Autorizan a procurador iniciar procesos judiciales contra presuntos responsables de delitos de apropiaciòn ilícita y contra la administración, la función y la fe pública

Fecha de disposición04 Octubre 1998
Fecha de publicación04 Octubre 1998
Y SEGUROS de falsedad ideológica
y
generica. previsto y sancionado
en los Artículos
416”,
428”
y
438” del Código Penal vigente;
VISTA:
La solicitud presentada por don Eduardo Segura
Me-
jm para que se le autorice lo
inscr ipci ón
en el Registro
Oficial de Corredores d e
Segur os ;
y,
CONSIDERANDO
:
Que, por Resoluciones SRS
N”s.
381-9 1
y
389-9 2
de
fecha s
28
de junio de 199 1
y
9 de abril de 1992 , resp ec ti-
vament e
se establecieron los requisito s
formales
para la
inscripci ón
de los Corredores de Seguros;
Que el solicitante h a
cumplid o
con los
requi sitos
for-
males exigidos por las mencionadas normas
admi nistrat i-
vas
¿&? la c
omisionCalificadora de Corredores de
Segu-
ros, en la Sesión
N”
056-98,
ce le brada el 13 de
agosto
de
1998, ha calificado y aprobado la inscrip ción
respectiva
en
el indicado Registro Oficial:
De conformidad
con
lo dispuesto en los Artículos
XW
y
336” de la Ley General del Sistema
Financ ier o
y
del
Sistema de Seguros
y
Orgánica de la Super int ende nci a de
Banca
y
Seguros
-Ley
N”
26702.:
y
en virtud de la facultad
delegada por la
Resollwi
SRS
i’?’
003-98
del
7
de
ener o
de 1998;
Que, en
atención
al considerando precedente re-
sulta necesario autorizar al Procurador Público, a
cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional
de Identificación y Estado Civil, para que interponga
las acciones que correspondan en defensa de los inte-
reses del Estado y del Registro Nacional de Identifica-
ción y Estado Civil, contra quienes resulten responsa-
bles. solicitándose al Ministerio Público y la Dirección
de la Policía Nacional del Perú,
a
fin de que se asuman
las Investigaciones conducentes a la identificación de
los sujetos que han suplantado
a
los ciudadanos Fer-
mín Desiderio Cruzado Martínez, Carlos Alberto Man-
chego Nakamine, Otilia María Delgado Machaca y
Patricia Mestanza Martínez, señalados en el primer
considerando;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley
17537
y
la Ley
26497;
SE RESUELVE:
RESUELVE:
Artículo
l”.-
Autorizar al Procurador Público encar-
gado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de
Identificación y Estado Civil, para que en nombre y
representa ún
de los intereses del Estado interponga
e impulse las acciones legales que correspondan contra
quienes resulten responsables, por presunto delito
con/
tra la administración pública y la fe pública, en agravio
del Estado
v
del Registro Kacional de Identificación y
Estado
Civi”1
Artículo
Unico.-
Autoriz.ir
In
inscripción
del
ariror
Eduardo Segura
Mejla
con
el
W
N-3359 en el
Reg1st.ro
Oficial de Corredores de Seguws que lleva esta
SuperIn-
tendencia.
Artículo
2”.-
Remítase lo actuado al Procurador Pú-
blico encargado de los asuntos Judiciales del Registro
Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a
que se
clIntrae
la presente Resolución Jefatura].
Regístrese, comuníquese
y
publíquese Regístrese,
comumquese
y publíquese.
NESTOR
CORROCHANO MORAL
Superintendente
L\djunto
de
Seguros
CELEDONIO
MENDEZ VALDIVIA
*Jefe
Nacional
ll446
11421
REGISTRO NACIONAL
DE IDENTIFICACION Y
ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar proce-
sos judiciales contra presuntos res-
ponsables de delitos de apropiación
ilícita y contra la administración, la
función y la fe pública
Lima, 25 de setiembre de 1998
Visto el Memorándum N’
612-9&GAJ/IDENTIDAD,
emitido por la Gerencia de Asesoría
.Jurídica,
de fecha 4 de
setiembre de 1998.
