RESOLUCION Nº 294-2010/SBN-GO-JAR - Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de área ubicada en el Cerro Morro Solar, distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima

Fecha de publicación10 Noviembre 2010
Fecha de disposición10 Noviembre 2010
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, miércoles 10 de noviembre de 2010 428877
Que, los incisos h) y s) del Artículo 39° del Reglamento
de Organización y Funciones de la SBN aprobado por
Resolución N° 315-2001/SBN, de fecha 03 de setiembre
de 2001, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y
Recuperaciones de la Gerencia de Operaciones, a
identif‌i car los terrenos eriazos y/o en abandono, con la
f‌i nalidad de incorporarlos al dominio del Estado, así
como a emitir en primera instancia las resoluciones de su
competencia;
De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del
Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento
Decreto Supremo N° 131-2001-EF, que aprueba el
Estatuto de la SBN y Resolución de Superintendencia
N° 315-2001/SBN; y
Estando a los fundamentos expuestos en el Informe
Técnico Legal Nº 0660-2010/SBN-GO-JAR, de fecha 25
de octubre de 2010;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción
de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de
220 960,47 m², ubicado al Norte de la Base Aérea
de la Joya – Pampas de la Joya, distrito de la Joya,
provincia y departamento de Arequipa, según el plano
y memoria descriptiva que sustentan la presente
Resolución.
Artículo 2°.- La Zona Registral Nº XII - Sede Arequipa
de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos,
por el mérito de la presente Resolución, efectuará la
primera inscripción de dominio a favor del Estado del
terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro
de Predios de Arequipa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.-
EDDA YSABEL CARRASCO GAVIÑO
Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones
564376-1
Disponen primera inscripción de
dominio a favor del Estado de área
ubicada en el Cerro Morro Solar, distrito
de Chorrillos, provincia y departamento
de Lima
JEFATURA DE ADQUISICIONES Y
RECUPERACIONES
RESOLUCIÓN Nº 294-2010/SBN-GO-JAR
San Isidro, 09 de noviembre del 2010
Visto el Expediente N° 312-2010/SBN-JAR,
correspondiente al trámite de primera inscripción de
dominio a favor del Estado de un área de 13 034,94
m², ubicado en el Cerro Morro Solar, al oeste de los
Asentamientos Humanos Inti Llacta y General Miguel
Iglesias, distrito de Chorrillos, provincia y departamento
de Lima; y
CONSIDERANDO:
Que, la Superintendencia Nacional de Bienes
Estatales -SBN, es el Ente Rector del Sistema
Nacional de Bienes Estatales encargado de normar
y supervisar las acciones que realicen las entidades
que conforman el mencionado Sistema, en materia
de adquisición, disposición, administración y registro
de los bienes estatales a nivel nacional, así como
de ejecutar dichos actos respecto de los bienes
estatales que se encuentran bajo su competencia,
procurando optimizar su uso y valor, conforme a la
Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de
Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con
Que, revisada la base gráf‌i ca de propiedades con
la que cuenta esta Superintendencia, se identif‌i có el
terreno de 13 034,94 m², ubicado en el Cerro Morro Solar,
al oeste de los Asentamientos Humanos Inti Llacta y
General Miguel Iglesias, distrito de Chorrillos, provincia y
departamento de Lima;
Que, mediante Informe Técnico N° 13195-2010-
SUNARP-Z.R.N° IX/OC de fecha 09 de noviembre de
2010, la Zona Registral IX – Sede Lima, señala que el
predio en consulta se ubica en zonas donde la base gráf‌i ca
de la of‌i cina de catastro, el cual se encuentra en proceso
de elaboración y actualización de predios inscritos, a la
fecha, no se han identif‌i cado anotaciones registrales;
así como, indica que el área en consulta se encuentra
comprendida dentro de la Zona Histórica Intangible del
Morro Solar;
Que, el Artículo 23° de la Ley N° 29151 “Ley General
del Sistema Nacional de Bienes Estatales”, establece
que los predios que no se encuentren inscritos en el
Registro de Predios y que no constituyan propiedad
de particulares, ni de las Comunidades Campesinas
y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que
corresponde tramitar la primera inscripción de dominio
a favor del Estado de un área de 13 034,94 m², de
conformidad con el Artículo 38 del Reglamento de
la Ley N° 29151, que establece que la inscripción de
los bienes del Estado de dominio público y de dominio
privado se efectuará en el Registro de Predios a favor del
Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-
VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, aprobada
por Resolución N° 011-2002/SBN, modificada por la
Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolución
Nº 014-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción
de primera de dominio de predios a favor del Estado;
Que, mediante Resolución Nº 027-2008/SBN de
fecha 17 de marzo de 2008, se designa transitoriamente
a la Gerencia de Operaciones, la facultad de Gestión
Inmobiliaria y Supervisión a que hace referencia la Ley
Nº 29151, hasta la aprobación del nuevo Reglamento de
Organización y Funciones de la SBN;
Que, los incisos h) y s) del Artículo 39° del Reglamento
de Organización y Funciones de la SBN aprobado por
Resolución N° 315-2001/SBN, de fecha 03 de setiembre
de 2001, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y
Recuperaciones de la Gerencia de Operaciones, a
identif‌i car los terrenos eriazos y/o en abandono, con la
f‌i nalidad de incorporarlos al dominio del Estado, así
como a emitir en primera instancia las resoluciones de su
competencia;
De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del
Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento
y modif‌i catorias, Decreto Supremo N° 131-2001-EF,
“Estatuto de la SBN” y Resolución de Superintendencia
N° 315-2001/SBN;
Estando a los fundamentos expuestos en el Informe
Técnico Legal Nº 705-2010/SBN-GO-JAR, de fecha 09 de
noviembre del 2010;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de
dominio a favor del Estado de un área de 13 034,94
m², ubicado en el Cerro Morro Solar, al oeste de los
Asentamientos Humanos Inti Llacta y General Miguel
Iglesias, distrito de Chorrillos, provincia y departamento de
Lima, según el plano y memoria descriptiva que sustentan
la presente Resolución.
Artículo 2°.- La Zona Registral Nº IX - Sede Lima de
la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos,
por el mérito de la presente Resolución, efectuará la
primera inscripción de dominio a favor del Estado del
terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro
de Predios de Lima.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDDA YSABEL CARRASCO GAVIÑO
Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones
564952-1

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