RESOLUCION JEFATURAL N° 101-2014-ANA - Encargan funciones de la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua.

Fecha de disposición09 Marzo 2014
Fecha de publicación09 Marzo 2014
El Peruano
Domingo 9 de marzo de 2014
518516
Artículo 4º.- Las maderas verdes, maderas aserradas
secas naturalmente, cortezas de maderas enteras o
trozadas y/o leña de madera de cualquier especie, sin
ningún tipo de tratamiento de preservación deben ser
sometidas a un Análisis de Riesgo de Plagas, a f‌i n de
establecer los requisitos f‌i tosanitarios necesarios que
permita su importación.
Artículo 5º.- Para mayor precisión en el cumplimiento
de la presente norma, inclúyase los siguientes términos
dentro de la norma:
Madera aserrada: es la madera cortada, obtenida
por aserrío, constituida por hojas o láminas de madera
maciza, escuadrada, con caras paralelas entre sí y
cantos perpendiculares a la misma, en longitudes
variables, sin tornear, curvar ni trabajar de otro modo
y que no ha sido utilizada aún. Comprende: vigas,
tablas, tablones, planchas, polines, tablillas, listones,
entre otros.
Madera aserrada seca industrialmente: es aquella
madera que ha sido sometida a un proceso de secado
artif‌i cial en horno o estufa y cuyo contenido de humedad
es igual o inferior al 18%, expresado como un porcentaje
de su peso anhidro.
Madera aserrada seca naturalmente: es aquella
madera aserrada, sometida a proceso de secado al aire
con un contenido de humedad aproximadamente en
equilibrio con las condiciones higrométricas del ambiente
en que se encuentra.
Madera verde: es aquella madera aserrada, cuyo
contenido de humedad al interior de la pieza sea superior
al 30% expresado como un porcentaje de su peso
anhidro.
Impregnación: proceso que consiste en la
saturación de sus fibras con una mezcla química de
efectividad comprobada con el objeto de protegerla
contra organismos destructores, por inmersión o
autoclavado.
Inmersión: cuando las piezas de madera son
sumergidas completamente en el producto de protección,
podrá ser utilizado sólo en madera de pino cuyo grosor
no sea superior a los 5 cm y por un tiempo de exposición
no menor a 3 horas. La saturación se obtiene sólo por
capilaridad.
Autoclavado: proceso realizado en un equipo
(autoclave) mediante el uso del vacío y presión, hasta
obtener la saturación completa de las células de la
madera con el producto de protección.
Artículo 6º.- Esta norma entrará en vigencia después
de 30 días calendarios de haber sido aprobada y
publicada of‌i cialmente.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MOISES PACHECO ENCISO
Director General
Dirección de Sanidad Vegetal
Servicio Nacional de Sanidad Agraria
1058641-2
Encargan funciones de la Dirección
de Conservación y Planeamiento de
Recursos Hídricos de la Autoridad
Nacional del Agua
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 101-2014-ANA
Lima, 7 de marzo de 2014
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Jefatural N° 177-2013-
ANA, se encargó al señor HUMBERTO CRUZ CORONEL
las funciones de la Dirección de Conservación y
Planeamiento de Recursos Hídricos de la Autoridad
Nacional del Agua;
Que, se ha visto por conveniente dar por concluida
la referida encargatura y en consecuencia encargar
las funciones de la citada Dirección al señor EUSEBIO
MERCEDES INGOL, emitiéndose el presente acto de
administración;
Que, de conformidad con la Ley Nº 27594, Ley
que regula la Participación del Poder Ejecutivo en el
Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos
y en uso de las funciones y atribuciones conferidas a
este Despacho en el artículo 11º del Reglamento de
Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del
Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-
AG.
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Dar por concluida, a partir del 10 de
marzo de 2014, la encargatura de funciones de la
Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos
Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua, conferida
al señor HUMBERTO CRUZ CORONEL, mediante
Resolución Jefatural N° 177-2013-ANA, dándosele las
gracias por los servicios prestados.
Artículo 2°.- Encargar, a partir del 10 de marzo
de 2014, al señor EUSEBIO MERCEDES INGOL
BLANCO las funciones de la Dirección de Conservación
y Planeamiento de Recursos Hídricos de la Autoridad
Nacional del Agua.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE LUIS MONTENEGRO CHAVESTA
Jefe
Autoridad Nacional del Agua
1059228-1
COMERCIO EXTERIOR
Y TURISMO
Aceptan renuncia y encargan funciones
de Director General de la Oficina
General de Asesoría Jurídica del
Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 077-2014-MINCETUR
Lima, 7 de marzo de 2014
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 288-
2013-MINCETUR, de fecha 29 de octubre de 2013,
se designó al señor abogado ERIC FRANKLIN PAZ
MELÉNDEZ, en el cargo de Director General de la
Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio
de Comercio Exterior y Turismo, Nivel F-5, cargo
considerado de confianza;
Que, el señalado funcionario ha formulado renuncia al
cargo que venía desempeñando, la que resulta pertinente
aceptar, y es necesario encargar dicho puesto en tanto se
designe a su titular;
De conformidad con la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica
del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27790 - Ley de Organización
y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo
y la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del
Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de
funcionarios públicos.

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