CONSIDERANDO:
RESOLUCION JEFATURAL
N”
OSl-SS-IDENTIDAD
Que, en virtud de la documentación sustentatoria del
Memorándum del visto se desprende que personas no
identificadas han incurrido en comportamiento de indu-
cir
a
erwr
a
servidor público al hacer insertar en instru-
mento público declaraciones falsas sobre hechos que de-
ban probarse con el documento mismo, conducentes a
suplantar la identidad de los ciudadanos Alejandro
Apaza
Mendoza, Eulogio Ancachi Ancachi. Grimaldo
Requena
rez
y
Carmen Emma Pastorelli Fuentes Rivera de
Signori;
Lima, 25 de
setlelnbre
de
1998
Visto el Memorándum N’
613-9X-GA~\cl/?DENTIUAD.
emitido por la Gerencia de Asewria
.Jurídic.l,
de
t&cha
4 de
setiembre
de 1998.
Que. el hecho antes descrito constituye indicio razona-
ble de la comisión de presunto delito contra la adminis-
tración pública y contra la fe pública, en las modalidades
de
Falsedad
ideológica y genérica. previsto y sancionado
en los Articulos
416”,
4’28”~
438”del Código Penal vigente;
CONSIDERANDO:
Que, en virtud de la
documentaclon
sustentatona
del
Memorándum del
vlqto
se desprende que personas no
identificadas han
mcurrido
en comportamiento de indu-
cir
a
error
a
servidor público al hacer insertar
en
instru-
mento público declaraciones falsas sobre hechos que de-
han probarse con el documento mismo, conducentes
a
suplantar la identidad de los ciudadanos
Fermi!1
Deslde-
rio
Cruzado Martínez, Carlos Alberto Manchego Nakami-
ne,
Otilia
María Delgado Machaca
y
Patricia
Mestanza
Martínez;
Que, en
atencitin
al considerando precedente resulta
necesario autorizar al Procurador Público,
a
cargo de los
asuntos
judiciales del Registro Nacional de Identificación
y Estado Civil, para que interponga las acciones que
correspondan en defensa de los intereses del Estado y del
Registro Nacional de Identificacibn y Estado Civil, contra
quienes resulten responsables, solicitándose al
Ministe-
no Público y la Dirección de la Policía Nacional del Perú,
a
fin de que se asuman las investigaciones conducentes
a
la identificación de los sujetos que han suplantado
a
los
ciudadanos Alejandro
Apaza
Mendoza, Eulogio Ancachi
Ancachi Grimaldo
Requena
P&+ez
y
Carmen Emma
Pas-
torelli Fuentes Rivera de
Sienori.
señalados en el
Drimer
Que, el hecho
antes
descrito constituye
indlcl
razona-
ble de la comisión de presunto delito contra la adminw
tración
pública y contra la fe pública. en
las
mo
considerando:
De
c<>nformidad
con
lo
dispuesto en el Decreto Ley
N”
17,537
y
la
Ley
N”
26497;
cl-f)
Pág. 164673
EL SUPERINTENDENTE
l)E
BANCA
RESOLUCION JEFATURAL
N”
092~%-IDENTIDAD
Pág. 164674
êlmm
@hX~:HlW~W+~
SE RESUELVE:
l
Artículo
l”.-
Autorizar al Procurador Público encar-
ado
de los asuntos judiciales del Registro Nacional de
f
.,
dentifkaclon y Estado Civil, para que en nombre y
representación de los intereses del Estado interponga e
impulse las acciones legales que correspondan contra
quienes resulten responsables, por presunto delito contra
la administración pública y la fe pública. en agravio del
$tt.do
y del Registro Nacional de Identificación y Estado
I.ima.
domin@o
4
LIC
OCLLlhlC
dc
1998
RESOLUCION
JEFATURAL
No
094-98-IDENTIDAD
Lima, 25 de setiembre de 1998
Visto el Memorándum
N”
593-98-GAJ/IDENTIDAD,
:mitido
por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 1 de
setiembre de 1998.
CONSIDERANDO:
Que, en virtud de la documentación sustentatoria del
Memorándum del visto se desprende que persona no
dentificada
ha incurrido en comportamiento de hacer
nsertar
en instrumento público declaraciones falsas
so-
,re hechos que deban probarse con el documento mismo,
zonducente
a suplantar la identidad del ciudadano José
Francisco
Gómez Carmen;
Artículo
2”.-
Remitase
lo actuado al Procurador Pú-
blico encargado de los asuntos ‘udiciales del Registro
Nacional de Identificación y Esta
d
o
Civil, para
los
fines a
que se contrae la presente Resolución Jefatural.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CELEDONIO MENDEZ VALDIVIA
Jefe Nacional
11422
RESOLUCION JEFATURAL.
