Designan Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica del ministerio

Fecha de disposición10 Agosto 2004
Fecha de publicación10 Agosto 2004
Pág. 274154
NORMAS LEGALES
Lima, martes 10 de agosto de 2004
Aceptan renuncia de Jefe de la Oficina
de Asesoría Jurídica del ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 861-2004-DE/SG
Lima, 4 de agosto de 2004
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Ministerial Nº 313-2004 DE/
SG de fecha 27 de febrero de 2004, se designó al señor
abogado Oscar Enrique Gómez Castro, en el cargo de Jefe
de la Oficina de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defen-
sa, cargo considerado de confianza;
Que mediante comunicación de fecha 3 de agosto, el
mencionado funcionario ha formulado renuncia al referido
cargo por razones estrictamente personales, por lo que
debe emitirse el acto administrativo correspondiente;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594,
en el Decreto Legislativo Nº 560, la Ley Nº 27860 y su Re-
glamento; y,
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aceptar, a partir del 10 de agosto, la re-
nuncia formulada por el doctor OSCAR ENRIQUE GÓMEZ
CASTRO al cargo de Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídi-
ca del Ministerio de Defensa, cargo considerado de con-
fianza, dándosele las gracias por los importantes servicios
prestados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN
Ministro de Defensa
14465
Designan Jefe de la Oficina de Aseso-
ría Jurídica del ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 862-2004-DE/SG
Lima, 4 de agosto de 2004
CONSIDERANDO:
Que, se encuentra vacante el cargo de Jefe de la Ofici-
na de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa, cargo
considerado de confianza;
Que, es necesario proceder a la designación correspon-
diente;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594,
en el Decreto Legislativo Nº 560, la Ley Nº 27860 y su Re-
glamento;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar a partir del 11 de agosto del
2004, al señor doctor Modesto Palpa Rojas, como Jefe de
la Oficina de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa,
cargo considerado de confianza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN
Ministro de Defensa
14466
ECONOMÍA Y FINANZAS
Aprueban reajuste al capital del BCRP
DECRETO SUPREMO
Nº 108-2004-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5º de la
Ley Nº 26123, Ley Orgánica del Banco Central de Reserva
del Perú, el capital del Banco Central puede ser reajustado
mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministerio de
Economía y Finanzas;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 059-2000-EF, el capi-
tal del Banco Central fue incrementado a S/. 100 000 000,00;
Que, mediante Oficio-M-Nº 007-2004-EF/90 del 25 de
junio de 2004, se informa que el Directorio del Banco Cen-
tral ha acordado solicitar el aumento del capital autorizado,
a fin de mantener la solidez patrimonial de dicha institu-
ción;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26123;
DECRETA:
Artículo 1º.- Reajuste de capital
Reajústese el capital del Banco Central de Reserva del
Perú de S/. 100 000 000,00 (Cien millones y 00/100 Nue-
vos Soles) a la suma de S/. 241 350 619,90 (Doscientos
cuarenta y un millones trescientos cincuenta mil seiscien-
tos diecinueve y 90/100 Nuevos Soles), mediante la capi-
talización del saldo al 31 de diciembre del 2003 de la Cuenta
Capital Ajuste por Corrección Monetaria y de la Cuenta
Resultado por Exposición a la Inflación Acumulado.
Artículo 2º.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve
días del mes de agosto del año dos mil cuatro.
ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
PEDRO PABLO KUCZYNSKI
Ministro de Economía y Finanzas
14526
Establecen clasificación arancelaria de
mercancías
DECRETO SUPREMO
Nº 109-2004-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Ley General de Aduanas, aprobada por Decre-
to Legislativo Nº 809 y normas modificatorias, establece
que ADUANAS (hoy SUNAT) es el organismo del Estado
facultado para interpretar y emitir pronunciamiento técni-
co-tributario sobre los alcances de las disposiciones lega-
les en materia aduanera;
Que, conforme al Reglamento de Organización y Fun-
ciones de la Superintendencia Nacional de Administración
Tributaria - SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-
2002-PCM, la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera
es el órgano encargado, entre otros, de expedir Resolucio-
nes sobre clasificación arancelaria;
Que, la clasificación arancelaria de mercancías es de
carácter técnico y se basa en reglas generales de inter-
pretación y en reglas para la aplicación del Arancel de Adua-
nas;
Que, se han presentado casos de discrepancia respecto
a la clasificación arancelaria de ciertas mercancías, lo cual
genera dualidad de criterios en la Administración Tributa-
ria, por lo que resulta necesario determinar de manera cla-
ra cuál es su correcta clasificación arancelaria, a fin de
evitar futuras contingencias tributarias;
De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8 del
DECRETA:
Artículo 1º.- Precísase que las bebidas isotónicas com-
puestas principalmente por sacarosa, dextrosa, ácido cí-

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR