LEY N° 29858 - Ley que otorga amnistía por la posesión irregular o ilegal de armas de uso civil, armas de uso de guerra, municiones, granadas de guerra o explosivos y regulariza su tenencia

Fecha de disposición03 Mayo 2012
Fecha de publicación03 Mayo 2012
NORMAS LEGALES
www.elperuano.com.pe
FUNDADO
EN 1825 POR
EL LIBERTADOR
SIMÓN BOLÍVAR
Lima, jueves 3 de mayo de 2012
465647
AÑO DE LA
INTEGRACIÓN
NACIONAL Y EL
RECONOCIMIENTO
DE NUESTRA DIVERSIDAD
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICA
Ley N° 29858.- Ley que otorga amnistía por la posesión
irregular o ilegal de armas de uso civil, armas de uso de
guerra, municiones, granadas de guerra o explosivos y
regulariza su tenencia 465649
Ley N° 29859.- Ley que incorpora el Artículo 317-A al
Código Penal 465649
PODER EJECUTIVO
AGRICULTURA
R.M. N° 0152-2012-AG.- Designan Administrador Técnico
Forestal y de Fauna Silvestre Selva Central 465650
R.M. N° 0153-2012-AG.- Aprueban el “Plan de Promoción,
Difusión y Práctica del Código de Ética de la Función
Pública del Ministerio de Agricultura - 2012” 465650
DEFENSA
R.S. N° 177-2012-DE/.- Autorizan viaje de representantes
de la FEDEMILPE a Uganda, en comisión de servicios
465651
R.S. N° 178-2012-DE/.- Autorizan viaje de Equipo de
Inspección del Ministerio de Defensa a Haití, en comisión
de servicios 465652
R.S. N° 179-2012-DE/MGP.- Autorizan viaje de personal
militar a Colombia, en comisión de servicios 465653
R.M. N° 421-DE/SG-2012.- Autorizan ingreso al territorio
peruano de personal militar de los Estados Unidos de
América 465653
EDUCACION
R.M. N° 0163-2012-ED.- Designan Jefa de la Unidad de
Cooperación Financiera No Reembolsable de la Of‌i cina de
Cooperación Internacional, dependiente del Viceministerio
de Gestión Institucional 465654
JUSTICIA Y
DERECHOS HUMANOS
R.M. N° 0121-2012-JUS.- Encargan el Despacho
Viceministerial de Derechos Humanos y Acceso a la
Justicia a la Viceministra de Justicia 465654
MUJER Y
POBLACIONES VULNERABLES
R.M. N° 099-2012-MIMP.- Designan Jefa de Recursos
Humanos de la Unidad Administrativa del Programa
Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual - PNCVFS
465654
R.M. N° 100-2012-MIMP.- Designan Jefa de
Contabilidad de la Unidad Administrativa del Programa
Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual -
PNCVFS 465655
RELACIONES EXTERIORES
RR.MM. N°s. 0439, 0440, 0441, 0442, 0451 y 0453/RE-
2012.- Autorizan viajes de funcionarios diplomáticos
a Colombia, Corea, Japón y Bolivia, en comisíón de
servicios 465655
RR.MM. N°s. 0454 y 0455/RE-2012.- Autorizan viajes de
funcionarios diplomáticos a Colombia y Brasil, en comisión
de servicios 465658
SALUD
R.M. N° 337-2012/MINSA.- Designan Coordinadora
Técnica de la Of‌i cina General de Comunicaciones del
Ministerio 465659
R.M. N° 338-2012/MINSA.- Designan Asesor de Alta
Dirección del Despacho Viceministerial 465660
R.M. N° 340-2012/MINSA.- Designan Jefa de Of‌i cina de
la Of‌i cina de Asesoría Jurídica de la Dirección de Salud II
Lima Sur 465660
R.M. N° 341-2012/MINSA.- Designan funcionarios en la
Dirección de Salud V Lima Ciudad 465661
TRABAJO Y
PROMOCION DEL EMPLEO
R.M. N° 114-2012-TR.- Designan funcionario responsable
del Libro de Reclamaciones del Ministerio 465661
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
RR.MM. N°s. 211 y 212-2012-MTC/02.- Autorizan viajes
de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica
Civil a EE.UU., Chile y Rusia, en comisión de servicios
465662
Sumario
Año XXIX - Nº 11827
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 3 de mayo de 2012
465648
ORGANISMOS REGULADORES
SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE SERVICIOS
DE SANEAMIENTO
RR. N°s. 020 y 023-2012-SUNASS-PCD.- Designan
Asesores de la Presidencia del Consejo Directivo de la
SUNASS 465665
Res. N° 022-2012-SUNASS-PCD.- Designan Gerente
de Políticas y Normas 465665
ORGANISMOS
TECNICOS ESPECIALIZADOS
INSTITUTO NACIONAL
DE ESTADISTICA
E INFORMATICA
R.J. N° 112-2012-INEI.- Aprueban Índices Unif‌i cados
de Precios de la Construcción para las seis Áreas
