-
DUGEL.04-OCI-2004 y Oficio Nº 1758-2004-PP/ED, res-
pectivamente; y,
De conformidad con el Artículo 47º de la Constitu-
ción Política del Estado y el Artículo 12º del Decreto
Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público del Es-
tado a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de
Educación, para que inicie las acciones judiciales perti-
nentes contra los responsables de los ilícitos deter-
minados en Informe Especial Nº 24-OCI-UGEL-04-CO-
MAS-2004, emitido por el Órgano de Control Institucio-
nal de la Unidad de Gestión Educativa Local Nº 04, el
mismo que constituye parte integrante de la presente
Resolución Ministerial.
Artículo 2º.- Remitir a la Procuraduría Pública a car-
go de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educa-
ción los antecedentes de la presente Resolución, para
su conocimiento y fines consiguientes.
Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolu-
ción a la Oficina de Control Institucional del Ministerio
de Educación para que proceda conforme a sus
atribuciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAVIER SOTA NADAL
Ministro de Educación
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RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0455-2005-ED
Lima, 20 de julio de 2005
Vistos, el Oficio Nº 1774-2004-PP/ED del Procura-
dor Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Minis-
terio de Educación, el Expediente Nº 53628-2004 y
demás actuados;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Oficio Nº 1774-2004-PP/ED el
Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales
del Ministerio de Educación solicita se emita la Resolu-
ción Ministerial Autoritativa que permita interponer las
acciones judiciales pertinentes contra los responsables
que aparecen en el Informe Especial Nº 005-2004-OCI-
UGEL.05-SJL.EA, por la presunta comisión del delito
contra la Administración Pública en la modalidad de
Peculado, ilícito penal previsto y sancionado en el artí-
culo 387º del Código Penal;
Que, dicha solicitud se fundamenta en las responsabi-
lidades determinadas en el Informe Especial Nº 005-
2004-OCI-UGEL.05-SJL.EA, emitido por el Órgano de
Control Institucional de la Unidad de Gestión Educativa
Local Nº 05 - San Juan de Lurigancho - El Agustino, en
base a las facultades constitucionales y legales atribui-
das al Sistema Nacional de Control;

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