ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DEL PERU Y EL GOBIERNO DEL JAPON............................. - Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno del Japón relativo a la cooperación económica no reembolsable para la provisión de vehículos ecológicos japoneses de última generación

Fecha de publicación08 Noviembre 2013
Fecha de disposición08 Noviembre 2013
El Peruano
Viernes 8 de noviembre de 2013 506725
gestión y vigilancia de los programas locales de desarrollo
social, así como de apoyo a la población en riesgo.
5.1.6.2 Organizar e implementar, en coordinación con la
Municipalidad Distrital el servicio de Defensoría Municipal
de los Niños y Adolescentes, de acuerdo a la legislación
sobre la materia.
5.1.6.3 Promover el desarrollo integral de la juventud
para el logro de su bienestar físico, psicológico, social,
moral y espiritual, así como su participación activa en la
vida política, social, cultural y económica de su localidad
y distrito.
5.1.6.4 Promover la igualdad de oportunidades con
criterio de equidad y género.
5.1.7 En Materia de Seguridad Ciudadana:
5.1.7.1 Establecer, en coordinación con la Policía
Nacional del Perú, un sistema de seguridad ciudadana con
participación de la sociedad civil.
5.1.7.2 Ejercer la labor de coordinación para las
tareas de defensa civil en el distrito, así como las
acciones necesarias para la atención de poblaciones
de su jurisdicción damnificadas por desastres naturales
o de otra índole, con sujeción a las normas establecidas
en lo que respecta a los comités de Defensa Civil
Distritales.
5.1.8 En Materia de Promoción del Desarrollo
Económico Local:
5.1.8.1 Establecer alianzas estratégicas y f‌i rma de
convenios con entidades públicas y privadas para el
desarrollo de programas de apoyo al desarrollo económico
local sostenible en su espacio territorial.
5.1.8.2 Brindar la información económica necesaria
sobre la actividad económica en su jurisdicción, en función
a la información disponible, a las instancias distritales,
regionales y nacionales.
5.1.9 Atribuciones Administrativas y Económico
– Tributarias:
Deléguese a la Municipalidad del Centro Poblado Valle
Nor Pacíf‌i co Tunas las facultades para el cobro de arbitrios,
tasas y derechos siguientes:
5.1.9.1 Cobro de derecho de uso de terreno en el
cementerio.
5.1.9.2 Cobro por servicios de agua y limpieza
pública.
5.1.9.3 Cobro por espectáculos públicos no
deportivos.
5.1.9.4 Impuesto predial.
5.1.9.5 Alcabala por venta de terrenos.
Los montos recaudados mensualmente serán
materia de información a la Municipalidad Provincial de
Huancabamba, con carácter de declaración jurada, bajo
responsabilidad del Alcalde de la Municipalidad del Centro
Poblado.
Artículo 6º.- ASIGNACION DE RECURSOS:
Se establecerá una transferencia mensual de
recursos f‌i nancieros a favor de la Municipalidad del
Centro Poblado de Valle Nor Pacíf‌i co Tunas, tanto por
parte de la Municipalidad Provincial de Huancabamba,
como por la Municipalidad Distrital de Huarmaca, por un
monto correspondiente al asignado en su Presupuesto
Institucional de Apertura (PIA) anual respectivo, de
conformidad a lo estipulado en el Artículo 133º de la Ley
Nº 27972, Ley Orgánica de Municipales, los mismos que
serán destinados para el desempeño y sostenimiento de
las competencias y funciones delegadas.
Artículo 7º.- DE LA RENDICION DE CUENTAS DE
LOS RECURSOS TRANSFERIDOS:
Los montos asignados y transferencias, serán
materia de rendición de cuentas documentadas a la
Municipalidad Provincial de Huancabamba con copia a la
Municipalidad Distrital de Huarmaca, dentro de los cinco
(05) días calendario del mes siguiente, de conformidad
con las normas generales de contabilidad y tesorería, bajo
responsabilidad del Alcalde de la Municipalidad del Centro
Poblado, el incumplimiento en la rendición de cuentas será
causal de suspensión de las siguientes transferencias,
no pudiendo ser materia de reclamo por devengados las
transferencias de meses anteriores.
Artículo 8º.- DE LOS DOCUMENTOS DE GESTION:
La Municipalidad del Centro Poblado Valle Nor
Pacíf‌i co Tunas, con el apoyo y asesoramiento de la
Municipalidad Distrital de Huarmaca, desarrollará y
aprobará sus diversos documentos de gestión como
son: Estructura Orgánica, Reglamento de Organización
y Funciones, Cuadro para Asignación de Personal,
Manual de Organización y Funciones, Reglamento
Interno de Concejo, Texto Único de Procedimientos
Administrativos, los cuales constituyen la base de su
organización interna y administrativa.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS,
COMPLEMENTARIAS Y FINALES
Primera.- En todo lo previsto en la presente Ordenanza
Municipal, se aplicará de forma supletoria las normas
contenidas en la Ley Orgánica de Municipalidades en lo
que fuera pertinente.
Segunda.- Encárguese a la Gerencia de Planeamiento
y Presupuesto, considerar en el Presupuesto Institucional
de Apertura para el Año Fiscal 2014, las transferencias
mensuales a la Municipalidad del Centro Poblado Valle Nor
Pacíf‌i co Tunas, en el importe que otorga la Municipalidad
Provincial a todas las Municipalidades de los Centros
Poblados de la jurisdicción provincial.
Tercera.- Encárguese al Titular del pliego para que en
el plazo de 60 días calendario después de publicada la
presente Ordenanza, se convoque a elecciones.
Cuarta.- La presente Ordenanza Municipal, entrará en
vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el
Diario Of‌i cial El Peruano.
POR TANTO:
Mando; se registre, publique y cumpla.
Dada en la Sede de la Municipalidad Provincial de
Huancabamba, el catorce de agosto del año 2013.
WILSON RAMIRO IBAÑEZ IBAÑEZ
Alcalde
1010217-1
CONVENIOS INTERNACIONALES
Acuerdo entre el Gobierno de la
República del Perú y el Gobierno
del Japón relativo a la cooperación
económica no reembolsable para la
provisión de vehículos ecológicos
japoneses de última generación
Embajada del Japón
Nº O-1A/114/13
Lima, 30 de abril de 2013
Excelencia,
Tengo el honor de referirme a las conversaciones
recientemente sostenidas entre los representantes del
Gobierno del Japón y el Gobierno de la República del
Perú, concernientes a la cooperación económica japonesa
que será otorgada con miras a fortalecer las relaciones
de amistad y de cooperación entre los dos países, y
proponer en nombre del Gobierno del Japón el siguiente
entendimiento:
1. Con el propósito de contribuir a la promoción de
los esfuerzos con f‌i nes del desarrollo económico y social
del Gobierno de la República del Perú, el Gobierno del
Japón otorgará al Gobierno de la República del Perú,
de acuerdo con las leyes y reglamentos pertinentes del
Japón, una donación de mil doscientos millones de yenes
japoneses (¥1,200,000,000)) (en adelante denominada “la
Donación”).
2. (1) La Donación y su interés derivado serán utilizados
por el Gobierno de la República del Perú apropiada y
exclusivamente para la adquisición de los productos

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