N”
093.W-IDENTIDAD
Lima, 25 de setiembre de 1998
Visto el Memorándum
N”
320-g&GAJ/IDENTIDAD,
emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 8 de
setiembre de 1998.
CONSIDERANDO:
Que, en virtud de la documentación sustentatoria del
Memorándum del visto se desprende que persona no
identificada ha incurrido en comportamiento de hacer
insertar en instrumento público declaraciones falsas so-
bre hechos que deban probarse con el documento mismo,
conducente a suplantar la identidad del ciudadano Moisés
Augusto Miura Aquino;
Que, el hecho antes descrito constituye indicio razona-
ble de la comisión de presunto delito contra la adminis-
tración pública y contra la fe pública, en las modalidades
de falsedad ideológica y genérica, previsto y sancionado
en los Artículos
416,428”
y 438” del Código Penal vigente;
Que, en atención al considerando precedente re-
sulta necesario autorizar al Procurador Público, a
car o de los asuntos judiciales del Registro Nacional
de dentificacion y Estado Civil, para que interponga
f
.,
las acciones que correspondan en defensa de los inte-
reses del Estado y del Registro h’acional de Identifica-
ción y Estado Civil, contra quienes resulten responsa-
ble, solicitándose al Ministerio Público y la Dirección
de la Policía Nacional del Perú, a fin de que se asuman
las investigaciones conducentes a la identificación del
sujeto que ha suplantado la identidad del ciudadano
Moisés Augusto Miura Aquino. a fin de formalizar la
denuncia correspondiente,;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley
N”
17537 y la Ley
N”
26497;
SE RESUELVE:
Artículo
1”~
Autorizar al Procurador
Púbbco
encar-
ado
f
de los asuntos judiciales del Registro Nacional de
dentificación
y Estado Civil, para que en nombre y
representación de los intereses del Estado interponga e
impulse las acciones legales que correspondan contra
quienes resulten responsables, por presunto delito contra
la administración pública y la fe pública, en agravio del
Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado
Civil.
Artículo
2”.-
Remítase lo actuado al Procurador Pú-
blico encargado de los asuntos ‘udiciales del Registro
Nacional de Identificación y Esta
cl
o
Civil, para los fines a
que se contrae la presente Resolución Jefatural.
Regístrese, comuníquese y publíquese
CELEDONIO MENDEZ VALDIVIA
Jefe Nacional
ll423
1
<
I
1
1
1
(
Que, el hecho antes descrito constituye indicio
razona-
lle
de la comisión de presunto delito contra la función
kblica
y la fe pública, en las modalidades de falsedad
deológica y genérica, previsto y sancionado en los
Artícu-
os
416”,
428” y 438” del Código Penal vigente;
Que, en atención al considerando recedente re-
sulta necesario autorizar al Procura
x
or
Público,
a
:argo de los asuntos judiciales del Registra Nacional
le Identificación y Estado Civil, para que interponga
las acciones que correspondan en defensa de los
inte..
“eses
del Estado y del Registro Nacional de Identifica.
:ión y Estado Civil, contra quien resulte responsable,
solicitándose al Ministerio Público
v
la Dirección de la
Policía Nacional del Perú,
a
fin deque se asuman las
mvestieaciones conducentes a la identificación del
sujeto que ha suplantado la identidad del ciudadano
José Francisco Gómez Carmen, a fin de formalizar la
ienuncia
correspondiente;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley
N”
17537 y la Ley
N”
26497;
SE RESUELVE:
Artículo
lo.-
Autorizar al Procurador Público encar-
gado de
los
asuntos judiciales del Registro Nacional de
Identificación y Estado Civil, para que en nombre
y
representación de los intereses del Estado interponga e
impulse las acciones legales que correspondan contra
quien resulte res
onsable, por presunto delito contra la
función pública y a fe pública: en agravio del Estado y del
P
Registro Nacional de Identificación y Estado Civil.
Artículo
2”.-
Remítase lo actuado al Procurador Pu-
blico encargado de los asuntos judiciales del Registro
Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a
que se contrae la presente Resolución Jefatural.
