06 389-2002-EF/10 - Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales a presuntos responsables de la comisión de delitos contra la administración pública
Fecha de publicación | 27 Septiembre 2002 |
Fecha de disposición | 27 Septiembre 2002 |
Pág. 230533
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 27 de setiembre de 2002
del día siguiente de efectuada la notificación certificada de
la resolución al deudor tributario;
Que, toda vez que la quejosa ha optado por impugnar
el contenido de la Resolución Nº 0314-A-2001 formalmente
emitida por el Tribunal Fiscal según se desprende de su
recurso de queja, debió hacerlo a través de la interposición
de una demanda contencioso - administrativa contra la mis-
ma, presentada conforme a lo dispuesto en el Artículo 157º
del Código Tributario, y no a través de un recurso de queja;
De conformidad con lo establecido en el Artículo 155º
del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado
por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Declarar IMPROCEDENTE el Recur-
so de Queja interpuesto por CORREO PRIVADO S.A.C.
contra la Resolución del Tribunal Fiscal Nº 0314-A-2001,
por los fundamentos expuestos en la parte considerativa
de la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAVIER SILVA RUETE
Ministro de Economía y Finanzas
17116
Autorizan a procurador iniciar accio-
nes judiciales a presuntos responsables
de la comisión de delitos contra la
administración pública
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 389-2002-EF/10
Lima, 24 de setiembre del 2002
Visto el Oficio Nº 1161-2002-PP-EF/16 del Procurador
Público encargado de los asuntos judiciales del Ministerio
de Economía y Finanzas.
CONSIDERANDO:
Que, la Empresa de Distribución Eléctrica de Lima Nor-
te S.A.A., interpuso recurso de apelación contra la Resolu-
ción de Alcaldía Nº 019-00-A-MPC del 17 de marzo de 2000
de la Municipalidad Provincial de Canta, que declara im-
procedente la apelación formulada contra la Resolución de
Alcaldía Nº 012-00-MDSB expedida el 21 de enero de 2000,
que a su vez confirma la Resolución de Determinación Nº
002-99-AR/MDSB/PFT emitida por la Municipalidad Distri-
tal de San Buenaventura sobre Impuesto al Patrimonio Pre-
dial de los ejercicios 1994 a 1998;
Que, toda vez que de la revisión de los actuados se
aprecia que la Municipalidad Provincial de Canta ha ele-
vado un expediente formado únicamente por fotocopias
autenticadas por un fedatario de la Municipalidad, me-
diante RTF Nº 0749-1-2000 el Tribunal Fiscal declaró nulo
el concesorio de apelación, devolviendo los actuados a
la citada Municipalidad para que proceda con arreglo a
ley, esto es, que eleve el original del recurso de apela-
ción presentado, conjuntamente con los actuados corres-
pondientes a la resolución impugnada, documentos que
constituyen el expediente respectivo que debe organizar
por cada caso apelado;
Que, la Municipalidad Provincial de Canta cumplió con
remitir únicamente el original del recurso de apelación mas
no así el del expediente respectivo, incumpliendo lo dis-
puesto en los artículos 29º y 58º del Texto Único Ordenado
de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Admi-
nistrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS
así como lo ordenado por la RTF Nº 0749-1-2000; ante lo
cual el Tribunal Fiscal ha expedido la RTF Nº 03043-1-2002,
que reitera a la Administración Tributaria el cumplimiento
de lo solicitado mediante RTF Nº 0749-1-2000, requerimien-
to que no ha sido cumplido hasta la fecha, no obstante el
tiempo transcurrido;
Que, el artículo 156º del Código Tributario dispone que
las resoluciones emitidas por el Tribunal Fiscal deben ser
cumplidas, bajo responsabilidad, por los funcionarios de la
Administración;
Que, el incumplimiento por parte de la Municipalidad
Provincial de Canta a dar cumplimiento al mandato del Tri-
bunal Fiscal, evidencia la existencia de indicios razonables
de la comisión de los delitos contra la Administración Pú-
blica - Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omi-
sión, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, pre-
vistos y penados en los artículos 368º y 377º del Código
Penal aprobado por Decreto Legislativo Nº 635 y normas
modificatorias;
Que, además, el Tribunal Fiscal mediante Resolución
Nº 681-3-98 del 10 de agosto de 1998, que constituye ju-
risprudencia de observancia obligatoria, ha dispuesto que
si bien carece de competencia para aplicar sanciones a los
funcionarios de la Administración Tributaria que incumplie-
ran sus resoluciones, aquellos incurren en responsabilidad
penal, la que deberá hacer efectiva el Poder Judicial a tra-
vés del proceso penal correspondiente, el que se inicia con
la denuncia que interpone el Procurador Público del Sec-
tor, sin perjuicio de la responsabilidad civil;
Que, por lo expuesto resulta procedente autorizar al
Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del
Ministerio de Economía y Finanzas para que, en represen-
tación y defensa de los intereses del Estado, interponga
las acciones judiciales pertinentes contra quienes resulten
responsables de la comisión de estos delitos;
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de
la Constitución Política del Perú y por el Decreto Ley Nº
17537 que regula la representación y defensa del Estado
en juicio y sus normas modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encarga-
do de los asuntos judiciales del Ministerio de Economía y
Finanzas para que, en nombre y representación del Esta-
do, interponga las acciones judiciales correspondientes
contra los presuntos responsables de la comisión de los
delitos contra la Administración Pública - Desobediencia y
Resistencia a la Autoridad y Omisión, Rehusamiento o
Demora de Actos Funcionales, conforme a lo expuesto en
la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2º.- Remítase copia de la presente resolución
al mencionado Procurador Público, para su cumplimiento y
fines correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAVIER SILVA RUETE
Ministro de Economía y Finanzas
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Amplían autorización de viaje de repre-
sentante del Ministerio a EE.UU. para
atender el tema de la elegibilidad del
país en la ATPDEA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 402-2002-EF/10
Lima, 24 de setiembre del 2002
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Ministerial Nº 363-2002-EF/10, de
fecha 13 de septiembre de 2002, se autorizó el viaje del
señor José Palma García Zapatero, en calidad de repre-
sentante del Ministerio de Economía y Finanzas para aten-
der el tema de elegibilidad del país en la Ley de Preferen-
cias Arancelarias Andinas y Erradicación de Drogas - ATP-
DEA, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de
América, del 14 al 19 de septiembre de 2002;
Que, mediante el Memorando Nº 101-2002-EF/15, el
Viceministro de Economía en atención a la solicitud de la
Embajada del Perú en dicha ciudad, pide la ampliación de
la autorización de viaje del citado representante hasta el
28 de septiembre de 2002;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27619 y
el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y literal b) del nu-
meral 3.1 del artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 030-
2002;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Ampliar la autorización de viaje otorgada
por la Resolución Ministerial Nº 363-2002-EF/10 al señor
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