Geográf‌i cas, correspondientes al mes de abril de 2012
465665
PODER JUDICIAL
CORTES SUPERIORES
DE JUSTICIA
Res. Adm. N° 301-2012-P-CSJLI/PJ.- Designan Juez
Supernumerario del Tercer Juzgado de Paz Letrado de
Lima 465666
Res. Adm. N° 302-2012-P-CSJLI/PJ.- Disponen
permanencia de magistrado como Juez Superior
Provisional integrante de la Segunda Sala Contencioso
Administrativo de Lima 465666
Res. Adm. N° 303-2012-P-CSJLI/PJ.- Designan Juez
Supernumerario del Sexto Juzgado de Paz Letrado de La
Victoria Turno “B” 465667
Res. Adm. N° 304-2012-P-CSJLI/PJ.- Designan Juez
Supernumeraria del Vigésimo Segundo Juzgado Civil de
Lima 465667
ORGANOS AUTONOMOS
BANCO CENTRAL
DE RESERVA
Circular N° 0012-2012-BCRP.- Índice de reajuste diario a
que se ref‌i ere el Artículo 240° de la Ley General del Sistema
Bancario y del Sistema de Seguros, correspondiente al
mes de mayo de 2012 465668
MINISTERIO PUBLICO
RR. N°s. 991, 992, 993, 994, 995, 996, 997, 998 y
999-2012-MP-FN.- Nombran y designan fiscales en
los Distritos Judiciales del Santa, Puno, Huánuco,
Amazonas, Apurímac, Cajamarca, Ucayali y Lima
465668
RR. N°s. 1000 y 1001-2012-MP-FN.- Aceptan renuncias
de f‌i scales del Distrito Judicial de Ancash 465670
SUPERINTENDENCIA DE BANCA,
SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Res. N° 2590-2012.- Autorizan a la Caja Municipal de
Ahorro y Crédito de Arequipa la conversión de agencia
ubicada en el departamento de Junín en of‌i cina especial
465671
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE COMAS
Acuerdo N° 019-2012-MDC.- Autorizan viaje del Alcalde
a Colombia, en comisión de servicios 465671
MUNICIPALIDAD
DE LA VICTORIA
Ordenanza N° 148-2012/MLV.- Regulan horarios y
condiciones para la ejecución de obras en el distrito
465672
Ordenanza N° 149-2012/MLV.- Regulan el proceso del
Presupuesto Participativo del año 2013 465673
MUNICIPALIDAD
DE PUEBLO LIBRE
D.A. N° 06-2012-MPL.- Prorrogan vigencia de la
Ordenanza N° 386-MPL, que aprobó Régimen Excepcional
de Fraccionamiento de Deudas Tributarias para los
Pequeños y Micro Contribuyentes 465674
MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS
D.A. N° 007-2012-MDSL.- Aprueban modif‌i cación del
Cronograma de Actividades del Proceso de Presupuesto
Participativo Basado en Resultados para el Año 2013
465674
MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO
D.A. N° 11-2012-MSS.- Aprueban Reglamento de las
Sesiones de la Junta de Delegados Vecinales Comunales
465675
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA
D.A. N° 003-2012/MDV-ALC.- Prorrogan vigencia de la
Ordenanza N° 029-2011/MDV, que establece el Programa
de Revalorización Predial mediante la Actualización
de Declaraciones Tributarias de Predios por los
Contribuyentes del distrito 465677
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
LA BANDA DE SHILCAYO
R.A. N° 137-2012-MDBSH.- Autorizan viaje del Alcalde a
EE.UU. para participar en el programa regional “Desarrollo
Urbano Sostenible” 465678
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 3 de mayo de 2012 465649
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 29858
EL PRESIDENTE DEL CONGRESO
DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE OTORGA AMNISTÍA POR LA POSESIÓN
IRREGULAR O ILEGAL DE ARMAS DE USO CIVIL,
ARMAS DE USO DE GUERRA, MUNICIONES,
GRANADAS DE GUERRA O EXPLOSIVOS Y
REGULARIZA SU TENENCIA
Artículo 1. Otorgamiento de amnistía y
regularización
Concédase la amnistía a las personas naturales o
jurídicas que poseen ilegal o irregularmente armas de uso
civil, armas de uso de guerra, armas de fuego artesanales,
municiones, granadas de guerra o explosivos, que las
entreguen a la Dirección General de Control de Servicios
de Seguridad, Control de Armas, Municiones y Explosivos
de Uso Civil (Dicscamec), la autoridad policial, militar o
el Ministerio Público, en el plazo de ciento veinte días
calendario, contado a partir de la vigencia de la Ley, a f‌i n
de regularizar su tenencia o proceder a su conf‌i scación
según corresponda.