Regístrese. comuníquese y publíquese
CELEDONIO MENDEZ VALDIVIA
Jefe Nacional
ll424
RESOLLJCION JEFATURAL
No
095-98-RENIEC
Lima, 25 de setiembre de 1998
Visto el Memorándum
h”’
647-9%GAJmENIEC,
emi-
tido por la Gerencia de
Asesoria
Jurídica, de fecha 17 de
setiembre de 1998.
CONSIDERANDO:
Que:
en virtud de la documentación sustentatoria del
Memorándum del visto se desprende que personas no
identificadas han incurrido en comportamiento de indu-
cir a error a servidor público al hacer insertar en instru-
mento público declaraciones falsas sobre hechos que
cle-
ban probarse con el documento mismo, conducentes a
suplantar la identidad de los ciudadanos Lino
Cancha
Bravo, Elmer Figueroa Liberato Valenzuela, Arturo
William Acosta
Sugaray;
Teodoro Alejandro Hospinal
Avila, Raúl Gavino A
ches
y Pablo Rey Pac eco Gabriel:
r
irre
Camacho, Oscar García
San-
Que. el hecho antes descrito constituye indicio razona-
ble de la comisión de presunto delito contra la adminis-
tración pública y contra la fe pública, en las modalidades
I.ima.
domingo 4
dc
octohrc
de
I
YYX
c[mmo
Pág. 164675
-
1
SE RESUELVE:
de falsedad ideológica y genérica, previsto y sancionado
en los Artículos 416’, 428”
y
438” del Código Penal vigente;
Que. en
atencián
al considerando precedente resulta
necesario autorizar al Procurador Público,
a
cargo de los
asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación
y
Estado Civil, para que interponga las acciones que
correspondan en defensa de los intereses del Estado y del
Registro Nacional de Identificación
v
Estado Civil, contra
quienes resulten responsables, soliktándose al Ministe-
rio Público y la Dirección de la Policía Nacional del Perú,
a
fin de que se asuman las investigaciones conducentes
a
la identificación de los sujetos que han suplantado
a
los
ciudadanos Lino Candia Bravo, Elmer Figueroa Liberato
Valenzuela, Arturo Wilham Acosta
Sugaray.
Teodoro
Alejandro Hospinal Avila, Raúl
Gavina
Aguirre Cama-
cho, Oscar García Sánchez
y
Pablo Rey Pacheco Gabriel;
Artículo l”.- Autorizar al Procurador Público encar-
gado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de
Identificación
y
Estado Civil, para que en nombre
y
repre-
sentación de los intereses
del
Estado interponga e impulse
las acciones legales que correspondan contra Cecilia
Cam-
borda Zamudio y contra quien resulte responsable, por
presunto delito de apropiación ilícita, en agravio del Estado
y
del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil.
Artículo
2”.-
Remítase lo actuado al Procurador Pú-
blico encargado de los asuntos judiciales del Registro
Nacional
de
Identificación
y
Estado Civil, para los fines a
que se contrae la presente
Resolucion
Jefatural.
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley
N”
17537 y la Ley N’ 26497:
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CELEDONIO MENDEZ VALDIVIA
Jefe Nacional
SE RESUELVE:
11426
Artículo
l”.-
Autorizar al Procurador Público encar-
gado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de
Identificación
y
Estado Civil, para que en nombre
v
repre-
sentación de los intereses del Estado interponga e impulse
las acciones legales que correspondan contra quienes resul-
ten responsables, por presunto delito contra la administra-
ción pública y la fe pública. en agravio del Estado
y
del
Registro Nacional de Identificación
y
Estado Civil.
CONASEV
Artículo
2”.-
Remítase lo actuado al Procurador Pú-
blico encargado de los asuntos judiciales del Registro
Nacional de Identificación
y
Estado Civil, para los fines
a
que se contrae la presente Resolución
Jefatural.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Disponen inscribir bonos de arrenda-
miento financiero en el Registro Públi-
co del Mercado de Valores
RESOLUCION GERENCIA GENERAL
N”
16%98-EF194.11
CELEDONIO MENDEZ VALDIVIA
Jefe Nacional Lima,
30
de setiembre de 1998
VISTOS:
11425
RESOLUCION JEFATURAL
W
096-98-RENIEC
Lima, 25 de setiembre de 1998
Visto el Memorándum
N”
654.98-GAJiRENIEC,
emi-
tido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 18 de
setiembre de 1998.
CONSIDERANDO:
Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado
Civil ha celebrado Contrato de Locación de Servicios con
la empresa Special Logistic Service S.A.,
a
fin de que esta
última destaque personal idóneo, técnica
y
moralmente,
para el cumplimiento de los servicios y procedimientos
administrativos que presta la entidad;
Que, conforme los informes remitidos por la Oficina
Regional del Registro VI Centro Huancayo. la ciuda-
dana Cecilia Camborda Zamudio se ha apropiado indebi-
damente de las cobranzas por derecho de trámite,
recep-
cionados directamente de los usuarios por concepto de
derechos registrales, consignado en el Texto Unico de
Procedimientos Administrativos del Registro Nacional de
Identificación y Estado Civil;
Que, lo expuesto en los considerandos precedentes ha
sido puesto
a
conocimiento de la empleadora de Cecilia
Camborda Zamudio, Special Logistic Service S.A.
Trvia
notarial, para los efectos de que asuma la responsa ihdad
civil correspondiente;
Que, la Gerencia de Control Interno del Registro
Nacional de Identificación y Estado Civil ha efectuado
acción de control que confirma los hechos expuestos y
conforme lo dispuesto en el literal
D,
del Articulo
16”
del
Decreto Ley
N”
26162, las acciones de control
t:fectuadas
por cualquier órgano del sistema tienen calidad de prueba
preconstituida;
Que, las consideraciones glosadas conllevan
a
presu-
mir la existencia de indicios razonables de la comisión de
delito de apropiación ilícita en agravio del Estado y del
Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, razón
por la cual resulta necesario autorizar al F’rocurador
Público,
a
cargo de los asuntos judiciales del Registro
Nacional de Identificación y Estado Civil para que inter-
ponga las acciones legales que correspondan;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley
N”
17537
y
la Ley N’ 26497;
/
-
El Expediente
N”
98100272 del BANCO SANTAN-
DER, y el Memorándum Ejecutivo
N”
341-98-EF194.40
de
fecha 28
de
setiembre de 1998 de la Gerencia de Mercado
de Valores;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el numeral 14 del Artículo
221” de la Ley General del Sistema Financiero
y
del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de
Banca y Seguros, Ley
N”
26702, las empresas bancarias
pueden emitir y colocar bonos, en moneda nacional
o
extranjera, incluidos los de arrendamiento financiero,
siempre que sean de su propia emisión;
Que, mediante sesiones de Directorio del Banco San-
tander de fechas 31 de marzo de 1998
y
26 de agosto de
1998 se aprobó la sexta
emision
de bonos de
arrendami,en-
to financiero por un monto de veinte
millones
Dólares de los Estados Unidos de América
IUS.
20 000
4
OO/1
00
OOO,OO),
para ser colocados mediante oferta pública, esta-
bleciendo las características y condiciones de la misma,
Que. mediante Resolución SBS
K”
832-98 del 26 de
agosto de 1998 la Superintendencia de Banca
y
Seguros
autoriza la sexta emisión de bonos de arrendamiento
financiero del
BAKCO
SANTkhJDER:
Que, el BANCO
SANT.4NDER
ha cumplido con los
requisitos contenidos en
la
Ley del Mercado de Valores,
Decreto Legislativo
N”
X61 y en el Reglamento de
Oferta Pública Primaria de Valores Mobiliarios, apro-
bado por Resolución CONASEV
N”
90ö-91-EF/94.16.0,
modificado por Resolución CONASEV N” 600-97-EF/
94.10, los mismos que
haii
sido verificados, en cumpli-
miento de la Ley del Mercado de Valores por
esta
Comisión Nacional;
y,
Estando
a
lo dispuesto por el inciso
ge
del Artículo ll”
del Texto Unico Concordado de la Ley Orgánica de CO-
NASEV, aprobado por Decreto Ley
N’
26126, la Ley del
Mercado de Valores, Decreto Legislativo
N”
861,
así
como
a lo acordado por el Directorio de esta (:omisión Nacional,
reunido en sesión de fecha 22 de setiembre de 1997. que
facu1t.a
al Gerente General
a
disponer la inscripcion en el
Registro Público del
.Mercado
de Valores de los valores
cuya emisión tenga
aut«riJaciRn
de la Superintendencia
de Banca
y
Seguros;
SE RESUELVE:
Artículo
l”.-
Inscribir
en
el Registro Púbhco del Mer-
cado de Valores los bonos de
arrendamient.0
financiero
denominados “Bonos de Arrendamiento Financiero del
-

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