Esta amnistía también es aplicable a las personas que
omitieran denunciar la pérdida o sustracción de armas de
fuego de uso civil y/o armas de guerra.
Artículo 2. Derechos del amnistiado
Las personas a que se ref‌i ere el artículo 1 gozan de
los siguientes derechos:
a) Derecho a solicitar a la autoridad correspondiente
la presencia de un notario público, un f‌i scal,
un juez de paz o de una autoridad comunal o
eclesiástica que deje constancia de la entrega del
arma, munición, granadas de guerra, armas de
fuego artesanales o explosivos, o de la omisión
de la denuncia por pérdida o sustracción.
b) Derecho al anonimato, a su solicitud.
c) Derecho a una constancia de internamiento
otorgada por la autoridad correspondiente, que le
permita al titular solicitar la posterior devolución del
arma, en caso de que esta sea de uso particular.
d) Derecho a que no se ejerza contra ellas, según
sea el caso, acción penal, civil o administrativa por
la tenencia ilegal o irregular de armas de uso civil,
armas de uso de guerra, municiones, granadas de
guerra o explosivos.
e) Derecho a que se les condone las deudas
pendientes ante la autoridad correspondiente en
el caso de licencia vencida.
Artículo 3. Destino f‌i nal
La autoridad policial, militar y el Ministerio Público
que reciban armas de uso civil, armas de uso de guerra,
municiones, granadas de guerra o explosivos, deben
remitirlas en un plazo no mayor de cinco días calendario a
la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad,
Control de Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil
(Dicscamec) para el procesamiento correspondiente, a
f‌i n de establecer su destino f‌i nal, de conformidad con el
reglamento de la presente Ley.
Artículo 4. Proceso penal y sanción
Vencido el plazo establecido en el artículo 1, las
personas naturales o jurídicas que poseen en forma ilegal
o irregular armas de uso civil, armas de uso de guerra,
armas de fuego de uso artesanal, municiones, granadas
de guerra o explosivos, serán sancionadas administrativa,
civil o penalmente según corresponda.
Artículo 5. Convenios con la Dirección General de
Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas,
Municiones y Explosivos de Uso Civil (Dicscamec)
Las entidades del Gobierno Nacional, gobierno regional
y gobierno local pueden celebrar convenios, en coordinación
con la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad,
Control de Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil
(Dicscamec) para implementar programas orientados a lograr
los f‌i nes a que se ref‌i ere la presente Ley.
Artículo 6. Acción preventiva multisectorial
Las entidades del Gobierno Nacional, gobierno
regional y gobierno local formulan y ejecutan programas
preventivos, disuasivos y concientizadores de capacitación,
difusión y control, para reducir la venta ilegal, la violencia y
las consecuencias por el uso indebido de armas de fuego,
municiones, granadas de guerra y explosivos.
Artículo 7. Licencias vencidas
Autorízase a la Dirección General de Control de
Servicios de Seguridad, Control de Armas, Municiones
y Explosivos de Uso Civil (Dicscamec) para publicar la
relación de las licencias vencidas, para su renovación.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL
ÚNICA. Reglamentación
El Poder Ejecutivo, en un plazo no mayor de quince
días calendario, contado a partir de la vigencia de la
Ley, dicta las disposiciones reglamentarias que sean
necesarias para su debido cumplimiento.
POR TANTO:
Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de
la República, aceptándose las observaciones formuladas
por el señor Presidente Constitucional de la República,
de conformidad con lo dispuesto por el artículo 108 de la
Constitución Política del Perú, ordeno que se publique y
cumpla.
En Lima, a los veinte días del mes de abril de dos mil
doce.
DANIEL ABUGATTÁS MAJLUF
Presidente del Congreso de la República
MANUEL ARTURO MERINO DE LAMA
Primer Vicepresidente del Congreso de la República
783956-1
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
El Congreso de la República
Ha dado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE INCORPORA EL ARTÍCULO 317-A
Artículo único. Incorporación del artículo 317-A al
Incorpórase el artículo 317-A al Código Penal, el cual
quedará redactado en los términos siguientes:
“Artículo 317-A.- Marcaje o reglaje
El que para cometer o facilitar la comisión de
los delitos tipificados en los artículos 106, 107,

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